La Suprema Corte de Justicia (SCJ) definió este jueves extender la feria judicial extraordinaria hasta el 30 de mayo, pero habilitó nuevas diligencias, como forma de realizar un reintegro paulatino a la actividad que evite el colapso del sistema y que permita evaluar la evolución de la situación sanitaria dentro del Poder Judicial.
Entre los trámites que fueron habilitados se encuentran las ratificaciones de tenencia, cuya paralización impedía cobrar las asignaciones familiares (AFAM) del Banco de Previsión Social (BPS) a quienes tenían el trámite en curso o debían iniciarlo durante la feria judicial.
Según supo la diaria, en la mañana del jueves el ministro de Desarrollo Social Martín Lema conversó con el presidente de la SCJ, Tabaré Sosa, sobre este tema y le pidió buscar la manera de procesar las ratificaciones de tenencias para que los beneficiarios del Plan de Equidad afectados puedan cobrar las AFAM.
En la resolución, la SCJ incorpora en las excepciones previstas en el artículo 2.3 de la Ley 19.879, que definió la feria judicial, “todos los procedimientos relativos a ratificaciones de tenencias de niñas, niños y adolescentes e incapacidades”, y plantea que se les debe dar “inmediata prioridad y pronto despacho”.
Las ratificaciones de tenencia son un requerimiento del BPS como forma de constatar que quien cobra la AFAM vive con sus hijos. La situación también afectaba a las familias beneficiarias de la Tarjeta Uruguay Social (TUS) del Ministerio de Desarrollo Social (Mides), a quienes se les calcula el monto a cobrar en función de las AFAM que cobran por hijo, por lo que al no poder tramitar la asignación familiar por los hijos que nacieron durante la feria no se les incrementa el monto de la TUS.
Por otra parte, la SCJ dispuso a partir del 18 de mayo la implementación de un cronograma para el regreso de los funcionarios del Poder Judicial, que estarán trabajando a horario completo para el 24 de mayo, contando así con seis días para organizar el trabajo para el levantamiento definitivo de la feria, que fue iniciada el 5 de abril.
La decisión se tomó luego del anuncio del Poder Ejecutivo de extender las medidas de restricción de la movilidad hasta el 23 de mayo. La Ley 19.879, que fue aprobada para dar rango legal a la primera feria judicial por la emergencia sanitaria, en marzo de 2020, determinó en su artículo 1.2 que el levantamiento de la feria lo determine la SCJ o el Tribunal de lo Contencioso Administrativo “en función de las medidas que se dispongan por el Poder Ejecutivo (...) las posibilidades de prestación normal del servicio y las condiciones de efectivo acceso a la Justicia”.