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Ana Laura Cafaro y Emilia Díaz.

Foto: Alessandro Maradei

Impulsoras del proyecto para modificar la ley de trabajo sexual buscan “reflotar” el debate, que está “trancado” desde hace un año

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Nueve delegaciones que comparecieron ante la Comisión de Legislación del Trabajo de Diputados en 2022 aportaron sugerencias que se incorporarán en un nuevo documento; uno de los puntos más discutidos es el pasaje de la actividad a la órbita del MTSS.

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Esta semana se celebró el sexto congreso sobre trabajo sexual en Uruguay, en el marco del Día Internacional para Poner Fin a la Violencia contra las Trabajadoras Sexuales. La jornada, que se realizó en la sede del PIT-CNT bajo la coordinación de la Organización de Trabajadoras Sexuales de Uruguay (Otras), sirvió para conocer las actividades que realizó el sindicato durante este año y presentar algunos avances registrados, como, por ejemplo, la aprobación por parte del Ministerio de Salud Pública (MSP) de una ordenanza que establece que los controles de las trabajadoras sexuales deben realizarse de manera obligatoria cada seis meses. El congreso fue también la ocasión para actualizar cuál es el estado del proyecto de modificación de la Ley 17.515 de trabajo sexual, cuyo trámite ha tenido lentos avances en los últimos dos años.

El cambio esencial que plantea la iniciativa es la necesidad de abordar la regulación del trabajo sexual “desde la perspectiva de derechos de quienes lo ejercen como medio de vida”, para que “puedan vivir una vida cada vez más digna, libre de estigmatización y exclusión social”, según se lee en la exposición de motivos.

En esa línea, aboga por la eliminación de la “visión higienista” y “de control” que se promueve al incluir la actividad en la órbita del MSP y del Ministerio del Interior (MI). Así, busca el acercamiento a un abordaje “que considere el trabajo sexual como un trabajo más, una forma de generar ingresos para quienes lo ejercen”, por lo que propone que el control del oficio tiene que pasar a ser competencia del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).

La propuesta fue redactada por un grupo de trabajo que conformó la bancada bicameral femenina del Frente Amplio (FA), con base en distintos intercambios con integrantes de Otras. Ingresó en diciembre de 2021 a la Comisión de Legislación del Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Representantes, que entre mayo y diciembre de 2022 recibió las opiniones de nueve delegaciones –representantes de ministerios, organizaciones de la sociedad civil, referentes de la academia–. Sin embargo, el debate quedó estancado desde entonces.

En este escenario de quietud, algunas de sus promotoras decidieron el mes pasado volver a la comisión “para reflotar el proyecto”, según aseguró durante el congreso la diputada suplente Laura Cafaro, que integra el grupo de trabajo y que expuso sobre el tema junto con la también diputada suplente María Emilia Díaz. Cafaro dijo que, en aquella instancia, plantearon la incorporación de algunas modificaciones “a las propias modificaciones”, con base en las sugerencias “que fueron introduciendo tanto la academia como los distintos ministerios, y que nos parecía que aportaban al proyecto”. Por ejemplo, la propuesta modificativa original proponía aumentar de 18 a 19 años la edad legal para ejercer el trabajo sexual y, finalmente, se decidió dejarlo tal como está en la normativa vigente (que, vale recordar, data de 2002).

Cafaro recordó que uno de los puntos “centrales” de la propuesta es que el Registro Nacional del Trabajo Sexual pase de estar en la órbita del MSP y el MI, a “que esté todo unificado en el Ministerio de Trabajo”, porque “la idea es que las trabajadoras sexuales tengan su registro como cualquier otro trabajador o trabajadora en el Ministerio de Trabajo y no en múltiples reparticiones que no corresponden”, apuntó. Pero este es uno de los puntos que han sido “más resistidos” durante el debate.

