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Durante la sesón para limitar el articulo 38 de la Constitución de la República, el 18 de diciembre, en la Cámara de Senadores del Palacio Legislativo.

Foto: Javier Calvelo, adhocFOTOS

Parlamento aprobó el proyecto del Ejecutivo que limita el derecho de reunión

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La oposición cuestionó la efectividad de las medidas para combatir la expansión de la pandemia.

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El Parlamento aprobó el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo (PE) que limita de forma transitoria el derecho de reunión pacífica y sin armas, consagrado en el artículo 38 de la Constitución de la República.

Este viernes, sobre las 19.15, la Cámara de Diputados comenzó la discusión sobre el proyecto. Los representantes reiteraron los argumentos que se habían dado más temprano en el Senado, donde la iniciativa se aprobó con los votos del oficialismo (lo votaron 18 de los 31 senadores).

El debate en Diputados lo inició el diputado blanco Rodrigo Goñi, quien dijo que las medidas planteadas no tienen como objetivos limitar derechos. “Nadie de buena fe puede adjudicar esta intención, lo que se busca con estas medidas es proteger el derecho a la salud y todos los demás derechos que están en juego”, señaló.

Uno de los legisladores más críticos del proyecto fue el comunista Gerardo Núñez, quien calificó el texto como “peligroso para la democracia” y “una herramienta represiva”. “Esas preocupaciones legítimas que tenemos no se pueden transformar en una excusa para atropellar libertades y derechos”, añadió.

Núñez dijo que es necesario garantizar a la población la posibilidad de quedarse en casa y no exponerla a los peligros que implica viajar en el transporte urbano sin distanciamiento; en ese sentido, pidió “poner los recursos que haya que poner” para aumentar las frecuencias.

Varios legisladores de la oposición señalaron que las medidas planteadas por el gobierno no están en línea con los argumentos manejados por el Grupo Asesor Científico Honorario, entre otras cosas porque los espacios públicos no han sido el ámbito en el que se han dado más contagios.

En ese sentido, señalaron que no se está regulando adecuadamente el cumplimiento de las medidas en el ámbito laboral, el principal lugar de contagio. Además, se apuntó a la falta de ámbitos de diálogo e información por parte del Poder Ejecutivo y la falta de tiempo para tratar el proyecto.

El oficialismo acusó al Frente Amplio (FA) de cambiar su posición, recordando que algunos defendieron la medida de una cuarentena obligatoria al inicio de la pandemia. En cuanto al proyecto alternativo presentado por la oposición, señalaron que el Ministerio de Salud Pública no tiene los recursos humanos necesarios para controlar las aglomeraciones.

En ese sentido, el colorado Ope Pasquet recordó que el cuerpo de inspección del Ministerio de Salud Pública tiene 13 personas y rechazó la idea de que sea necesario definir en número lo que significa una aglomeración.

El representante del Partido Independiente, Ivan Posada, hizo hincapié en que el sistema político perdió una oportunidad de enviar un mensaje a la ciudadanía, aprobando el proyecto por unanimidad y acusó al FA de presentar un proyecto alternativo “simplemente como una excusa para no votar el proyecto del Poder Ejecutivo”.

Por su parte, el legislador de Cabildo Abierto Eduardo Lust dijo que su partido buscará que en la reglamentación se agreguen excepciones al artículo 7, que impide el ingreso al país, para contemplar la dinámica de las ciudades de frontera.

Cesar Vega, del Partido Ecologista Radical Intransigente, llamó a no generar miedo para no afectar el sistema inmunológico de las personas y señaló que existen más casos positivos en la medida en que se testea más.

Las modificaciones del proyecto

En la discusión en el senado el proyecto sufrió modificaciones en los artículos 1, 3 y 7. En el primero se modificó el término “razones de interés general” por “razones de salud pública”, para especificar el motivo de la limitación del derecho constitucional y otras modificaciones de redacción sustituyendo un “etcétera” que estaba incluido tras la enumeración de los elementos de protección a utilizar por “otros elementos de similar naturaleza”. Mientras que el artículo 3 tuvo una modificación de redacción.

También se modificó el artículo 7, que establecía la posibilidad de prórroga a la prohibición de ingreso al país prevista hasta el 10 de enero, especificando que la prórroga será por “una única vez y hasta 60 días”.

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