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Se realizó una inspección de trabajo en TNU

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Varios trabajadores denunciaron no haber cobrado el salario vacacional.

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La Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social concurrió ayer sin previo aviso al canal de Televisión Nacional Uruguay (TNU) tras recibir una denuncia por el incumplimiento del pago del salario vacacional de algunos trabajadores. Según contaron fuentes a la diaria, y confirmó el presidente de la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU), Fabián Cardozo, varios trabajadores se fueron de licencia sin percibir el salario vacacional. El decreto 615/989 establece que todos los trabajadores de la actividad privada y de las empresas publicas no estatales perciban el salario vacacional, que debe ser abonado antes del inicio de su licencia.

Según las fuentes, en el canal existen dos relaciones contractuales diferentes: una, la de los funcionarios públicos presupuestados; otra, la de los periodistas y los productores, que tienen contratos laborales privados. Asimismo, el canal tampoco está al día con el aumento de 3,82% que rige desde el 1º de julio del año pasado. “En el Consejo de Salarios del sector se acordó pagar el aumento que es retroactivo a julio. Se pagaron todos los meses, pero no cubrieron diciembre. Estos pueden ser fallos contables del canal, pero lo más flagrante es que hubo gente que se fue de licencia sin cobrar su salario vacacional e incluso algunos ya se reintegraron a trabajar sin haberlo cobrado”, acotó un trabajador del canal.

APU sobre la ética periodística

Con motivo de la cobertura sobre el hombre que mantuvo de rehenes a su ex pareja y a otras personas en una peluquería de Pocitos, el Consejo Directivo Central de la APU publicó ayer un comunicado. Sostienen que la cobertura en vivo de varios medios masivos sobre el hecho los “obligó” a recordar el artículo 24 del Código de Ética Periodística (CEP). Allí, se establece que los periodistas tendrán “especial cuidado” al difundir información que “pueda perjudicar la integridad de las víctimas de hechos violentos o que puedan poner en peligro el respeto a derechos básicos fundamentales”; también se sostiene que en estos casos “es admisible” suspender la difusión para “salvaguardar estos derechos”.

Si bien se aclara que el CEP sólo rige para los socios de APU, también se enfatiza que se trata “de normas éticas básicas, de sentido común, que deberían ser aplicables a todos los profesionales de la comunicación”. “No somos jueces de nadie, ni pretendemos serlo, pero consideramos que como sindicato único de los trabajadores de los medios de comunicación del país, tenemos un rol preponderante a cumplir en una democracia y en eso estamos”, concluye el comunicado del sindicato.

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