Resistencias

Cafaro resaltó que las autoridades del MTSS que comparecieron ante la Comisión de Legislación del Trabajo mostraron que justamente “están resistiendo” a que el trabajo sexual pase a su órbita, una postura que calificó de muy contradictoria”, primero porque “es el eje central” de la iniciativa, pero además porque “las trabajadoras están sindicalizadas en el PIT-CNT”.

En la misma línea, Díaz dijo que esta es “una de las cosas” que más les “han chocado”, ya que el MTSS, que “sería el que se tiene que hacer cargo ahora de este registro y acceder a que este trabajo sea considerado realmente como un trabajo”, es el que “da un paso al costado y dice ‘nosotros no tenemos la capacidad organizativa para hacernos cargo de esto’, cuando en realidad está dentro de sus competencias hacerse cargo de todos los trabajos”.

La primera vez que las autoridades del MTSS se presentaron ante la comisión, el 13 de julio de 2022, la directora general de secretaría, Valentina Arlegui, expresó “preocupación” por “algunos aspectos” referidos al artículo 8 del proyecto modificativo, que es el que establece el Registro Nacional de Trabajo Sexual en la órbita de esta cartera, “con la información que le proporcionen los prestadores integrales de salud”.

Arlegui opinó que está “totalmente fuera de lo que es la órbita de la competencia del Ministerio de Trabajo tener que interactuar con los prestadores de salud. No sabríamos con quién hacerlo; tendríamos que contar nosotros con médicos para poder procesar también los datos que nos proporcionara”, según consta en la versión taquigráfica.

A la vez, dijo que “se les pide a los prestadores de salud que proporcionen información sensible vinculada con la salud de las trabajadoras sexuales ante un organismo como el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que no tiene la rectoría en políticas de salud y, por lo tanto, no las rige”. “Entendemos que esto es destinar a que el registro no funcione”, puntualizó, en tanto “el secreto médico debe ser de los secretos más tutelados en el ordenamiento jurídico uruguayo”. Sumado a esto, aseguró que “es derecho de las trabajadoras sexuales no querer que su médico dé información sobre las patologías que puedan tener o sobre las enfermedades que puedan estar cursando”.

El MSP se expresó en un sentido similar acerca del artículo 8. En la sesión del 6 de julio de 2022, la subdirectora general de Salud Pública, María Luján Giudici, dijo que solicitar información a los prestadores de salud “le compete al Ministerio de Salud Pública y no al Ministerio de Trabajo”, de acuerdo con lo que dispone la ley de Creación del Sistema Nacional Integrado de Salud y la Ley Orgánica del MSP. Al mismo tiempo, recordó que “los contenidos en las historias clínicas están bajo el secreto médico”.

El equipo de trabajo que estudia la ley tomó nota de estos comentarios y, entre los cambios presentados el mes pasado ante la comisión, dijo que el artículo 8 ya no establecerá que el MTSS lleve el registro “con la información que le proporcionen los prestadores integrales de salud”, sino que esa parte se reemplaza con: “La información contenida en el registro tendrá carácter de datos sensibles de acuerdo con la Ley Nº 18.331, de 11 de agosto de 2008 de datos personales”.

La Comisión Nacional Honoraria de Protección al Trabajo Sexual, que hoy preside el MSP, va a recoger lo que plantearon las delegaciones, así como las últimas sugerencias presentadas por el grupo de trabajo, y presentará una redacción alternativa al proyecto de modificación, adelantó a la diaria la diputada frenteamplista Sylvia Ibarguren, que también integra el grupo de trabajo. En paralelo, el MTSS –que no integra la comisión honoraria– está elaborando otro documento para incluir sus propias sugerencias.

La legisladora dijo que, hasta ahora, no ha habido “novedades” de cuándo se daría a conocer esa propuesta alternativa, por lo que se espera que se presente el año que viene, luego del receso parlamentario. “Lo que nosotros pretendemos es que esto salga lo antes posible, porque ya cumplió dos años desde que lo presentamos”, agregó Ibarguren, y aclaró que lo importante no es que se apruebe la propuesta que ellas presentaron, sino una que, en definitiva, “satisfaga” las demandas de las trabajadoras sexuales.

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