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Pesca de sábalos en Boca del Rosario, Colonia (archivo, enero de 2022).

Foto: Ignacio Dotti

Justicia desconoce antigüedad de comunidad de pescadores instalada hace más de 50 años en costa de Colonia

3 minutos de lectura
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Para Carolina Neme, abogada de los pescadores, el fallo judicial no respeta la existencia de derechos posesorios y atenta contra el derecho ambiental; el miércoles 17 se conocerá sentencia de segunda instancia.

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Hace más de 50 años, en las costas del Río de la Plata, entre la desembocadura del arroyo Puerto Sauce y Punta Artilleros, en la zona donde había funcionado una empresa arenera, Carretilla Locher instaló la modesta vivienda que le daría albergue en la nueva etapa de su vida que acababa de iniciar. Es que Carretilla, según cuentan quienes lo conocieron, había decidido darle un giro a su existencia al abandonar el trabajo industrial que desarrollaba hasta ese momento en Juan Lacaze para dedicarse a la pesca.

El hombre se instaló en ese lugar con el permiso de la antigua dueña de la arenera Indaré –la familia Ferro–, poseedora de una extensísima franja de terrenos que se extiende desde Boca del Rosario hasta la zona de Artilleros. Para llegar hasta ese rancho había que tomar un sendero que se iniciaba en el camino La Balsa y que atravesaba predios privados. La soledad de Carretilla en ese lugar fue pasajera, ya que con el transcurrir del tiempo varios familiares y amigos suyos fueron instalando sus propias viviendas, que, sumadas, conformaban una suerte de comunidad.

El destino de ese núcleo humano transcurrió sin mayores sobresaltos hasta 2022, año en el que uno de los herederos de la antigua arenera inició los trámites de desalojo de los ocupantes de esas fincas ubicadas a pocos metros de la costa platense, dado que estas estaban sobre una de las chacras en las cuales fue fraccionada esa superficie. El trámite de desalojo se inició en el juzgado de Paz de Juan Lacaze, donde el razonamiento realizado por el juez actuante, que se vio reflejado en el fallo, acompañó la teoría del demandante, y sostuvo que los pescadores eran habitantes “precarios” de ese lugar, a pesar de que habían transcurrido varias décadas de la instalación de esa comunidad de pescadores, por lo cual, no tenían derecho a las fincas que habían instalado en ese predio.

La abogada, especialista en Derecho Ambiental, Carolina Neme representa a los pescadores en este proceso. En diálogo con la diaria, Neme expresó que esa situación no sólo afecta a sus clientes, sino que también puede tener consecuencias en la protección de la faja costera y su acceso. “Nosotros defendemos el derecho de posesión y de prescripción que tienen los pescadores sobre las viviendas que construyeron en ese lugar, pero, además, hacemos una defensa desde el punto de vista ambiental y territorial”, subrayó Neme.

La abogada presentó un recurso de apelación en el juzgado de Rosario, que actuará en segunda instancia en este caso, rechazando el carácter precario que asignó el juez de Juan Lacaze a los pescadores, a pesar de la larga residencia que estos desarrollaban en ese lugar.

Además, Neme cuestionó el fraccionamiento realizado en esa franja costera, ya que “no respeta el principio de que los primeros 150 metros de costa deben pasar a dominio público.” “Según se estableció en 2015, los fraccionamientos rurales y costeros deben ceder los primeros 150 metros de costa al ámbito público, lo cual no ocurrió en este caso, por eso también apuntamos a la nulidad de ese fraccionamiento ya que no se respetó la normativa”, añadió Neme. En este caso, el fraccionamiento realizado en esa zona delimitó 48 lotes de 5 hectáreas, en uno de los cuales está instalada esa comunidad de pescadores.

Asimismo, como esas construcciones están ubicadas en esa franja de 150 metros que debería haber pasado al ámbito público, en todo caso “la situación de los pescadores en ese lugar es un tema con la Intendencia de Colonia, y nada tiene que ver con el privado”, expresó la abogada.

No obstante, Neme comentó que “otra cosa que resulta increíble en este caso es que para el juez de Paz de Juan Lacaze” ese lugar “no tendría costa sobre el Río de la Plata”, por lo cual le dio la razón al demandante. “Eso es lo más grave en este caso, y a mí dejó muy sorprendida ese fallo, y la verdad que si se confirma en segunda instancia puede ser un antecedente judicial muy complicado para toda la costa de Uruguay, porque los propietarios de la tierra pusieron una teoría bastante maquiavélica para poder zafar de esta situación, y dicen que en este caso no se les aplica esta normativa del 2015 y que, por tanto, los 150 metros no corren, ya que esa tierra no está en la costa. Y lo peor de todo es que el juez aplica esa interpretación”.

Neme dijo que en caso de que el fallo de segunda instancia comparta esa teoría, “nosotros vamos a ir al Suprema Corte porque esta situación no sólo afecta a los pescadores por el derecho de posesión, sino que nos afecta a todos, porque esto es un tema mucho más grave incluso, porque estamos hablando de la costa, un bien público”.

La abogada también advirtió sobre el aumento de fraccionamientos en campos ubicados sobre la costa del Río de la Plata, que generan “un efecto privatizador de la costa” ya que “nadie asegura la caminería y la bajada a las playas para el resto de los habitantes”.

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