La segunda vuelta está definida y una de las novedades que trae es la obligatoriedad de que los dos candidatos, Álvaro Delgado y Yamandú Orsi, debatan en vivo y en horario central por cadena de radio y televisión.
Aunque las elecciones de 2019 ya estrenaron esta modalidad de debate televisivo en nuestro país –el primero fue en junio de 2019 entre los precandidatos Óscar Andrade y Ernesto Talvi–, para estas elecciones rige la Ley 19.827, promulgada en setiembre de 2019, que establece: “Declárase de carácter obligatorio la celebración de un debate entre los candidatos a la Presidencia de la República [...] que deban comparecer a una segunda elección”.
En diálogo con la diaria, el ministro de la Corte Electoral José Korzeniak dijo que se prevé -aunque aún no está confirmado- que la Corte se reúna con los comandos de campaña de las dos fórmulas. Además, este miércoles también tendrían una entrevista con Estudio 9, la productora que organizó el debate de 2019 entre el presidente Luis Lacalle Pou y Daniel Martínez, para escuchar su propuesta; aún no está definido que sea la productora elegida.
El ministro señaló que ya se están comunicado con los comandos para concretar una reunión, y que estos tienen que hacer propuestas, principalmente, en cuanto a la fecha y a quienes moderen el debate. Sobre esto, la Asociación de la Prensa Uruguaya también tendrá que dar su parecer.
A su vez, la Corte debe comunicarse con el Servicio de Comunicación Audiovisual (Secan) para terminar de definir la producción del debate.
Esperan que al finalizar esta semana, ya tengan las reuniones hechas tanto con los comandos, Secan y APU.
Según supo la diaria, se maneja como fecha tentativa el domingo 17 de noviembre.
Tanto Delgado como Orsi están obligados a presentarse y, de no hacerlo, no percibirían “la contribución del Estado para los gastos de la segunda elección nacional”.
La ley, en su artículo 2, además de definir que el debate sea en vivo y en cadena nacional, dispone que su duración no excederá las dos horas. La organización del debate es responsabilidad de la Corte Electoral, “en consulta con la organización más representativa de los periodistas de los medios de comunicación del país y el sistema de medios públicos del Uruguay”, fija el artículo 3.
El debate deberá regirse por los principios de “trato equitativo e imparcial” y garantizará “la efectiva exposición e intercambio de posiciones entre estos y los periodistas que puedan intervenir, según la modalidad de organización que se disponga”, según la ley.