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Enrique Antía en una actividad del Espacio 40 (archivo, marzo de 2023).

Foto: Natalia Ayala

Intendencia de Maldonado adjudicó 529 compensaciones salariales por “tareas diferentes al cargo”

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Desde Adeom apuntaron que se trata de “la vieja política del acomodo de parte de Enrique Antía” y que la medida implicaría más de seis millones de dólares anuales; edil de FA denuncia que se busca beneficiar a la fundación A Ganar.

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Leído por Andrés Alba.
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El expediente 2023-88-01-06043 de la Dirección General de Administración y Recursos Humanos de la Intendencia de Maldonado, con fecha 31 de marzo, contiene una lista con 529 compensaciones salariales a funcionarios municipales, denominada “compensación por tareas diferentes al cargo”. El documento fue firmado por el secretario general de la comuna, Luis Eduardo Pereira, y el intendente, Enrique Antía.

Según supo la diaria, esta lista generó malestar entre los funcionarios municipales, ya que antiguamente la norma establecía que las compensaciones eran evaluadas por el área de Recursos Humanos y que, para otorgarlas, se tenía en cuenta la antigüedad del funcionario, los méritos, así como otros antecedentes. Sin embargo, con la última modificación que sufrió la normativa bajo la actual administración, el funcionario no debe cumplir con estos requisitos, sino que simplemente se requiere el aval de los directores de cada área y del intendente.

Del expediente, al que accedió la diaria, se desprende que “los mecanismos de recontratación y compensación por tarea diferente al cargo se inscriben entre las facultades de libre apreciación sobre la oportunidad o conveniencia de la acción administrativa” y que el fin de las compensaciones es “asegurar el correcto funcionamiento de los servicios a su cargo”.

Desde la Dirección General de Administración y Recursos Humanos alegan que “las adecuaciones presupuestales previstas no se realizan en el marco de un cambio en la matriz organizacional de la intendencia” y que la propuesta se encuentra dentro de la “competencia discrecional de la Administración”. La medida está permitida, según se establece en la sección III del Decreto 3.947/2016.

“No son otra cosa que la vieja política del acomodo de parte de Enrique Antía y el Partido Nacional”, dijo Marcelo López, presidente de la Asociación de Empleados y Obreros Municipales (Adeom) de Maldonado, el 22 de marzo en el programa sindical La voz de Adeom. Consideró, además, que hay un “abuso de esta situación clientelar”.

“La Resolución 3.098, de 2023, fue creada a espaldas de Adeom y se nos notifica luego de haber sido firmada. Se basa en los instrumentos aprobados por las mayorías del Partido Nacional en la Junta Departamental y [con ella] se está violando nuevamente la Ley de Negociación Colectiva de los empleos públicos”, lamentó López.

Estas compensaciones, según declaró a la diaria el edil por el Frente Amplio (FA) y representante por el sector Alianza Progresista Leonardo Delgado, significan unos 250.000 dólares más en sueldos al mes, que al año suman seis millones de dólares más de gasto.

Los argumentos del FA y del oficialismo

Delgado aclaró a la diaria que “la bancada del FA no tomó postura sobre este asunto”. El edil considera que “estos procedimientos” tienen que ver con “desmantelar la intendencia al servicio de la fundación A Ganar”.

El edil dijo que “van a decir que el gasto se cubre con lo que se ahorra gracias a la reforma jubilatoria, que se estimó en siete millones de dólares, pero se habla de eso porque no se piensa en contratar más puestos de trabajo y seguir ocupando a la fundación A Ganar”. Además, Delgado denunció que “hay funcionarios de la fundación [A Ganar] que ya hacen tareas administrativas que no pueden”.

En marzo la IDM firmó un convenio colectivo en marzo, que está refrendado en la Dirección Nacional del Trabajo (Dinatra) del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). En ese sentido, López manifestó que “las abogadas del Ministerio de Trabajo ya le han advertido a la administración que todas las adecuaciones deben pasar por la mesa bipartita [...] se dan el lujo de realizar una adecuación en los salarios de los funcionarios municipales sin pasar por la mesa de negociación colectiva”. El dirigente reiteró que no se respetó la Ley 18.508, de negociación colectiva, y remarcó que es “obligatorio” para todos los organismos gubernamentales aplicarla.

López planteó que se “postergan las reales expectativas del crecimiento personal y funcional de todas las compañeras y compañeros municipales, como aquellos que esperan año a año un concurso o una evaluación ajustada a derecho, con todas las garantías correspondientes, con transparencia”, lamentó el dirigente sindical.

