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El escenario de la formación de educadores en la ley de urgente consideración

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Es muy posible que en Uruguay, más tarde o más temprano, tengamos que afrontar una crisis política de la educación pública y de la formación de educadores en particular. Ello puede evidenciarse en la ley de urgente consideración (LUC) presentada por el Poder Ejecutivo al Parlamento nacional, en su sección III, relativa a la educación. Esto viene enmarcado en el desprestigio al que se enfrenta lo público en gran parte del continente y el mundo. En esta oportunidad, analizaremos la educación pública de la formación de educadores en nuestro país como bien público que debería tener al Estado como su garante fundamental.

En la LUC se puede observar con bastante claridad algo que nos advierte hace un tiempo Boaventura de Sousa Santos: “El Estado decidió reducir su compromiso político con las universidades y con la educación en general, convirtiendo a esta en un bien que, siendo público, no tiene que estar asegurado por el Estado, por lo que la universidad pública entró automáticamente en crisis institucional”.1 Crisis institucional “inducida por la pérdida de prioridad del bien público universitario en las políticas públicas y el consiguiente desfinanciamiento y la descapitalización de las universidades públicas”.

En ese marco, es posible desnudar las intencionalidades de la LUC, no sólo de desconocer a quienes ponen el cuerpo y el alma en las aulas y los espacios no formales, sino claramente de desestructurar la formación de educadores. Desde hace mucho tiempo, los actores directos de la formación de educadores y otras organizaciones sociales y políticas vienen logrando algunos avances en la creación de una Universidad de Educación, proyecto que es absolutamente desconocido por los sectores políticos que apoyan la propuesta de la LUC.

La presentación de proyectos que aparecen como modernizantes, “abriendo al sector privado la producción del bien público de la universidad y obligando a la universidad pública a competir en condiciones desleales en el emergente mercado de los servicios universitarios”, como afirma De Sousa Santos, se puede observar en el artículo 136 de la LUC, que plantea que la educación terciaria “puede o no ser de carácter universitario”. En la LUC, el lenguaje utilizado, el abandono de ciertos conceptos y las aparentes contradicciones no tienen nada de ingenuo. Sí tienen el claro propósito de darle todo el poder de centralización al Ministerio de Educación y Cultura (MEC), a la vez que ese mismo organismo del Estado organiza un proceso de fragmentación y desintegración del sistema educativo público y de la formación de los educadores en particular.

El artículo 137 es un claro ejemplo de no especificación y ausencia de claridad, al plantear que “el Estado, por medio de las entidades públicas con competencia en la materia, hará todos los esfuerzos a su alcance para asegurar el carácter universitario de una formación en educación de calidad”. No especifica qué organismo del Estado será el encargado de hacer ese esfuerzo (aunque es posible deducir que sería el MEC) ni qué organismo será el responsable de otorgar el título universitario. El Consejo de Formación en Educación (CFE) no podrá serlo, lo que deja traslucir que serán las universidades privadas, que son las que actualmente otorgan títulos docentes universitarios.

Desde 1984, cuando se autorizó por el decreto 343/984 el funcionamiento de la Universidad Católica del Uruguay Dámaso Antonio Larrañaga, los ciudadanos y las ciudadanas pueden transitar la educación inicial, primaria, secundaria y terciaria en la educación privada. Desde esa década en adelante la cantidad de instituciones que ofrecen formación terciaria en el ámbito privado ha crecido. Como señala Cano,2 desde la década del 90 Uruguay ha habilitado varias universidades privadas e institutos de educación superior. La formación de educadores no escapó a esta lógica, pero con una curiosa particularidad: las carreras de formación docente en las instituciones privadas, a diferencia de las públicas, son de carácter universitario.

La LUC abre la peligrosa potestad de formar educadores de clase A y educadores de clase B. De clase B serán quienes sólo puedan acceder a una formación terciaria no universitaria en el Consejo de Formación en Educación. De clase A serán quienes puedan obtener becas y cumplir con las condiciones desmedidas de metas establecidas en el programa de fortalecimiento dependiente del MEC para obtener un título universitario que seguramente entregarán las universidades privadas y quienes hagan el esfuerzo de obtener préstamos para acceder a los títulos universitarios privados.

Estamos ante un desguace de la formación de educadores públicos, al que subyacen los intereses económicos de las universidades privadas que pretenden ser subsidiadas por el Estado.

