Opinión Ingresá
Opinión

Obra "Niñas", de la pintora uruguaya Petrona Viera (1895-1960). De aprobarse un aumento del plazo de la propiedad intelectual a 70 años post mortem, esta imagen, digitalizada por el Museo Nacional de Artes Visuales, volverá a dominio privado y deberá ser retirada del artículo de Petrona Viera en Wikipedia.

Es grave: Uruguay podría terminar el año con una de las peores leyes de propiedad intelectual del mundo

4 minutos de lectura

Editar

La discusión social en torno a la propiedad intelectual y al acceso a la cultura en Uruguay ha sido intensa en los últimos años, y no está saldada. Es un debate en la sociedad y es un debate en la izquierda. No es un tema que interesa solamente a artistas famosos. Distintos sectores, como la educación y las bibliotecas, están involucrados y se han manifestado al respecto. Recientemente lo hicieron la Asociación de Bibliotecólogos del Uruguay (ABU) y el Programa de Entornos Virtuales de Aprendizaje (ProEVA) de la Universidad de la República, que alertaron sobre los efectos negativos de aumentar el plazo de propiedad intelectual y reclamaron un equilibrio en la ley.

En Uruguay, la propiedad intelectual tiene una protección de 50 años después de la muerte del autor o autora. Por caso, “Las manzanas”, de Ruben Rada, tendrá una protección de 50 años más allá de la vida de su propio autor. Se trata de un plazo largo, que cubre a los autores y sus herederos y que abarca a obras nacionales y extranjeras, tal como estipula el Convenio de Berna, del que Uruguay es parte.

La ley de protección a la propiedad intelectual ha tenido diversas propuestas de modificación en los últimos años. La más reciente, la del senador Pablo Mieres, es sucinta y tajante: aumenta el plazo de todos los derechos de propiedad intelectual a 70 años y de forma retroactiva. De aprobarse, las obras que ya están en dominio público volverán al dominio privado. Este proyecto de ley fue presentado en sala hace pocos meses por el propio Mieres con carácter “grave y urgente”, pero no tuvo el apoyo del Frente Amplio. No obstante, la bancada de este partido, por la presión de las discográficas y las gestoras de derecho de autor, lo tiene en consideración entre los posibles proyectos a aprobar antes de fin de año.

Pero ¿sería ese un plazo razonable para la duración de la propiedad intelectual? ¿Qué consecuencias tendría para el acceso a la cultura? ¿Cómo impactaría en la producción cultural uruguaya y en su circulación? ¿Acaso algún legislador o legisladora se ha hecho estas preguntas? Al menos las y los legisladores del Frente Amplio deberían cuestionarse estos temas y ser profundamente conscientes de los asuntos de justicia social que hay en juego. El acceso real a la cultura, la educación y el conocimiento científico de la sociedad toda están en juego.

La importancia de estos temas queda clara si se recuerda el allanamiento a las fotocopiadoras de la galería Montecarlo en 2013. Aquel episodio derivó en un proyecto de ley propuesto por la Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay que llegó al Parlamento, con el apoyo de 10.000 firmas de estudiantes. Ese proyecto, enriquecido por los aportes del Ministerio de Educación y Cultura (MEC), tuvo media sanción en el Parlamento en este período. Incluye excepciones a la propiedad intelectual que equilibran el interés privado con el interés público. Y es que esa debería ser la esencia de la ley: no es “la ley de los artistas” y, por lo tanto, no debería revestir un carácter de reconocimiento identitario, como muchos creen, pensando que aumentar los plazos no tiene costo alguno para el país.

Nuestra ley está actualmente desequilibrada en favor de los titulares de propiedad intelectual, que ya se vieron beneficiados con un aumento de plazos en 2003, como resultado de la entrada de Uruguay a la Organización Mundial del Comercio. En 2013, una nueva propuesta de aumento de plazos fue retirada por el enorme rechazo que generó en la ciudadanía. ¿Es razonable aumentar todavía más el plazo que duran las restricciones de propiedad intelectual, cuando aún no se han promulgado excepciones para salvaguardar los usos educativos, la preservación de materiales culturales en bibliotecas, archivos y museos, la libertad creativa y el acceso a la cultura?

Sería oportuno que en los últimos días de este período legislativo las y los parlamentarios, especialmente de izquierda, estén a la altura del verdadero significado de este debate.

Si se llega a esa situación, Uruguay tendrá una de las peores leyes de propiedad intelectual de la región y del mundo. Recordemos que países como Chile, Colombia y México, que modificaron sus leyes hace algunos años, obligados por tratados de libre comercio con Estados Unidos, al mismo tiempo agregaron excepciones para proteger a las instituciones culturales y a la educación. Estos sectores claramente quedaban vulnerados con el aumento de plazos. Los países latinoamericanos fueron conscientes de que el cambio de legislación podía ser “bueno para los negocios” pero muy malo para la sociedad, y agregaron salvaguardas para compensar los efectos nocivos.

En el caso de Uruguay, los efectos nocivos se verían enseguida. De aprobarse este proyecto de ley, las obras de Felisberto Hernández, Susana Soca, Justino Zavala Muniz, Peloduro, Carmen Barradas, Juan José Morosoli, Petrona Viera, Carmelo de Arzadun y muchos otros dejarían de estar en dominio público y deberían retirarse de los portales de internet que hoy ofrecen acceso gratuito y sin fines de lucro a este acervo cultural. También pasaría a ser ilegal el acceso libre a las obras de autoras y autores extranjeros que volverían al dominio privado, como Marcel Duchamp, Violeta Parra, André Breton, Dorothy Parker y Ernesto Che Guevara, entre muchísimos otros. El uso de sus obras en territorio nacional generaría egresos hacia el exterior, para pagar a las discográficas y editoriales que todavía tienen el monopolio de sus obras en otros países. El Consejo de Derechos de Autor del MEC, organismo experto que asesora en la materia, ha presentado un informe a la Comisión de Educación y Cultura del Senado opuesto al aumento de plazos, considerando estos inminentes daños al patrimonio cultural.

¿Cuáles serían los efectos positivos, y para quién? Las y los autores ya tienen una protección que dura toda su vida y más. El aumento de plazos no les implica una mejora en sus condiciones de vida y trabajo, ya que se aplicará a los años posteriores a su muerte. Pero sí serían beneficiarios directos las corporaciones del entretenimiento que siguen explotando las obras más allá de la muerte de sus autores, así como algunos herederos de un puñado de obras que eventualmente tengan valor comercial después de décadas.

Es fundamental que nos preguntemos por el impacto social de los altos estándares de protección de propiedad intelectual que ya existen y si es justo, o no, aumentarlos todavía más. El derecho a la cultura y el derecho de autor no son dos polos opuestos: se puede encontrar un equilibrio en el que un derecho no vaya en detrimento del otro. El debate actual no es entre estos dos derechos, sino entre el interés público y la más ortodoxa concepción de propiedad privada como valor absoluto. Sería oportuno que en los últimos días de este período legislativo las y los parlamentarios, especialmente de izquierda, estén a la altura del verdadero significado de este debate.

Mariana Fossatti es integrante de Creative Commons Uruguay.

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

¿Te interesan las opiniones?
None
Suscribite
¿Te interesan las opiniones?
Recibí la newsletter de Opinión en tu email todos los sábados.
Recibir
Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura
Artículo libre Artículo de acceso libre a todo público. Es posible gracias a quienes financian nuestro trabajo con su suscripción de pago.