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Los lineamientos del Poder Ejecutivo para la negociación colectiva del sector privado: una propuesta con gusto a poco

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En las primeras semanas de julio, el Poder Ejecutivo presentó sus lineamientos para la negociación colectiva en el sector privado, y en los últimos días, hizo lo propio con las del sector público. Aunque suelen quedar opacados frente a otros anuncios o decisiones de política pública, la propuesta del Poder Ejecutivo para la negociación de trabajadores, públicos y privados, es de suma relevancia, ya que afecta directamente al bienestar económico de las personas, en la medida en que incide sobre el principal ingreso de la mayor parte de los hogares, el salario.

Desde la reinstalación de los Consejos de Salarios en 2005, las resoluciones adoptadas en el marco de la negociación colectiva definen en buena medida la trayectoria del salario real no solamente en el plano legal o normativo, sino también en la práctica. Al mismo tiempo, aunque no todas las unidades de negociación se plieguen a la propuesta del Ejecutivo, los lineamientos han tenido hasta el momento gran incidencia en los resultados alcanzados en las mesas de negociación. En consecuencia, las pautas que presenta el Ejecutivo para la negociación –donde plasma en buena medida su propuesta de política salarial– no solamente son relevantes desde el punto de vista económico y social, sino que además brindan señales claras de los objetivos de la política salarial.

Hasta la ronda de negociación pasada –y durante la mayoría de las rondas previas, con la excepción del período 2015-2019–, los ajustes salariales se definían a partir de dos componentes. Por un lado, la inflación, de manera de asegurar el mantenimiento del poder de compra del salario; por otro, porcentajes a cuenta de crecimiento o –más recientemente– recuperación salarial. Además, periódicamente se incorporaban correctivos, como forma de saldar las diferencias que pudieran existir entre el ajuste por inflación y la inflación verdadera. Sin embargo, en camino a reducir el nivel de indexación de los salarios (esto es, el vínculo que actualmente existe entre los ajustes salariales y la inflación), estos lineamientos proponen mecanismos de ajuste diferentes.

Se propone que las mesas de negociación caminen hacia acuerdos de dos años de duración, incorporando ajustes salariales nominales y por todo concepto, de manera semestral. La incorporación de ajustes nominales o por todo concepto va en línea con caminar hacia la desindexación, en la medida en que los ajustes a priori no diferencian cuánto de este corresponde al crecimiento esperado de los precios. Por lo mismo, para los trabajadores es, cuando menos, complicado acordar en torno a porcentajes cuyo resultado final no es claro y ni siquiera depende de la producción, productividad o actividad del sector, sino que está atado a la evolución futura (e incierta) de la inflación.

A su vez, la propuesta establece que los ajustes nominales semestrales se determinen en función de tres franjas de ingresos salariales diferentes. Para la primera franja, que va hasta 38.950 pesos mensuales (unos 31.310 líquidos)1 se proponen los mayores aumentos, los que totalizan 13,9% en los dos años. La segunda franja, hasta 165.228 pesos mensuales (unos 109.190 líquidos) tendría ajustes durante los dos años de 11,3%; en la tercera franja, para salarios base superiores a 165.228 pesos al mes, se propone ajustes de 9,2% en los dos años.

A esto se agregan dos especies de correctivos: uno intermedio, al año de duración del acuerdo, y uno al final; estos eventualmente aplicarán solamente para los salarios de las dos primeras franjas. No se trata de correctivos propiamente, ya que al no haber un componente del ajuste salarial que se corresponda con la inflación, no hay una corrección. De lo que se trata, en realidad, es de un seguro que garantiza que al final del período el salario de las dos primeras franjas se ubique, al menos, en el mismo nivel de poder de compra que en el punto de partida.

El “correctivo” intermedio incorpora además algunas innovaciones: la variable a tener en cuenta no es la inflación medida a partir del IPC, sino la inflación subyacente, medida que elimina de la canasta con la que se releva el IPC los precios de las frutas y verduras, de los combustibles y el gas. Con estas eliminaciones se busca dar cuenta del crecimiento tendencial de los precios, una vez quitados los efectos más volátiles. Además de la incorporación de la inflación subyacente, el “correctivo” intermedio tiene la particularidad de que se comparan los ajustes del primer año con esta variable, aceptando un grado de tolerancia para hacer la corrección. El grado de tolerancia es de 0,5% para la primera franja y 1% para la segunda. El “correctivo” final, por su parte, compara los ajustes otorgados –incluida la posible corrección intermedia– con la inflación efectiva y oficia efectivamente como un seguro sobre el poder de compra de los salarios de las primeras dos franjas.

Difícilmente pueda considerarse agresiva la política salarial propuesta por el Ejecutivo para los salarios más bajos. Los porcentajes propuestos también son modestos si se los compara con el crecimiento esperado de la actividad económica.