Luego de la asamblea general de delegados que se llevó a cabo el jueves 4 de mayo, Adeom Maldonado emitió una resolución sobre este tema y manifestó su “profundo rechazo a la política clientelar” que lleva adelante la administración de Antía en materia de recursos humanos, “malgastando la friolera de 6.750.000 dólares”.

Desde el oficialismo, Damián Tort, edil nacionalista y presidente de la Comisión de Presupuesto de la Junta Departamental, se expresó sobre el asunto en una rueda de prensa. “La reflexión que hacemos es que son 529 familias, porque detrás de esas personas a las que les dan la compensación hay familias que van a mejorar para el departamento de Maldonado, que van a mejorar su situación económica y, por ende, van a mejorar también el departamento, porque esto es una economía circular que va a gastar en los diferentes comercios, se va a comprar alguna cosita, va a llegar a fin de mes un poco mejor”, declaró.

Con referencia a la postura del FA, dijo que “no entiende” cómo es que la oposición está “en contra” de que 529 familias “mejoren su situación”. “Capaz que, como dicen, no fue acordado con el gremio de Adeom, pero sí fue acordado con los directores, que son los que están trabajando constantemente con esos funcionarios y son los que respaldan a esos funcionarios”, planteó.

Delgado, sin embargo, aclaró que “el FA no tiene una postura en conjunto al respecto” y que sus declaraciones las hace en nombre de su sector.

“Yo quiero que vayan y miren a los ojos a esas personas a las les dan las compensaciones y les digan 'nosotros no estamos de acuerdo con que te den compensaciones'. Eso es feo, porque hablan de números pero detrás de cada número hay una persona, hay una familia”, sostuvo el edil nacionalista.

Por otro lado, explicó que la Comisión de Presupuesto recibió a Adeom, cuyos delegados fueron a la reunión con datos “inexactos” y que durante ese encuentro los ediles fueron “callando una a una” las consultas con la información oficial del acuerdo firmado en la bipartita.

Antecedentes

En 2007, durante el primer período de la administración de Óscar de los Santos, se sancionó en la Junta Departamental el Decreto 3828/2007, que en el artículo 40 define el “régimen de ascensos” de los funcionarios municipales, en el que se establece que “siempre se deberán tener en cuenta las evaluaciones, la antigüedad, los méritos y los antecedentes funcionales”. Se creó, además, el Decreto 3078/2007 y el primer “Manual de descripción de tareas”, que establecía pautas y limitaba las actividades de los trabajadores municipales.

Ese año, el sistema de ascensos propuesto intentaba generar alternativas a lo establecido en el artículo 40 del Digesto Departamental: “Es obligación de los funcionarios municipales subrogar a sus superiores jerárquicos en caso de ausencia de los mismos, teniendo derecho a percibir un incremento del sueldo, hasta dos grados por encima del suyo, a partir de la fecha en que tomen posesión del cargo y siempre que sea por un período mayor a los diez días. La subrogación sólo podrá ser dispuesta por resolución del Intendente Municipal”.

En abril de 2011, ya en el segundo período de De los Santos, se definieron mediante el Decreto 3.881/2011 los escalafones, subescalafones y “niveles de actividad”. También se detalló que los funcionarios presupuestados que desempeñen tareas que corresponden a grados o niveles superiores percibirán una “compensación por tarea diferente al cargo”, equivalente a la diferencia entre su grado presupuestal y el que corresponda a la función. El “Manual de descripción de tareas” era la referencia a la hora de definir si se otorgaba una compensación.

En 2016, al comienzo de la administración Antía, se modificó el artículo 110 del Decreto 3881/2016, en el que se refiere a las compensaciones; aunque se mantiene la naturaleza, se excluyen los requisitos de “evaluaciones, la antigüedad, los méritos y los antecedentes funcionales”.

Ese mismo año se modificaron 33 artículos del Decreto 3.881 vinculados a escalafones, subescalafones y dependencias, y se derogaron otros cuatro. También se omite el “Manual de descripción de tareas” antes mencionado.

En el artículo 64 del Decreto 3947/2016 se estableció además la autorización para otorgar a los “funcionarios en comisión provenientes de otros organismos públicos, a modo de compensación, la diferencia entre el sueldo de la oficina de origen y el correspondiente a la oficina de destino, según las tareas efectivamente desempeñadas, las particularidades del caso y cuando aquel sea inferior a la retribución prevista en el presente Decreto. Esta compensación deberá ser dispuesta por acto administrativo fundado del intendente”.

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