El artículo 163, al plantear la aprobación de los estatutos de docentes y funcionarios no docentes, parece desconocer los avances logrados por el anterior CFE al aprobar, después de muchas discusiones con la Coordinadora de Sindicatos de la Enseñanza del Uruguay y la Asamblea Técnico Docente (ATD) del CFE, la modificación del capítulo 14 del estatuto docente vigente, referido a la formación en educación, aprobado el 29 de setiembre de 2019. Ello implicó un avance hacia una formación de carácter universitario para los educadores que contiene una estructura de grados académicos, conformada por cinco grados, en la que se especifican las funciones de cada grado, los requisitos del ingreso al grado, la evaluación docente efectiva y más.

Estamos ante un desguace de la formación de educadores públicos, al que subyacen los intereses económicos de las universidades privadas que pretenden ser subsidiadas por el Estado por medio de becas y de forma encubierta mediante préstamos bancarios. “La eliminación de la gratuidad de la educación universitaria y la sustitución de becas de estudio por préstamos fueron los instrumentos de la transformación de los estudiantes de ciudadanos a consumidores. Todo esto en nombre de la educación centrada en el individuo y la autonomía individual”, sostiene De Sousa Santos.

Es deplorable que el carácter universitario de los educadores quede librado a un sistema desigual y competitivo, lo que evidencia claramente el desinterés en plantear una política de Estado que apunte a una institución universitaria pública, gratuita e integradora, que garantice a todos y todas las posibilidades y las condiciones de igualdad para obtener un título universitario de carácter público y gratuito.

En el caso de que se profundice la oferta privada de la formación en educación, se generarán cada vez más circuitos de formación que recorrerán únicamente el ámbito privado. Vale aclarar: se formarán docentes en instituciones privadas con niveles universitarios que probablemente luego trabajarán en instituciones de enseñanza inicial, primaria y secundaria privada. Parece, pues, que estamos ante la promoción de estos circuitos. Se puede esperar que esto ahonde aún más la brecha educativa de nuestro país.

Es preciso aclarar que las carreras de formación en educación existen en todos los departamentos y se complementan, además, con una creciente demanda de la modalidad de profesorado semipresencial, que combina lo virtual con lo presencial. Es decir, la oferta pública ya está establecida. Vale preguntarse, entonces, sobre qué nuevas ofertas se está planificando.

Actualmente, en el proyecto de LUC se deroga la posibilidad de crear un instituto universitario como lo plantea la Ley 18.437. En el artículo 171 de la LUC se establece la creación de un Programa Nacional de Fortalecimiento de la Formación en Educación en el marco del MEC. El trabajo constante de las ATD, los estudiantes y organizaciones de la sociedad civil que tanto han bregado por la creación de una Universidad de Educación y la idea de creación de un Instituto Universitario, establecida en la Ley 18.437, es enviado a la papelera.

Se huele el desprecio por la profesionalización de los docentes al relegar su formación a un programa de fortalecimiento que, lejos de ser un fortalecimiento, colaborará con el debilitamiento y el descrédito al llevar a los educadores a la categoría de “maestros de prospecto”, seguidores de recetas implementadas por otros, autodenominados especialistas o expertos, al decir de Henry Giroux. Estamos ante la inminente concreción de que los educadores sean “bruscamente alejados del proceso de gobierno de la enseñanza, mayormente relegados a funciones técnicas”, una especie de “pedagogía desnuda” o despojada que los aleja de los procesos de deliberación y reflexión y como decisores de políticas educativas.3

En la Comisión Especial de la Cámara de Senadores se restituyó, en el artículo 157, a los representantes docentes y estudiantiles del CFE. Lo que podría ser algo a celebrar, si lo enmarcamos en el artículo 153, se transforma en un mero saludo a la bandera, ya que dicho artículo establece: “El Consejo Directivo Central [Codicen] también designará a uno de esos cinco miembros como presidente del Consejo de Formación en Educación, el que integrará el Codicen con voz y sin voto”. Podría decirse algo similar sobre el mantenimiento de los Consejos Asesores y Consultivos en cada instituto del CFE que se menciona en el artículo 167. Dichos consejos tienen voz, pero no voto, y la historia ha demostrado que han tenido una escasa relevancia en la incidencia de las políticas educativas del sector, menos aún en el contexto de la LUC.

