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Junta Departamental de Montevideo, el 18 de diciembre de 2015, durante la sesión para votar el Fondo Capital. Foto: Pablo Vignali

Junta de Montevideo aprobó decreto sobre acoso sexual callejero, que no incluye sanciones ni multas

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La Junta Departamental de Montevideo aprobó en la sesión de ayer un decreto departamental para prevenir y abordar el acoso sexual en espacios públicos.

La normativa no prevé sanciones ni multas; identifica qué es el acoso sexual y cómo se expresa en espacios públicos, y además determina que el gobierno departamental debe reglamentar la normativa en un plazo de 120 días.

El decreto, según un comunicado de prensa del legislativo departamental, define como manifestaciones de acoso sexual en espacios públicos “actos, comentarios, miradas e insinuaciones de naturaleza sexual, de tipo verbal o gestual; roces corporales, tactos indebidos, masturbación, exhibicionismo; fotografías o grabaciones no consentidas; y persecución o seguimiento”.

En ese mismo comunicado se sostiene que según la encuesta Habitar Urbano, realizada en Montevideo y el área metropolitana, realizada por la Facultad de Cien-cias Sociales de la Universidad de la República, en el año 2018 84,5% de las mujeres que tienen entre 18 y 44 años vivieron acoso sexual en los espacios públicos al menos una vez en su vida, y el 90% de los agresores fueron hombres desconocidos. La encuesta reveló que es más frecuente el acoso hacia las más jóvenes y las de ascendencia afro.

Según la normativa, la Intendencia de Montevideo deberá “sensibilizar a la ciudadanía y a su funcionariado; realizar un plan de acción para la prevención y atención; incorporar vías para la denuncia; exhortar a las empresas contratantes de la IM en vía pública a que sensibilicen e informen a su personal sobre la problemática y la normativa; y generar un plan de capacitación y difusión de información sobre el tema y las vías de denuncia existentes, tanto para el personal del transporte como para el que trabaja en boliches, locales bailables y pubs, reconocidos como espacios privados de acceso público”.

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