A partir del 1º de julio, las jubilaciones por el régimen de ahorro individual se reducirán 6% respecto de las otorgadas en el primer semestre del año. Ello es consecuencia de los cambios regulatorios aplicados al cálculo de las jubilaciones del régimen de Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional (AFAP), introducidos este año por el Banco Central del Uruguay (BCU). Para analizar esos cambios, es necesario repasar brevemente el funcionamiento de este sistema que coexiste con el régimen de solidaridad intergeneracional administrado por el Banco de Previsión Social (BPS).
Durante su etapa activa, el trabajador aporta mensualmente a la AFAP, que, luego de deducir su comisión, hace inversiones financieras con el objetivo de rentabilizar los ahorros. Al llegar el momento de la jubilación, las AFAP se retiran del negocio y el trabajador debe elegir una aseguradora que deberá pagarle la jubilación –y eventual pensión– por el resto de su vida.
Un tema relevante en estos sistemas es quién carga con los riesgos en cada momento. En la etapa de acumulación de ahorros, el riesgo de un mayor o menor retorno de las inversiones financieras recae sobre el trabajador. Las AFAP tienen su negocio prácticamente asegurado a partir del cobro de elevadas comisiones que permiten mostrar, año tras año, ganancias extraordinarias en sus balances. En cambio, cuando el trabajador se retira y hay que empezar a pagar la jubilación, quien pasa a afrontar el riesgo es la empresa aseguradora, ya que, mientras que el jubilado tiene la certeza de que cobrará la prestación por el tiempo que corresponda, la aseguradora debe lidiar con la incertidumbre de que el fondo de ahorro sea suficiente para afrontar dicha obligación en el transcurso del tiempo.
Por ello no sorprende que durante la etapa de aportar al sistema haya AFAP privadas que participan en el negocio, pero al momento de pagar, las aseguradoras privadas se hayan retirado hace años, dejando como único participante al Banco de Seguros del Estado (BSE). Con los parámetros usados para el cálculo de la jubilación, la aseguradora estatal se encuentra pagando las prestaciones a pérdida, una situación que se agrava a medida que madura el sistema. Fue precisamente la delicada situación financiera del BSE la que, sumada a la ausencia de competidores privados, motivó los recientes cambios instrumentados por el BCU en el cálculo de las jubilaciones.
En términos muy generales, puede afirmarse que la jubilación por el régimen de AFAP se calcula a partir de tres componentes: el dinero ahorrado, la expectativa de vida al momento del retiro y una determinada rentabilidad exigida a la aseguradora por continuar administrando el fondo de ahorros. Parte de los cambios eran necesarios; por ejemplo, la actualización de las tablas de mortalidad y la drástica reducción de un injustificado recargo de seguridad que incrementaba artificialmente la expectativa de vida, reduciendo el monto jubilatorio. El cambio más positivo fue la incorporación de tablas de mortalidad no diferenciadas por sexo, eliminando una discriminación inaceptable contra la mujer, que en este tipo de esquemas individuales resulta penalizada con una menor jubilación por su mayor expectativa de vida.
El otro cambio fundamental está relacionado con la rentabilidad de los ahorros exigidos a las aseguradoras. Mientras que hasta el año pasado se aplicaba una tasa fijada por el Banco Central –cuyo último valor fue de 1,5% en Unidades Reajustables–, a partir de 2018 pasó a ser variable en cada semestre, con base en el promedio de lo ocurrido con la tasa de interés del mercado en los últimos dos años. Adicionalmente, a los efectos de reflejar sus costos, la nueva regulación permite que las aseguradoras, a modo de comisión, deduzcan hasta 0,75 puntos porcentuales de dicha tasa.
Este cambio semestral en la tasa de interés exigida a las aseguradoras determina que las jubilaciones por el régimen de ahorro individual puedan variar considerablemente cada 1º de julio y cada 1º de enero. Puesto que el promedio de la tasa de interés de los últimos dos años viene bajando, la rentabilidad exigida durante el primer semestre del año es mayor que la que se exigirá en el segundo, lo que genera la mencionada caída de 6% en las jubilaciones a partir de julio. O sea que, como puede deducirse, la nueva normativa introduce una nueva fuente de volatilidad e incertidumbre que, por un lado, dificulta aun más la posibilidad de proyectar las futuras jubilaciones del régimen de AFAP y, por otro, agrega a quienes están en edad de jubilarse un componenteespeculativo en torno al momento más conveniente para su retiro.
Con este cambio regulatorio, el monto de las jubilaciones cambiará todos los semestres en una magnitud que dependerá de lo que ocurra con la tasa de interés. Por ejemplo, si en los próximos seis meses la tasa de interés se mantuviera cercana a los niveles observados en lo que va de 2018, a partir del 1º de enero las jubilaciones volverán a caer algo más de 5%. Es importante señalar que las jubilaciones no caen como consecuencia de un descenso coyuntural en la tasa de interés (que podría tener como contrapartida un aumento en el valor de los ahorros), sino simplemente por excluir del promedio meses de 2016 en los que la tasa de interés era relativamente alta.
A futuro, los cambios pueden ser incluso mayores. Al simular qué hubiera ocurrido en el pasado bajo esta normativa, en el caso más extremo se observa que el 1º de julio de 2011 las jubilaciones hubieran caído cerca de 15%. No parece sensato ni deseable que la jubilación por ahorro individual que va a cobrar una persona durante toda la etapa de retiro pueda variar 15% de un día para otro.
En suma, más allá de que el paquete incluyó algunos cambios positivos, la modificación regulatoria introducida por el BCU incorpora una fuente adicional de volatilidad e incertidumbre al régimen de ahorro individual. Adicionalmente, estos aumentos o descensos semestrales en el monto de la jubilación pueden abrir un espacio inconveniente para la especulación. ¿Es razonable que trabajadores que aportaron lo mismo puedan acceder a jubilaciones sensiblemente diferentes en razón de cambios coyunturales en parámetros altamente volátiles como lo es la tasa de interés? Dentro del necesario diálogo social tendiente a reformar la seguridad social, el debate no puede soslayar algunos aspectos críticos del régimen de AFAP, que al tiempo que asegura un cuantioso lucro a las empresas, ofrece una incertidumbre creciente a los trabajadores.
Hugo Bai es economista.