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Bordaberry presentó proyecto para prohibir designación de familiares en la administración pública

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El caso de las designaciones de familiares del intendente Pablo Caram en cargos de confianza, en la comuna de Artigas, motivó una polémica sobre el tema desde hace días y, ayer, el senador colorado Pedro Bordaberry presentó un proyecto de ley que prohíbe la contratación o designación de familiares en toda la administración pública. El proyecto, de tres artículos, prohíbe designaciones de personas que tengan “algún tipo de parentesco, por consanguinidad o afinidad, tanto en línea recta, como en línea colateral, y hasta el cuarto grado, así como del cónyuge, concubino o pareja” de quienes ocupan cargos en el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, la Corte Electoral, el Tribunal de Cuentas, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, los entes autónomos, los servicios descentralizados, los gobiernos departamentales y las personas de derecho público no estatal.

El proyecto establece que quienes se encuentren en esta situación deben desvincularse antes del 30 de octubre de 2018, y plantea como excepciones para el ingreso de familiares que estos sean designados luego de un concurso público o cuando cuenten con una antigüedad de más de cinco años.

En la exposición de motivos, el senador admite que en Uruguay existe el decreto 30/003 sobre normas de conducta en la función pública, que prohíbe, en su artículo 25, las contrataciones a quienes tengan parentesco “dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad o por ser su cónyuge”, pero argumenta que “es pertinente ampliar las normas que regulan los deberes, prohibiciones e incompatibilidades en el ejercicio de la función pública como forma de lucha contra la figura de la ‘desviación de poder’, el nepotismo y la corrupción”. Además aclara que el proyecto propuesto abarca al “cónyuge, concubino, pareja, padre/ madre, suegro/suegra, hijo/hija, yerno/nuera, abuelo/ abuela, hermano/hermana, cuñado/cuñada, nieto/nieta, tío/tía, sobrino/sobrina y primo/prima”. No obstante, el artículo 26 del decreto 30/003 prohíbe a los funcionarios públicos “con competencia para gastar intervenir cuando estén ligados con la parte que contrata con el organismo a que pertenecen por razones de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o tercero de afinidad o por matrimonio”.

En el texto, Bordaberry recuerda normas de la Unión Europea para evitar “los conflictos potenciales y los aparentes”, y cita el decreto recientemente aprobado por el presidente argentino, Mauricio Macri, que prohíbe la contratación de familiares por parte de jerarcas de la administración pública. Bordaberry opinó ayer que en este tema “hay un vacío en la legislación”, y que se hace necesario “aclarar algo que parecería que no está claro”. Además, consideró que sería “un buen mensaje que todo el sistema político” apoye y apruebe el proyecto.

Algunos legisladores ya sumaron su apoyo. Vía Twitter, el senador nacionalista Javier García dijo que lo respaldaba y consideró que “sería bueno un rápido tratamiento parlamentario” del tema, mientras que el senador del Partido Independiente, Pablo Mieres, dijo que votaría “normas que mejoren control y transparencia de la gestión pública”.

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