El representante regional para América del Sur de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Jan Jarab, y la directora de la Oficina Regional de Ciencias de la Unesco para América Latina y el Caribe, Lidia Brito, enviaron una carta a los senadores del Parlamento uruguayo en la que cuestionan la modificación de la ley de acceso a la información pública prevista en el proyecto de ley de Rendición de Cuentas que está a estudio de la cámara alta.
El cambio previsto establece que no se podrá solicitar información que ya esté pública en las páginas de los organismos obligados. Se añade que dicha información tendrá que publicarse al menos una vez al año, y que las personas sólo podrán reclamarla en caso de que se haya incumplido el plazo mencionado.
Naciones Unidas advierte a Uruguay, en la misiva a la que accedió la diaria, que esta modificación “podría resultar problemática desde la perspectiva de los estándares internacionales en derechos humanos”. “Al incluir nuevos requisitos para que la acción de acceso a la información pública sea procedente, la modificación propuesta por el proyecto estaría limitando el derecho. Resaltamos, particularmente, las implicancias que puede presentar para los grupos más vulnerables, como las personas con discapacidad que ya cuentan con limitantes estructurales a la hora de efectivizar su derecho de acceso a la información pública”, alerta.
El organismo sostiene que la norma propuesta es “regresiva” y le recuerda al Estado uruguayo que “la obligación de no regresividad constituye una limitación que los tratados de Derechos Humanos pertinentes imponen sobre los Poderes Legislativo y Ejecutivo”. Recuerda que la vigente ley de acceso a la información “le ha valido a Uruguay ser reconocido internacionalmente como un país que rinde cuentas y tiene una política de transparencia pública destacable”.
Esta no es la primera observación que reciben los legisladores sobre este tema. La abogada experta en acceso a la información pública Tania da Rosa envió un informe técnico cuando el proyecto de Rendición de Cuentas se estaba discutiendo en Diputados, con similares señalamientos. Da Rosa sostuvo que la modificación propuesta “resulta regresiva e innecesaria” y “podría perjudicar particularmente a las personas más desaventajadas de la sociedad, que suelen ser quienes cuentan con mayores obstáculos para el acceso y dominio de la tecnología”, así como a las personas en situación de discapacidad.
“Hoy, por ejemplo, si quien solicita una información es una persona en situación de discapacidad visual y la información no se encuentra publicada de manera comunicacionalmente accesible en el sitio web, vía la solicitud de acceso a la información la persona solicitante puede requerir que se le proporcione de manera que pueda resultar efectivamente accesible. Al limitar el ejercicio del procedimiento regulado por el artículo 13 de la Ley 18.381, se limita entonces el mecanismo que hoy tienen las personas en situación de discapacidad visual para el ejercicio del derecho en condiciones de igualdad”, sostuvo en el escrito entregado a los legisladores.