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Manifestación en el marco del Día Internacional del Aborto Seguro, en Guadalajara, México (archivo, setiembre de 2020).

Foto: Ulises Ruiz, AFP

En un fallo histórico, la Suprema Corte de Justicia de México declaró inconstitucional la penalización del aborto

2 minutos de lectura
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La decisión, que aplica al estado de Coahuila, sienta un precedente en el camino hacia la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en todo el país.

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Leído por Abril Mederos.
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“A partir de ahora no se podrá procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos considerados por este tribunal”, dijo el presidente de la Suprema Corte de Justicia de México, Arturo Zaldívar, este martes. Así, el máximo tribunal declaró inconstitucional la penalización del aborto y reconoció el derecho de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos.

En concreto, la corte invalidó el artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila que imponía de uno a tres años de cárcel “a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciere abortar con el consentimiento”. Se trata de un precedente histórico porque, si bien la resolución afectará de forma directa sólo a ese estado, establece un “criterio obligatorio para todos los jueces y juezas del país”, que de ahora en más deberán fallar a favor de las mujeres que decidan interrumpir voluntariamente su embarazo, aseguró Zaldívar.

Es también histórico porque, por primera vez, la Corte Suprema de México “pone en el centro de la discusión el derecho a decidir” sobre si “ser madre o no”, dijo el ministro Luis María Aguilar, quien presentó el proyecto original. “No tiene cabida dentro de la doctrina jurisprudencial de este Tribunal Constitucional un escenario en el cual la mujer y las personas con capacidad de gestar no puedan plantearse el dilema de continuar o interrumpir su embarazo”, argumentaba la iniciativa.

La medida establece además “la garantía de que las mujeres o personas gestantes que así lo decidan puedan interrumpir su embarazo en las instituciones de salud pública de forma accesible, gratuita, confidencial, segura, expedita y no discriminatoria”. Al respecto, una de las integrantes de la corte, la ministra Norma Piña, alegó: “El Estado no sólo debe abstenerse de forma absoluta de penalizar el aborto, en donde se restrinja el derecho de las mujeres o gestantes a decidir sobre su propio cuerpo, sino que además debe garantizar condiciones mínimas para que ello sea posible”.

En las redes sociales y en las calles, la decisión fue celebrada entre pañuelos verdes. El Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), una de las principales organizaciones civiles que trabaja en México por el aborto legal y los derechos sexuales y reproductivos, afirmó que la resolución es el “reflejo de una lucha histórica del movimiento feminista por el aborto legal, seguro y gratuito”, y abogó por un futuro en el que las mujeres “tengan las condiciones y la libertad para determinar su destino reproductivo” en todo el país. “Al resolver la acción de inconstitucionalidad del aborto en el Código Penal de Coahuila, el máximo tribunal del país reafirmó la autonomía reproductiva y se pronunció por que las mujeres y otras personas con capacidad de gestar puedan elegir si continuar o no su embarazo conforme a sus propias convicciones”, aseguró el grupo en un comunicado.

Sólo cuatro de los 32 estados de México despenalizaron el aborto hasta las 12 semanas de embarazo: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y, más recientemente, Veracruz. Para la sociedad civil y el movimiento feminista mexicano, la decisión de este martes abre la posibilidad de que el aborto se despenalice a lo largo y ancho del país.

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