El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) resolvió rechazar el recurso de nulidad que impulsó la Sociedad Uruguaya de Tabacología (SUT) contra el decreto de 2021 que habilita la comercialización de dispositivos electrónicos de tabaco y que modifica el decreto promulgado por Tabaré Vázquez en 2009 que prohibía la comercialización de dispositivos electrónicos para fumar, conocidos como “cigarrillos electrónicos”, “e-cigarettes”, “e-ciggy”, “e-cigar”, entre otros.

El recurso fue presentado por la SUT en abril de 2021, tras la aprobación del decreto. El TCA falló que “la actora carece de legitimación activa en la causa” y que en su demanda “no invoca un interés directo, personal y legítimo propio de la Asociación, sino que busca accionar en defensa del interés en virtud del cambio de la política antitabaco”.

El martes 12, la SUT publicó un comunicado en su cuenta de X titulado “¿Quién puede velar por los Derechos de la población?”, en el que informa sobre el rechazo al recurso y expresa que la resolución se tomó “sin llegar siquiera a considerar o analizar los fundamentos del reclamo”. “Los argumentos de la SUT, con sólida base documental y científica, no fueron siquiera discutidos”, consideró.

En diálogo con la diaria, Diego Rodríguez, sociólogo y secretario de la SUT, expresó que “no se termina decidiendo si habilitar el tabaco calentado está bien o está mal, lo que se termina diciendo es que nosotros no podemos llevar el caso adelante” y que “directamente” no se discutió la cuestión del tabaco calentado. “El tribunal termina habilitando el producto sin tomar una decisión de las cuestiones que realmente importan”, cuestionó Rodríguez, y afirmó que “agarraron el camino fácil para no quedar mal con nadie; simplemente con esto se lavan las manos”.

Rodríguez lamentó que ahora “la única posibilidad de cambiar esto es con otro decreto u otra ley, pero así como está, de nuestra parte no podemos hacer nada”.

En su demanda, la asociación afirma que la motivación del decreto en cuestión es “infundada”, ya que “no se indica cuáles son los datos y la fuente bibliográfica que se utiliza para hacer las aseveraciones respecto de la evidencia científica que respaldaría su aprobación”, y señalan que la Organización Mundial de la Salud “expresa que no existe evidencia al momento actual para afirmar que estos productos representan un menor riesgo para la salud que los cigarrillos convencionales”.

Sin embargo, Rodríguez dijo que el Ministerio de Salud Pública (MSP) “fundamentó el decreto con los argumentos de Philip Morris” sobre la utilización de dispositivos electrónicos de tabaco, lo que fue informado en una nota del medio escrito Sudestada en mayo de 2022, titulada “El MSP engañó al Parlamento: respondió a pedido de informes con insumos de Philip Morris”. Esto consta en un documento expedido por el MSP firmado por el exministro Daniel Salinas, en el que responden a un pedido de informes de la diputada frenteamplista Lucía Etcheverry.

En este documento no se responden las preguntas formuladas por la diputada y se expresa que “existen numerosas publicaciones científicas internacionales disponibles al público general que describen una menor exposición a sustancias nocivas y potencialmente nocivas” sobre los productos habilitados. Las publicaciones científicas que adjuntan en la respuesta son insumos elaborados por la tabacalera Philip Morris.

A su vez, en la respuesta del MSP a lo expuesto por la SUT, se afirma que “existen datos científicos que indican que los dispositivos electrónicos de tabaco resultan en una menor exposición de los usuarios a las sustancias tóxicas asociadas al consumo tradicional de tabaco”; sin embargo, Rodríguez recuerda que se sigue tratando de tabaco, por lo que “el fundamento que pone el MSP no tiene sustento, es la industria la que empezó a vender así”.

“Utilizaron los argumentos de la industria directamente para fundamentar esto”, enfatizó el secretario de la SUT, y agregó que el ministerio “no dice cuáles son las investigaciones” y que, por el contrario, la SUT sí presentó investigaciones. “Nosotros presentamos todos los argumentos, toda la defensa la hicimos con base en evidencia científica”, remarcó.

Asimismo, Rodríguez explicó que la Procuraduría del Estado en lo Contencioso Administrativo es la que “recibe los casos antes que los ministros y ministras lo estudien, y es el que marca el camino hacia donde va el caso”, y recordó que desde setiembre de 2022 la persona en ese cargo es Sandra Boragno, esposa del canciller, Omar Paganini, quien se desempeñaba como titular de Industria al momento de la designación de Boragno. Al respecto, Rodríguez destacó que el Ministerio de Industria “es el que está atrás de la habilitación”.