Entonces, ¿cómo se puede leer o evaluar esta propuesta de lineamientos? Lo primero y evidente es la incertidumbre en relación con los resultados en materia salarial que proponen estos lineamientos. Si la inflación se ubica en el orden del 9,2% en los próximos dos años (a razón de 4,5% por año, la meta gubernamental), los salarios de la tercera franja permanecerán constantes en términos reales, los de la segunda franja aumentarán 1,9% su poder de compra y los de la primera franja crecerán 4,3%. Pero alcanzar estos porcentajes depende enteramente de lo que suceda con la inflación: si esta termina siendo menor al 4,5% anual, el crecimiento del salario real será mayor, mientras que si la inflación se termina ubicando por encima de la meta –un escenario mucho más probable que el anterior–, el crecimiento del salario real será menor.

Aunque es poco probable que la inflación retorne a los niveles que tenía hace algo más de dos años y se ubique en el entorno del 7% u 8% anual, no parece tan improbable que ascienda a 5%. De hecho, este es el nivel en el que las expectativas de los analistas privados relevados por el Banco Central –las que se han venido corrigiendo sistemáticamente a la baja– ubican actualmente la inflación en los próximos dos años en adelante. Por lo tanto, no es un escenario a desestimar que la inflación sea superior al objetivo del gobierno.

En relación con los porcentajes de crecimiento propuestos en caso de que la inflación se comporte en línea con la meta de 4,5% anual, estos también parecen modestos, tanto si se los compara con el crecimiento proyectado para la actividad económica como para asegurar porcentajes de aumento del poder de compra significativos para los niveles salariales más bajos.

En este sentido, el Poder Ejecutivo propuso que los mayores incrementos fueran dirigidos a atender la situación de los salarios más sumergidos, fijando ese monto en 38.950 pesos mensuales, que es donde se define la primera franja. Por un lado, cabe destacar que es positiva la consideración de un nivel de salario sumergido bastante superior al actual salario mínimo nacional y, por lo tanto, más abarcativo en cuanto a cantidad de trabajadores. Por otro lado, los incrementos salariales propuestos para estos salarios, incluso en el escenario de que la inflación cierre en 4,5% al año, son sumamente modestos. Con estos porcentajes de aumento, una trabajadora doméstica que hoy percibe el salario mínimo del sector debería esperar casi una década de ajustes para que su salario deje de estar sumergido. En el caso de los peones rurales, otro de los sectores que aglutinan bajos salarios, el trayecto puede ser algo más largo o un poco más corto, dependiendo del sector en que se desempeñe. Lo mismo sucede para todo trabajador cuyo salario se ubique cercano al mínimo nacional. Es decir, difícilmente pueda considerarse agresiva la política salarial propuesta para los salarios más bajos.

Los porcentajes propuestos también son modestos si se los compara con el crecimiento esperado de la actividad económica. Para los próximos dos años se espera que la economía incremente su producto bruto en 4,55% (2,5% durante 2025 y 2% en 2026), de modo que, siguiendo la propuesta del Ejecutivo, el incremento de los salarios más sumergidos no acompañará la expansión de la actividad y, en promedio, el salario real crecerá bastante menos.

Lo anterior no implica desconocer que existen sectores, y particularmente empresas, para los que una propuesta de mayores ajustes puede resultar muy exigente, en la medida en que sus proyecciones de crecimiento se ubican por debajo de estos porcentajes, y por tanto se podrían generar efectos indeseados sobre el empleo o la formalización. Pero no debería ser la política salarial la que asuma enteramente los costos de estas problemáticas, a las que se debe abordar con otras aristas de políticas, ya que ni siquiera es sostenible abordarlo por esta vía.

Como aspecto destacable de los lineamientos se ha señalado que estos apuntan al crecimiento del salario real, a diferencia de las propuestas presentadas durante la administración anterior, incluso en los años de expansión económica pospandemia. Aunque esta afirmación es cierta, parece poco para destacar de una política salarial de un gobierno que apunta a mejorar la distribución del ingreso y reducir los niveles de pobreza. Por lo pronto, la política salarial no parece ser el instrumento elegido para avanzar en este sentido. Las medidas que se adopten en adelante para incidir sobre el mercado de trabajo –las políticas de capacitación y reconversión laboral en una mirada prospectiva, los programas de empleo subsidiados o financiados por el Estado y las políticas de formalización, entre otras– darán mayores pistas de las intervenciones y el rol que esta administración de gobierno asigna al mercado laboral como factor de reducción de la pobreza y la desigualdad.

Alejandra Picco es economista y coordinadora técnica del Instituto Cuesta Duarte del PIT-CNT.


  1. Los valores líquidos son aproximados, ya que dependen de los aportes; dependen, por ejemplo, de la composición del hogar del trabajador o trabajadora. 

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