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Puente ferroviario en el Río Negro, en Paso de los Toros. Archivo, mayo 2019.

Foto: Sandro Pereyra

Acuerdo de Escazú entró en vigor y obliga a los estados a garantizar justicia, transparencia y participación en asuntos ambientales

3 minutos de lectura
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Hay “una oportunidad para mejorar y ajustar la normativa nacional”, afirmó el director de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Ambiente.

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Sandra Liliana Peña fue una defensora de derechos humanos y gobernadora indígena de Colombia. El 20 de abril, cuatro hombres la sacaron violentamente de su casa y minutos después fue asesinada. No fue un caso aislado; según el último informe de Front Line Defenders, organización que busca proteger a defensores de los derechos humanos, en 2020 asesinaron al menos a 331 líderes en el mundo. 69% trabajaba en la protección del medioambiente, de la tierra y de los pueblos indígenas.

Dos días más tarde del homicidio de Peña, entró en vigor el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, conocido como Acuerdo de Escazú. Fue promovido por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) y firmado por 24 de los 33 países de la región. Uruguay estuvo entre los primeros en ratificarlo, a finales de 2019.

Acceso a la información, a la Justicia y a la participación pública en la toma de decisiones en asuntos ambientales son los principales postulados. También es el primer acuerdo en consagrar la protección de los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales. “No es posible preservar el ambiente sin proteger a quienes lo defienden. Este acuerdo también es por ellas y ellos; nadie más debe ser amenazado, atacado o asesinado por defender el ambiente en nuestra región”, declaró Alicia Bárcena, secretaria Ejecutiva de la Cepal, en un video institucional.

El Acuerdo de Escazú, según indica su texto, busca garantizar un “entorno propicio para el trabajo de las personas, asociaciones, organizaciones o grupos que promuevan la protección del medioambiente, proporcionándoles reconocimiento y protección”. Además, los estados firmantes se comprometen a proporcionar al público información ambiental de forma clara, oportuna y comprensible para “hacer efectivo su derecho a participar en el proceso de la toma de decisiones”.

Uruguay en la región

Marcelo Cousillas es director de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Ambiente y participó en el grupo jurídico que redactó el Acuerdo de Escazú. Entiende que su entrada en vigor es “una oportunidad para mejorar y ajustar la normativa nacional”, pero que el principal cometido es que “la región avance en estos temas” para que los otros países “tengan las mismas condiciones ambientales que hay en Uruguay”.

“Evidentemente en el tema de acceso a la información hay cosas por hacer. Una de las dificultades está en combinar que los técnicos tengan la disponibilidad y el acceso a esos datos, pero, por otro lado, es cierto que hay que intentar hacerlos accesibles al público en general”, declaró Cousillas a la diaria. Remarcó que el ministerio es “uno de los organismos que reciben más pedidos de acceso” y que al mismo tiempo tiene “un muy alto nivel de cumplimiento”.

Sobre la participación pública en la toma de decisiones remarcó que “es un tema que siempre hay que trabajar, para que la participación sea realmente útil, incluso para nosotros mismos, para tener más información de parte de la gente”.

Con respecto al acceso a la Justicia en temáticas ambientales, Cousillas entiende que hay “muy pocas sentencias” judiciales en esta materia. “El organismo ambiental muchas veces termina operando como fusible y no se logra llegar al contaminador real”, manifestó y agregó que, “si se lograran procesos en los que el causante ambiental fuera el demandado, el organismo ambiental podría ser hasta un socio del demandante: estaría del lado del demandante y no del lado del demandado”. A su vez, resaltó la necesidad de que los operadores del sistema de Justicia tengan “un mayor conocimiento de los temas ambientales, una mayor capacitación en derecho ambiental”.

Alberto Villarreal, integrante de Redes-Amigos de la Tierra Uruguay, indicó que el acuerdo les parece “un paso importante” pero que “ahora falta ver que se cumpla”. Planteó que, desde la organización, basada en una perspectiva de la ecología social, han visto limitaciones en los tres puntos centrales del acuerdo.

“Nuestro principal reclamo es determinar qué se entiende por información ambiental: no sólo se trata de información sobre el estado del medioambiente, sino sobre cualquier temática que implique riesgos para el medioambiente o la salud de la población”, dijo Villarreal. En este sentido, entiende necesario que no sólo se haga pública “la información sobre el estado del agua, de la biodiversidad, que también es información importante y central”, sino que debe sumarse “información sobre cualquier acuerdo, contrato internacional o de inversión que pueda implicar riesgos”. Subrayó los casos de la empresa finlandesa UPM y de la multinacional belga Katoen Natie. Para el integrante de la organización, es central la participación pública en la toma de decisiones en este tipo de contratos.

Un paso más

Uruguay cuenta con la Ley 18.381 sobre el derecho al acceso a la información pública. El Acuerdo de Escazú va un paso más adelante y refiere específicamente al acceso a información “escrita, visual, sonora, electrónica o [en] cualquier otro formato” relativa al medioambiente y a los recursos naturales.

Cualquier persona física o jurídica que esté sujeta a la jurisdicción del Estado puede hacer la solicitud, sin justificar razones. La entrega debería no tener costo, y si fuese necesario el envío o la reproducción, se le debe informar al solicitante el precio con anterioridad. La autoridad encargada de la entrega tendría un plazo máximo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción, que podrían extenderse un máximo de diez días. En caso de negación, los motivos deben estar “establecidos legalmente con anterioridad y estar claramente definidos y reglamentados, tomando en cuenta el interés público”, según indica el acuerdo.

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