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Maldonado (archivo, julio de 2023).

Foto: Virginia Martínez Díaz

Empresarios de Maldonado y Rocha acordaron “protocolo único” de seguridad que habilita a “devolver personas a su lugar de origen”

3 minutos de lectura
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Las “pautas de actuación en seguridad ciudadana” combinan la vieja Ley de Vagancia con la Ley de Faltas; el texto fue redactado con “aportes” de varios organismos públicos y gremiales.

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Al cabo de meses de ingentes esfuerzos para aplicar la vieja Ley de Vagancia en las zonas turísticas, la Cámara Empresarial de Maldonado (CEDM) y las corporaciones rochenses acordaron con el Ministerio del Interior, Fiscalía y el Poder Judicial “un protocolo único” de actuación en temas de seguridad ciudadana.

El texto contó con “los aportes fundamentales” de los citados organismos, además de la Intendencia de Maldonado –a través de su directora general de Asuntos Legales y exjueza penal Adriana Graziuso–, informó la corporación fernandina este jueves 18, en una conferencia de prensa.

El protocolo “se basa” en la Ley de Vagancia (10.071) y en la Ley de Faltas (19.120) ante “situaciones que afecten el orden público”, tal como aspiraban los empresarios para este verano.“Es un paso fundamental para mejorar la seguridad ciudadana de Maldonado y de todo el país», señaló el presidente de la CEDM, Rolando Rozenblum. “Con él, logramos unificar criterios y procedimientos para que las autoridades actúen de manera coordinada y efectiva”, agregó.

Los dirigentes enfatizaron que el protocolo “deja en claro los roles de cada uno de los organismos que garantizan la seguridad de la población”. “Pone de manifiesto el procedimiento de actuación, la comunicación interinstitucional y deja en claro que las leyes vigentes deben aplicarse”, complementó la CEDM en un comunicado.

“A su lugar de origen”

El protocolo, disponible en el sitio web de la Cámara Empresarial de Maldonado, señala que es “aplicable a todas las personas que se encuentren en el territorio de la República Oriental del Uruguay, independientemente de su nacionalidad, edad o condición social”.

Tras definir el concepto de orden público, considera que “cualquier acontecimiento que ponga en peligro la seguridad de las personas o de los bienes, o que perturbe la paz pública”, debe ser denunciado.

En caso de encontrarse frente alguno de esos acontecimientos, sugiere al ciudadano “mantener la calma y actuar con precaución, evitar acercarse al lugar del incidente, buscar refugio en un lugar seguro e informar a las autoridades de la situación”.

“En particular”, debe tener en cuenta las siguientes recomendaciones: “No participar en actos de violencia o vandalismo, no manipular objetos peligrosos, no acercarse a personas armadas o violentas”.

La comunicación con las autoridades debe realizarse a través del 911 o de la Policía local. En tales casos, se debe “aportar información sobre el hecho” para que la Policía asista al lugar, identifique a las personas y recabe testimonios.

“En caso de corresponder, se retiene a la persona responsable y procede al traslado de esta a la unidad policial de jurisdicción”, apunta el texto.

La Policía deberá “poner en conocimiento a la Fiscalía con jurisdicción en el área en caso de tratarse de delito” y “poner en conocimiento al Poder Judicial (juez de Paz) con jurisdicción en el área en caso de tratarse de faltas”.

Si se trata de situaciones que “afecten el orden público, pero no constituyen ni falta ni delito”, se pondrá en conocimiento a un juez letrado penal. “En caso de tratarse de situaciones donde el juez disponga su derivación o devolución de la persona a su destino de origen”, la Policía deberá enterar al Ministerio de Desarrollo Social sobre la resolución.

Si la persona se niega a la determinación judicial, podría llegar a configurarse un delito en el marco de la Ley de Vagancia (artículo 11) o “desacato, donde la Policía deberá enterar a la Fiscalía”.

En cuanto al papel del Poder Judicial, señala que los magistrados actuarán “conforme al marco legal vigente, dentro de sus competencias y en el ejercicio de su independencia técnica”. La Fiscalía, en tanto, deberá dar inicio a una investigación cuando reciba información “sobre el hecho delictivo” y “evaluar las medidas a tomar”.

Ocupaciones y desacato

“En caso de tratarse de ocupación de espacios públicos o cuidacoches no autorizados y debidamente identificados con chaleco de la Intendencia departamental, y demás situaciones, deberá realizarse la denuncia a la Intendencia correspondiente”, añade otro tramo.

Cada ejecutivo departamental deberá derivar la denuncia a la dirección correspondiente y “controlar la situación” mediante el cuerpo inspectivo, además de “efectuar las intimaciones que correspondan”.

Si la persona se niega a la intimación, “podría llegar a configurarse delito de desacato donde la Intendencia deberá denunciar a la Policía, quien enterará a la Fiscalía”. También la Intendencia podrá enterar a la Fiscalía correspondiente en el caso de cuidacoches.

El protocolo señala que su cumplimiento “ayudará a garantizar la seguridad de los ciudadanos ante situaciones que afecten el orden público. Por ello la coordinación y cooperación de las instituciones públicas y privadas es y será fundamental para la elaboración e implementación del mismo”.

En la elaboración del protocolo también participaron la Corporación Rochense de Turismo, “contando con la anuencia” del Centro Comercial e Industrial de Priápolis, Liga de Fomento de Punta del Este, Liga de Fomento y Turismo de Piriápolis, Centro de Inmobiliarias de Piriápolis, Centro Comercial e Industrial de Rocha y Centro Comercial Regional de Chuy”.

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