Se corta de raíz lo escasa y trabajosamente avanzado. La descalificación de la autonomía y el cogobierno universitario, y la negación tajante de un modelo autonómico para una Universidad de Educación tiene la intencionalidad política de atacar la libertad académica y de cátedra de los docentes, interpretando la autonomía como algo individual pero condicionado a un proyecto gerencial de las instituciones formadoras.

Para que la formación de los educadores realmente sea profesionalizante y formadora para las complejas realidades que deben enfrentar en el siglo XXI, tiene que pertenecer a una institución que le otorgue identidad y compromiso con la educación, e incorpore las funciones de extensión e investigación para que interactúen y redunden en la mejora de los procesos de enseñanza de los futuros educadores. La participación en la toma de decisiones tiene una función pedagógica sustancial en la formación ciudadana y alienta la autonomía académica, así como el compromiso institucional de educadores, funcionarios y estudiantes.

Para Boaventura de Sousa Santos, “el éxito de esta estrategia depende, en buena medida, del poder de la universidad pública para impedir el surgimiento significativo del mercado de las universidades privadas”. En base a esta afirmación, adjudica a las universidades públicas y sus aliados un rol significativo de unidad y defensa de lo público colocando al Estado como garante de la igualdad de oportunidades, especialmente para los sectores más vulnerables, que acceden con gran sacrificio a la educación superior. Esto se convierte en un imperativo categórico a la hora de generar un contrapeso importante frente al embate privatizador de los proyectos que prevalecen en muchos países, que en nuestro país se ve reflejado en la LUC.

Porque se trata de una escalada que trasciende a Uruguay. Es en ese sentido que debería ser analizado el proyecto restaurador de “la descapitalización y desestructuración de la universidad pública en favor del emergente mercado universitario con transferencias de recursos humanos que alguna vez configuraron un marco de acumulación primitiva por parte del sector privado universitario a costa del sector público”, en palabras de De Sousa Santos.

El planteo de De Sousa Santos nos conduce a deducir que la autonomía no muere de muerte natural, sino de una muerte dosificada al ir asumiendo un individualismo y una competencia sin límites, que también se ven expresados en los planteos de autonomía institucional que envuelven una adhesión de las direcciones a proyectos gerencialistas promovidos por ese programa de fortalecimiento. Estaríamos frente a un proyecto de tercerización de la formación de educadores bajo el discurso de la descentralización, en el que puede caber, incluso, la posibilidad de diferenciaciones salariales según el grado de adhesión a las direcciones de las instituciones educativas.

Ese concepto de descentralización parece quedar claro en el artículo 169 de la LUC, al poder “constituirse en un sistema integrado en que se pueda elegir variados trayectos, reconociéndose los saberes adquiridos en los distintos niveles y modalidades”, y “acelerar los procesos de descentralización compartiendo recursos de las diferentes instituciones.” Este artículo deja en evidencia una de las formas en que se plantea la desintegración, la pérdida de identidad institucional de los educadores, el sentido de pertenencia y el espíritu competitivo que alienta a las instituciones para conseguir recursos económicos, lo que deja claro, una vez más, el abandono del Estado en materia de financiación de las instituciones públicas.

Con este sucinto análisis pretendemos que se visualicen con mayor claridad las razones que sostiene el nuevo gobierno para no introducir en la LUC ninguna posibilidad de creación de una Universidad de Educación. Se afirma, muchas veces, que los docentes no tenemos capacidad de propuesta. Este es un claro ejemplo de una propuesta de política pública que brotó desde los docentes. Si bien, desde Enriqueta Compte y Riqué, existen antecedentes de llevar la formación de educadores a una formación universitaria, hacemos referencia aquí a un proyecto que nació en Salto en 2006. A una lucha de tantos años se le cierran todas las puertas. La historia se encargará de demostrarnos que ese trabajo de tantas y tantos educadores y estudiantes quedará guardado en la memoria, a la espera de que, en algún momento, coincidamos con la voluntad política de quienes nos gobiernen, y nos reconozcan y respeten como profesionales de la educación.

Elisa Piani Decastelli y Gladys Rodríguez Jourdan son docentes y licenciadas en Ciencias de la Educación de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, Universidad de la República.


  1. De Sousa Santos, Boaventura (2010). La Universidad en el siglo XXI, Montevideo: Trilce. 

  2. Cano, A (31 de enero de 2020). Aquellas urgencias. Brecha. Recuperado de: https://brecha.com.uy/aquellas-urgencias/

  3. Giroux, Henry (2012). La educación y la crisis del valor de lo público. 

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