Este domingo son las elecciones nacionales para elegir al presidente y vicepresidente de la República, los miembros de las cámaras de Senadores y de Representantes y las juntas electorales departamentales. Además, habrá dos consultas populares: el plebiscito de la seguridad social y el plebiscito sobre allanamientos nocturnos.
En setiembre, la Corte Electoral publicó el plan circuital de todo el país y habilitó un buscador en su página web para que cada elector acceda a la dirección de su centro de votación y conozca su número de circuito. Entre todos los circuitos habilitados, de acuerdo con la Ley 19.790, las juntas electorales, al disponer los locales de votación, deben garantizar que al menos una comisión receptora de votos de la serie y el local “cuente con condiciones de accesibilidad [...] de modo que las personas en situación de discapacidad motriz puedan emitir el sufragio”.
En los planes circuitales de cada departamento se puede visualizar qué circuitos son accesibles. Igualmente el buscador de padrón indica si el circuito correspondiente a cada persona tiene condiciones de accesibilidad. Para Montevideo, la Corte publicó una separata con la distribución de circuitos accesibles por serie.
¿Qué pasa cuando el local no cuenta con condiciones de accesibilidad?
La Corte Electoral aclara que si una persona en situación de discapacidad motriz, transitoria o permanente, tiene que votar en un local o comisión receptora de votos sin condiciones de accesibilidad, “podrá sufragar, exhibiendo la credencial cívica, ante un circuito declarado accesible siempre y cuando este se encuentre dentro de la serie que le corresponde”.
El votante deberá firmar una declaración jurada sobre su situación de discapacidad y su voto tendrá carácter de observado.