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Ilustración: Federico Murro

El periodismo, fauna bajo amenaza

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El sábado 10 de diciembre, el suplemento Qué Pasa del diario El País publicó una nota del periodista Sebastián Cabrera sobre Richard Tesore, de la organización no gubernamental SOS Rescate Fauna Marina, conocido por su trabajo de 35 años en Punta Colorada y, últimamente, por sus acciones desde que una elefanta marina parió en las costas de Piriápolis. Diez días después, a Cabrera lo llamaron desde la seccional policial 11ª de Piriápolis para comunicarle que debía declarar allí porque, a raíz de aquella nota, se había presentado una denuncia contra él por difamación.

Esto es de por sí llamativo, ya que la nota recogió una amplia diversidad de datos probados y de opiniones, favorables y desfavorables, sobre las actividades de Tesore, quien fue consultado, defendió lo que hace, respondió a las críticas y aportó su versión sobre los hechos que se invocan para cuestionarlo. Pero el tema no es sólo la denuncia, sino también las actuaciones que la siguieron.

Otra de la LUC

La preocupación central de Cabrera fue la intervención policial, muy infrecuente porque este tipo de denuncias –como muchas otras– suelen ser tramitadas desde el comienzo por la Fiscalía, pero además preguntó por qué lo citaban en Piriápolis por una publicación en Montevideo. El agente que lo había llamado le dijo que iba a intentar que pudiera declarar en la capital, y el 29 de diciembre se presentaron en la sede de El País dos agentes para convocarlo a la seccional 2ª montevideana, donde fue interrogado durante cerca de una hora. Todo esto se publicó el sábado pasado en Qué Pasa.

En la edición del lunes de la diaria dimos a conocer la noticia y comentarios sobre el procedimiento policial, amparado en la redacción que la ley de urgente consideración de 2020 le dio al artículo 61 del Código del Proceso Penal (CPP). Allí dice que la Policía “podrá interrogar autónomamente al indagado informándole previamente de sus derechos, a los efectos de constatar su identidad y para realizar averiguaciones, investigar, obtener evidencias y aclarar el presunto delito”, antes de ponerlo a disposición de la Fiscalía para que declare. Antes sólo podía constatar su identidad y, con autorización expresa del fiscal, registrar lo que voluntariamente quisiera decir.

Las personas consultadas por El País y la diaria coincidieron en señalar que, aunque el CPP habilite en forma genérica los interrogatorios preliminares, las normas internacionales y las uruguayas establecen que las denuncias de difamación contra periodistas sólo corresponden cuando se presume la clara intención de causar un perjuicio (“real malicia”). Aun en esos casos, según el Centro de Archivo y Acceso a la Información Pública, es indeseable que la Policía intervenga en forma autónoma, porque esto “puede generar un efecto inhibitorio” y prácticas de “autocensura”.

Alguien podría pensar que las opiniones antedichas y toda esta nota se publican en defensa del interés corporativo periodístico. Es importante comprender que no se trata de eso.

Un asunto de tu interés

Ahora que se le llama “ecosistema” a cualquier cosa, podríamos usar esta categoría para el sistema de producción y consumo de publicaciones. Estas últimas incluyen a las periodísticas que aplican criterios básicos de verificación, aporte de contexto y mesura; a las que se ponen a circular sin mala intención pero también sin aplicar esos criterios; y a las desinformaciones maliciosas (fake news), que apelan a lo emotivo y a los preconceptos para disimular la falsificación.

La gente recibe toda esa variedad de productos en sus celulares, y a menudo no sabe o no se preocupa por saber de qué tipo son. A pesar de que se dedican varias horas por día al consumo de lo publicado en redes sociales y otras plataformas, cada mensaje suele ser breve o por lo menos simple.

La nota de Cabrera que motivó la denuncia tiene unos 22.500 caracteres. La que se publicó para informar sobre la citación policial, casi 18.000. Para los tiempos que corren, son grandes extensiones; esta contratapa, que unas cuantas personas pueden considerar “larga”, tiene unos 5.000 caracteres. Resulta más fácil leer, escuchar o ver mensajes que transmitan juicios positivos o negativos sobre Tesore sin mucha fundamentación. También es más fácil (y mucho más dañino) producirlos.

Quienes tienen cualquier tipo de actuación pública desarrollan su propia “gestión de redes”, para beneficiar su imagen y desprestigiar a sus adversarios en contacto directo con la gente, sin la fastidiosa mediación de los medios. Los relatos que descalifican a todo el periodismo profesional le abren más espacio a la real malicia en internet, a menudo anónima e incluso generada y reproducida en forma automática y masiva.

Quienes nos dedicamos a la práctica profesional del periodismo tenemos derechos y deberes específicos porque es de interés social que hagamos bien nuestro trabajo, contribuyendo a que cualquier persona ejerza su derecho a recibir buena información, indispensable para la calidad ambiental de la democracia.

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