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Luz Ángela Melo, representante de UNICEF Uruguay (archivo, diciembre de 2019).

Foto: Federico Gutiérrez

Para UNICEF, la ley de urgente consideración pone “en riesgo los avances del sistema penal adolescente”

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“El aumento de penas no disuade a los adolescentes de cometer delitos”, dice un documento de la organización.

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La representante de UNICEF Uruguay, Luz Ángela Melo, envió a los legisladores de todos los partidos una carta en la que explica por qué la organización se opone a los artículos de la ley de urgente consideración (LUC) que refieren a la justicia penal adolescente.

UNICEF dice que el proyecto de ley, que ingresa este jueves al Parlamento, contradice principios internacionales de derechos humanos, y en especial artículos de la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Uruguay el 28 de setiembre de 1990 mediante la Ley 16.137. La convención “establece la presunción de inocencia y de debido proceso legal, y la utilización de la privación de la libertad como medida de último recurso y por el menor tiempo posible” para los adolescentes.

Si se aprueba la LUC tal como está redactada, “afectaría los compromisos internacionales” y también “pondría en riesgo los avances del sistema penal adolescente” que se “han realizado para mejorar las medidas no privativas de la libertad”.

A modo de ejemplo, se señala que en junio de 2018 se puso en marcha el “Modelo nacional de penas no privativas de la libertad para adolescentes”, elaborado por UNICEF junto con el Poder Judicial, la Fiscalía General de la Nación, el Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU), el Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (INISA) y organizaciones sociales. Sobre el modelo, Melo señala que hubo avances y se constató que en agosto de 2016, del total de adolescentes sancionados penalmente, 67% se encontraban privados de libertad, mientras que 33% cumplía una sanción no privativa. En agosto de 2019 el porcentaje pasó a 46% privados de libertad frente a 54% con sanciones no privativas de la libertad. La organización asegura que las penas no privativas no sólo cumplen la función de sancionar, sino que además “son más eficientes para reducir la inseguridad, para asegurar el proceso de responsabilidad del adolescente para favorecer su inclusión social”.

Según el documento, la LUC no tiene en cuenta la disminución de la participación de adolescentes en los delitos, que pasó de 8,09% en 2013 a 4,46% en 2018, y tampoco tiene en consideración que bajó la cantidad de adolescentes privados de libertad: en 2014 había 1.007 y en 2019 llegaron a 503.

El borrador de la LUC incluye un aumento de la pena mínima a dos años y la máxima a diez años para los adolescentes que cometen delitos; elimina el régimen de semilibertad y ordena el mantenimiento de los antecedentes administrativos y judiciales para algunos delitos; modifica el accionar policial, habilitando una mayor autonomía en las detenciones, además del registro de las personas por medio del pedido de la cédula. Estos dos últimos puntos están pensados para la población en general.

El documento de UNICEF plantea que la adolescencia es una etapa especial en el desarrollo de una persona “y el período de afirmación de la identidad, caracterizada por un rápido desarrollo del cerebro. Una de las últimas áreas en madurar de forma completa es el lóbulo frontal, responsable de regular actividades tales como la toma de decisiones, la planificación, el juicio, la expresión de emociones y el control de los impulsos”, por lo que “las penas deben ser acordes, en duración, intensidad y contenido a la etapa de desarrollo en la que la persona se encuentra”.

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