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Puerto de Montevideo (archivo, abril de 2022).

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La Justicia sobreseyó a Martín Mutio, investigado por el envío de 4,5 toneladas de cocaína a Hamburgo

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La investigación penal no logró certificar que la sustancia transportada era cocaína, ni que los precintos no fueron clonados, por lo que la droga pudo haberse cargado en el viaje.

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Leído por Mathías Buela.
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El empresario Martín Mutio, sobre quien pesaba un pedido de condena de 15 años de penitenciaría por exportación de estupefacientes, fue sobreseído el jueves por la jueza de Crimen Organizado de primer turno, Adriana Chamsarian, por falta de pruebas en su contra. La Fiscalía, que lo investigó por el hallazgo de 4,5 toneladas de cocaína en el puerto de Hamburgo (Alemania), en julio de 2019, anunció que apelará la decisión de primera instancia.

En la sentencia, a la que accedió la diaria, Chamsarian sostiene que la investigación de la Fiscalía no pudo probar la responsabilidad de Mutio en la contaminación del contenedor, ni su vínculo con el narcotráfico.

Uno de los argumentos centrales es que la investigación penal, llevada adelante por la fiscal Mónica Ferrero, no pudo comprobar que la sustancia que llegó al puerto de Hamburgo era cocaína.

Si bien existiría una documentación que lo probaría, ese elemento no fue incorporado por la Fiscalía en la audiencia de acusación, la instancia en la que el juez de garantías determina qué evidencias ingresarán al juicio como prueba.

Chamsarian señaló que el motivo por el que esa evidencia no fue ingresada “resulta totalmente ajeno al conocimiento del juez de juicio, quien debe limitarse a valorar la prueba admitida en la etapa correspondiente. La prueba que no fue recibida por el juez de garantía no es prueba de cargo y como tal no existe en juicio”.

En esa línea sostuvo que la prueba científica de la sustancia “hubiera permitido concluir en grado de certeza absoluta que la sustancia incautada y que constituye el eje central de su versión se trataba indubitablemente de sustancia estupefaciente”.

Chamsarian subraya que se trata de un punto esencial, dado que el artículo 31 del Decreto-Ley 14.294 castiga “al que exporte sustancias o materias primas, no cualquier tipo de sustancias, sino aquellas capaces de producir dependencia psíquica o física”.

La jueza plantea que si bien desde la naviera en la que viajó el contenedor declararon que es difícil mover el contenedor en el puerto de destino, es posible hacerlo, y no se presentó ninguna prueba de que el contenedor haya permanecido en el mismo lugar, por lo que no puede descartarse que haya sido contaminado en altamar.

“La fiscalía sostuvo que los precintos del contenedor GCNU 472814-7 en donde se encontraron los bolsos con la sustancia no identificada eran los originales y no existía evidencia de que fueron clonados o que el contenedor fue intervenido después de ser cerrado y precintado por Mutio. Posición que no se tiene el honor de compartir, dado que al igual que como aconteció con la sustancia indicada, no existe prueba directa e indubitable que demuestre que los precintos eran los originales”, sostuvo la jueza.

“No se encontró droga en su poder ni en ninguno de los allanamientos a los que se hicieron referencia en el juicio, no hay fotos, ni llamadas que lo puedan incriminar, sólo un whatsapp que presentó la Fiscalía de quien se identifica como ‘MiAMOR’ y que nada aportó a la investigación”, expresó Chamsarian en la sentencia.

Si bien reconoce “la exhaustiva argumentación, el volumen probatorio ofrecido y la encomendable tarea realizada por la fiscalía en la defensa de su teoría del caso”, Chamsarian entiende que “que el caudal probatorio ofrecido se ve desvirtuado por otros medios probatorios así como a la falta de prueba primordial, generando una serie de dudas que alejan a esta sentenciante de compartir los fundamentos” de la fiscalía.

En diálogo con la diaria, el abogado de Martín Mutio, Florencio Macedo, dijo que la causa “empezó con un ocultamiento intencional, deliberado por parte de la fiscalía, que nos ocultaba los resultados de la investigación en Alemania”. Además, sostuvo que “durante el curso de la investigación la fiscalía no pudo realizar las pruebas básicas como para poder responsabilizar a nuestro cliente”.

Mutio fue imputado el 30 de agosto de 2019 por esta causa y durante el transcurso de la causa estuvo en prisión preventiva efectiva durante cinco meses. Mutio fue objeto de otra investigación penal, en noviembre de 2021, pero la causa también fue archivada.

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