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Manifestacion por la sentencia del caso de ¨La Manada¨ en Madrid. Archivo abril 2018

Foto: Gabriel Bouys

“Sólo sí es sí”: España debate una ley que obliga a que los delitos sexuales sean juzgados en base al consentimiento

2 minutos de lectura
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El proyecto también crea juzgados especializados en violencia sexual y eleva a delito el acoso callejero.

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El gobierno español aprobó esta semana un proyecto de ley impulsado por el Ministerio de Igualdad que sitúa el consentimiento como eje para juzgar las agresiones sexuales. Hoy en día, en España, para que haya agresión sexual se requiere violencia o intimidación. Si no se dan estos requisitos, el hecho es considerado abuso, un delito que tiene penas menores que la agresión. El proyecto de ley, que ahora deberá debatirse en el Congreso, termina con esta diferencia y establece que todo acto sin consentimiento será considerado agresión sexual.

“Es la ley del ‘sólo sí es sí’”, dijo la ministra de Igualdad, Irene Montero, después de la aprobación en el Consejo de Ministros. Según el borrador del texto, al que pudo acceder eldiario.es, no existe consentimiento “cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores concluyentes e inequívocos, conforme a las circunstancias concurrentes, su voluntad expresa de participar en el acto”.

La normativa introduce nuevas circunstancias agravantes, como que el agresor sea familiar, pareja o ex pareja de la víctima; que la agresión esté precedida por un “daño grave” o lo cause; o que el responsable anule la voluntad de la víctima mediante fármacos u otras sustancias.

También crea delitos nuevos en el Código Penal, como el del acoso callejero, el matrimonio infantil, la mutilación genital femenina y la infección intencionada de enfermedades de transmisión sexual. El delito de acoso callejero será identificado en todas aquellas “expresiones, comportamientos o proposiciones sexuales o sexistas” que pongan a una persona en una situación “objetivamente humillante, hostil o intimidatoria”, dice el documento. Las penas fijadas para estos casos van desde la localización permanente del denunciado hasta trabajos comunitarios o multas. Actualmente, este delito sólo está previsto en casos de violencia doméstica, es decir, entre familiares o en el contexto de la pareja o ex pareja.

La propuesta del Ministerio de Igualdad también establece que los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, que en España están encargados de resolver casos de violencia de género en el marco de la pareja o ex pareja, ampliarán sus competencias para juzgar la violencia sexual. Esto implica que habrá jueces y fiscales formados para este tipo de delitos específicos.

La llamada ley de libertad sexual responde a las carencias legales detectadas y repudiadas en la primera sentencia del caso de La Manada, en la que la Audiencia de Navarra acusó de “abuso sexual con prevalimento” a los cinco hombres que en 2016 violaron a una joven en Pamplona. En ese fallo, el tribunal de Navarra había considerado que no se trató de una agresión sexual porque no hubo violencia o intimidación. La decisión generó un rechazo masivo de los colectivos feministas españoles, que salieron a las calles en todo el país para manifestarse contra un sistema judicial “misógino” y “patriarcal”. En junio del año pasado, después de analizar el caso, el Tribunal Supremo español consideró que los cinco agresores cometieron un “delito continuado de violación” y aumentó la pena de cárcel de nueve a 15 años.

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