Un Tribunal de Apelaciones condenó por homicidio a uno de los policías involucrados en la persecución que devino en la muerte de Santiago Cor en Durazno en agosto de 2020. No pasará por la cárcel y estará 18 meses en un régimen de libertad. Los dos policías imputados por homicidio y abuso de funciones habían sido absueltos por decisión judicial en abril, pero este fallo revocó esa decisión.

El tribunal coincidió en que no se configura el delito de abuso de funciones, pero discrepó con la valoración de las agresiones de uno de los policías contra la víctima durante la persecución ya que considera que fueron causa directa del accidente: “Es errado sostener que un policía que inicia una persecución y luego interfiere la circulación de quien persigue, a manotazos y empujones, no pueda imaginar o prever ningún resultado dañoso para el perseguido, de quien también responde habida cuenta de la desproporción con el objetivo”, sostiene la sentencia.

Para el tribunal, el policía, ahora condenado por homicidio, “contribuyó a una muerte que pudo evitarse, máxime cuando todo hace suponer que Cor hubiera sido detenido luego sin riesgo alguno”. Consideraron que el accionar fue “excesivo, desmedido y desproporcionado” y afirmaron que “concluir entonces que Cor estrelló la moto contra un árbol y falleció días después por las lesiones que recibió entonces, como algo que le sucedió porque le 'había llegado su hora', una tragedia, un resultado de su entera exclusividad, inevitable e imprevisible, sin vínculo alguno con el hostigamiento policial [...] es mera ficción o ingenuidad, alejada de toda proposición lógico normativa, de la valoración racional de la prueba”.

En la resolución judicial se plantea que está probado que la pérdida del dominio de la moto fue porque el joven se alejó por temor a la Policía. La víctima “terminó impactando en un árbol porque no pudo tomar una curva como debía”, como consecuencia del “frenesí” del policía por “detener a Cor como diera lugar por circular con el caño tronador en un parque casi sin gente, porque no acataba su orden”.

En marzo de este año, cuando se inició el juicio oral en Durazno, Luis Alberto Heber, ministro del Interior, viajó para “respaldar” a los policías imputados por homicidio. En esa instancia, el ministro también cuestionó a la Justicia al decir que no entendía la formalización de los funcionarios y que constituía “un mal mensaje para la Policía”. En aquel momento, Heber dijo que “la Policía a nuestro juicio trabajó muy bien” y “están ahora en una audiencia con una solicitud de formalización que no entendemos”.

Según el ministro, los policías “cumplieron el procedimiento policial al dar la voz de alto y comenzar la persecución después”. “Que estén complicados es un tema que me preocupa. La Policía se rige por la Ley de Procedimiento Policial. Lamentablemente, hubo un accidente del cual la Policía no es responsable y, por lo tanto, la Policía está complicada; no entendemos la situación. Creemos que es el momento de darle respaldo”, expresó la máxima jerarquía del Ministerio del Interior.

Esas declaraciones le valieron una respuesta de la Asociación de Magistrados del Uruguay (AMU), que rechazó la “presión e injerencia” de Heber. La asociación que reúne a los jueces planteó que “tanto la presencia del jerarca en el lugar, como sus declaraciones respecto a que se trata de una ‘formalización que no entiende’ o que el juicio que se inicia es ‘un mal mensaje a la Policía’, generan preocupación”, porque entienden que “puede representar un intento de presión indebida a la jueza actuante y provocan una afectación de la fundamental separación de poderes”. Por eso, AMU “rechaza cualquier intento de presión o injerencia sobre los jueces y juezas”.

Este jueves, tras conocerse el fallo del Tribunal de Apelaciones que condenó a un policía por homicidio, Heber volvió a cuestionar a la Justicia: “Aceptamos la sentencia del Tribunal de Apelaciones sobre el trágico caso Cor en Durazno, pero no lo compartimos. La Ley de Procedimiento Policial respalda el accionar de estos policías. Soy el que exige que actúen con determinación y compromiso. Dentro de la ley todo, fuera de ella nada”, expresó.

En una rueda de prensa Heber dijo que el policía “termina en una situación comprometida” y que es “un mal mensaje que espero que se pueda revertir en una instancia de Casación”. Andrés Ojeda, ​abogado del policía condenado, ​anunció que presentará un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia​ (SCJ).

Ojeda dijo a Telemundo que “sin perjuicio de que no hay un solo día de cárcel, nosotros entendemos que esto no está bien resuelto y que el policía no tiene responsabilidad en lo que a la postre sucedió, que la tragedia no es responsabilidad del policía y sobre todo que una injusticia no se tapa con otra; lo de Santiago Cor fue una gran injusticia y una gran tragedia, pero no se tapa cometiendo otra injusticia como es prever la responsabilidad para un trabajador policial que no la tiene”.

A su vez, el abogado lamentó que los dichos de Heber no hubieran repercutido en la sentencia del Tribunal: “Claramente el respaldo del ministro no ha sido suficiente para que no sean condenados, entonces, le agradezco mucho las palabras al ministro y le agradezco el respaldo contra todo, porque no le importó que lo criticaran, no le importa nada. Ahora, lamentablemente, lo que dice el ministro no obliga al Poder Judicial”, dijo a Radio Oriental.

Injerencia indebida

Bárbara Zapater, fiscal del caso, dijo este viernes en M24 que si bien no corresponde opinar sobre los dichos de Heber, “hubo injerencias que fueron indebidas de una institución a otra”. “Los comentarios y las actitudes que tuvo otro jerarca de otro poder en este sistema de frenos y contrapesos sí fue una injerencia que yo considere indebida, porque nunca lo había visto en mis más de 20 años como abogada. Creo que nunca se había visto en la historia del país que fuera tan público. Pero el país es libre, cada uno dice lo que quiere, pero a veces tenemos que respetar las formas cuando somos los titulares y estamos investidos en un cargo público, porque no respondemos sólo a título personal sino también por el cargo que ocupamos”, indicó.

“El sistema en sí siempre nos presiona a todos los operadores jurídicos, principalmente a los fiscales, que somos los que llevamos el proceso acusatorio”, afirmó, y añadió que en el caso de Cor en particular “la situación estuvo más que a la vista” como para que ella tenga que responder sobre las presiones que recibió.

​Para la fiscal, que apeló a la sentencia que había absuelto a los policías y resultó en esta condena del tribunal, se “entendió jurídicamente la situación tal cual la habíamos planteado nosotros, y que se había arribado al joven de una forma abusiva, que lo había hostigado y golpeado, y que ese actuar del funcionario policial, que distaba mucho de lo que es el actuar de un buen policía de acuerdo a la Ley de Procedimiento Policial, fue lo que incrementó el riesgo y lo que determinó que perdiera el control y estrellara la moto contra un árbol”.

Zapater aclaró que el recurso de casación ​en Uruguay ​“no es una tercera instancia”. “Lo que analizan los cinco jue​c​es que comp​o​nen la ​SCJ ​son ​errores en​ la aplicación del derecho. Los hechos ya están probados y se probó que el funcionario policial actuó en forma desmedida y golpeó al joven para que detuviera la marcha”, lo que tuvo directa incidencia en el accidente que tuvo después y determinó su muerte. “Eso se logró probar. Ya está probado y no lo puede analizar la SCJ”, quien podrá fallar sobre la aplicación del derecho. La fiscal adelantó que confía en los mecanismos utilizados.