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El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Chediak, durante la conferencia que brindó en el Ateneo de Montevideo.

Foto: Javier Calvelo

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Presidente de la Suprema Corte de Justicia entiende que delitos de la dictadura ya no se podrían juzgar el 10 de noviembre de 2011.

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Para el presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Jorge Chediak, “cada juez analizará en su caso concreto qué decisión tomará” respecto a la tipificación de los delitos ocurridos durante la dictadura cívico-militar. Hasta ahora la mayoría han sido tipificados como “homicidios muy especialmente agravados”, lo que los hace prescriptibles a los 26 años y ocho meses de cometidos (ver también nota adjunta).

Si bien los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles, según Chediak, cuando se ratificó el tratado internacional que dispuso este extremo -mediante la ley 18.026, aprobada en 2006-, la SCJ se pronunció alegando que “corría a partir de 2006 para los crímenes que ocurran después de 2006”. Contando a partir del 1º de marzo de 1985, la fecha de prescripción sería el 1º de noviembre de 2011, por lo que todos los crímenes tipificados como tales pasarían a ser imposibles de juzgar en menos de un año.

Chediak hizo estas declaraciones en el marco de una exposición sobre la Ley de Caducidad que brindó a la comunidad libanesa en el marco de los 67 años de la independencia del Líbano. El presidente de la SCJ, que es nieto de libaneses, dio una extensa conferencia sobre la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad y se detuvo en la primera vez que la norma fue declarada inaplicable, es decir, en el caso de Nibia Sabalsagaray.

Según Chediak, “toda organización institucional que viole la separación de poderes será lo que sea pero no es una democracia”. De hecho, recordó que el principal argumento para declarar inconstitucional la norma fue, efectivamente, que su artículo cuarto violaba la separación de poderes, puesto que le encomendaba labores judiciales al Poder Ejecutivo.

Al ser consultado acerca de los pasos a seguir por los poderes, entre ellos el Legislativo, una vez que una norma es declarada inconstitucional, Chediak indicó que “pese a que la SCJ se pronuncia para cada caso concreto, subyace que ninguno de los poderes del gobierno puede tener interés en la existencia de normas inconstitucionales”. El magistrado también ratificó la postura de que los pronunciamientos populares sobre la Ley de Caducidad no impiden que la norma sea declarada inconstitucional.

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