Justicia Ingresá
Justicia

Palacio Tribunales, Suprema Corte de Justicia (archivo, marzo de 2023).

Foto: Ernesto Ryan

Justicia intimó al Ministerio del Interior a entregar información sobre asesinato de Álvaro Balbi al proyecto universitario Cruzar

1 minuto de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago

Tras una acción de acceso a la documentación, la magistrada estableció que la cartera tiene 72 horas para hacerlo y que su actuación en el caso no fue “prolija”

Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

La jueza de lo Contencioso Administrativo María Eugenia Ferrer condenó al Ministerio del Interior a que entregue un documento vinculado al terrorismo de Estado al proyecto Cruzar, de la Facultad de Información y Comunicación de la Universidad de la República.

En concreto, el texto solicitado por el proyecto es del 31 de julio de 1975 y refiere al asesinato del militante comunista Álvaro Balbi. La magistrada expresó que la cartera tiene un plazo 72 horas para hacerlo, “salvo que se acredite en legal forma que el documento fue remitido a la Fiscalía de Lesa Humanidad”, se informó en un comunicado elaborado por el proyecto.

La decisión de la jueza llegó luego de una acción de acceso a la información pública que fue promovida por el proyecto en conjunto con el Centro de Archivos y Acceso a la Información (Cainfo) y de varias respuestas insatisfactorias por parte del Ministerio del Interior.

“La administración no es prolija en su actuación, en tanto en primer lugar alega que la información solicitada es clasificada reservada; luego que, si bien no es reservada, no la encuentran, y antes expresa que la misma debería ser peticionada a la Fiscalía de Lesa Humanidad”, argumentó la jueza en su fallo.

El proyecto Cruzar, que trabaja en la sistematización de información de archivos del pasado reciente, manifestó en el comunicado que la posibilidad de acceder a esta información constituye la “materia prima para la investigación”, ya que “los integrantes del proyecto leen y cruzan la información disponible en distintos conjuntos de documentos, por ejemplo, el archivo Berrutti, y cada vez que detectan un indicio sólido que indica la existencia de un material desconocido hasta el momento, apelan a la ley de acceso a la información pública para que la institución en poder del material lo brinde”.

Asimismo, señalaron que “el acceso a la información pública es una garantía para la vida democrática, y como tal forma parte de los derechos humanos fundamentales. En casos de crímenes de lesa humanidad, el acceso a documentación de los organismos represivos resulta indispensable para contribuir a la verdad, la memoria y la no repetición de estos hechos, y es una forma de aportar a la búsqueda de justicia y reparación para las víctimas y sus familiares”.

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

¿Te interesa la justicia?
Suscribite y recibí la newsletter de Justicia en tu email.
Suscribite
¿Te interesa la justicia?
Recibí la newsletter de Justicia en tu email todos los lunes.
Recibir
Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura