En una decisión unánime, el Tribunal Supremo español condenó este viernes a los cinco integrantes de La Manada a 15 años de prisión por un “delito continuado de violación”, por la agresión cometida contra una joven de 18 años en julio de 2016 en Pamplona. De esta forma, anuló la sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra, confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que los consideró culpables de “abuso sexual con prevalimiento” –pero sin agresión sexual– y los condenó a nueve años de prisión.

El máximo tribunal de España asegura en el fallo que los hechos probados no pueden constituir un delito de abuso sexual sino una violación, porque entiende que hubo un “escenario intimidatorio” en el que la víctima “en ningún momento consiente” los actos sexuales. Se trató de una “situación intimidante” que llevó a la mujer a que adoptara “una actitud de sometimiento, haciendo lo que los autores le decían que hiciera, ante la angustia e intenso agobio que la situación le produjo por el lugar recóndito, angosto y sin salida en el que fue introducida a la fuerza”, establece el documento. Los agresores aprovecharon estas circunstancias “para realizar los actos contra la libertad de aquella, al menos, diez agresiones sexuales con penetraciones bucales, vaginales y anales”, describe el fallo.

El Tribunal Supremo sumó al delito de violación el agravante de “trato vejatorio o degradante” por estos actos y por el “alarde” que los hombres “hacen de las prácticas sexuales en los videos grabados, jactándose de obrar”. También aplicó el agravante de “actuación conjunta” por cometer los hechos de forma grupal, ya que su superioridad numérica “fue aprovechada por los acusados para una mayor impunidad y aseguramiento del delito cometido”.

Un rato después de que se diera a conocer el fallo, Jesús Escudero, José Ángel Prenda, Alfonso Jesús Cabezuelo, Ángel Boza y Antonio Manuel Guerrero Escudero fueron detenidos en Sevilla. A los 15 años de prisión por violación, Guerrero Escudero deberá sumar dos más por un delito de robo con intimidación del teléfono celular de la víctima. El Tribunal Supremo impuso además para La Manada la prohibición de acercamiento a menos de 500 metros de la joven durante 20 años y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio. Los hombres también deberán pagarle de forma colectiva una indemnización por responsabilidad civil de 113.000 dólares.

Los magistrados cuestionan en el fallo que la sentencia original de la Audiencia de Navarra contenía un “error de calificación jurídica” al considerar a los hombres culpables de un único delito continuado (de abuso sexual), cuando “por la pluralidad de intervinientes y de actos agresivos” se los podría haber acusado de “una pluralidad de delitos de agresión sexual”.

El fallo fue calificado de “histórico” por distintas organizaciones feministas españolas, que desde que se conoció la sentencia de la Audiencia de Navarra han salido a las calles para protestar contra un sistema judicial que consideran “misógino” y “patriarcal”.