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Archivo, diciembre de 2023

Foto: Camilo dos Santos

Lacalle Pou firmó un decreto reglamentario que contempla pedidos de Spotify y la plataforma no se irá del país

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“Podemos decir con mucha tranquilidad que Spotify va a seguir operando en Uruguay para beneficio de todos los que somos usuarios”, expresó Delgado; desde la plataforma agradecieron a Lacalle Pou “por reconocer el valor que Spotify proporciona a los artistas locales, compositores y fans”

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Leído por Andrés Alba.
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Tras varias negociaciones que transcurrieron en las últimas semanas, se llegó a un acuerdo entre el gobierno y la empresa para que Spotify se quede en Uruguay y siga brindando sus servicios en el país. En el decreto reglamentario que el presidente Luis Lacalle Pou firmó este martes se contemplan los pedidos de la multinacional sueca, por lo que se definió que esta empresa haga un único pago por la reproducción de música a los artistas.

El secretario de Presidencia, Álvaro Delgado, señaló en rueda de prensa que el decreto “armoniza la legislación vigente y la anterior”, por lo que hace una “interpretación evolutiva de las nuevas tecnologías que no estaban previstas en el año 37 [en referencia a la ley de derechos de autor] y armoniza además todos los intereses, y obviamente deja claro que no va a existir un doble pago por parte de las plataformas” como Spotify, Netflix, Google, Amazon Prime e Instagram, entre otras.

Delgado agregó que en lo que tiene que ver con la distribución de la remuneración vinculada a artistas y productoras, se creará una comisión en el Ministerio de Industria en la que participarán productores, artistas, la cartera y “todos los interesados en el tema”. “Me parece que está bueno escuchar a todas las partes, todos tienen algo para aportar”, agregó, y celebró: “Podemos decir con mucha tranquilidad que Spotify va a seguir operando en Uruguay para beneficio de todos los que somos usuarios”.

Desde Spotify, en tanto, indicaron que el decreto reglamentario es “una aclaración muy necesaria” sobre los recientes cambios en la ley de derechos de autor, “específicamente que los titulares de derechos son responsables de garantizar que los artistas sean remunerados de manera justa, en lugar de exigir que Spotify pague varias veces por el mismo contenido”.

En ese sentido, recordaron que Spotify ya paga aproximadamente el 70% de cada dólar “que genera de la música a los titulares de derechos”. “Esta aclaración permite que Spotify continúe disponible en Uruguay para que podamos seguir brindando a los artistas la oportunidad de vivir de su arte y a miles de millones de fans la oportunidad de disfrutar e inspirarse con su música. Agradecemos al presidente Lacalle Pou y a su equipo por reconocer el valor que Spotify proporciona a los artistas locales, compositores y fans”, establecieron.

Los artículos en cuestión

“Lamentablemente, Spotify comenzará a retirar gradualmente su servicio en Uruguay a partir del 1° de enero de 2024, y cesará completamente el servicio en febrero”. Ese fue el mensaje que la empresa envió a cada uno de los usuarios uruguayos de la plataforma para avisar al gobierno que daría ese paso por la aprobación de algunos artículos de la Rendición de Cuentas que entendía que la perjudicaban.

Los artículos en cuestión eran el 329 y el 330. El primero indicaba que en las redes sociales, si se reproduce una canción, el intérprete tiene derecho a cobrar una retribución. “El intérprete de una obra literaria o musical tiene el derecho de exigir una retribución por su interpretación difundida o retransmitida mediante la radiotelefonía, la televisión, internet o redes digitales de cualquier tipo, o bien grabada o impresa sobre disco, película, cinta, hilo o cualquier otra substancia, medio o cuerpo apto para la reproducción sonora o visual. No llegándose a un acuerdo se recurrirá al Tribunal Arbitral establecido en el artículo 58 de la presente ley”, señalaba el texto de la ley aprobada.

El otro artículo proponía que “los acuerdos que celebren autores, compositores, artistas intérpretes o ejecutantes, directores y guionistas respecto de su facultad de comunicación pública y de puesta a disposición al público de fonogramas y grabaciones audiovisuales” tienen el derecho a una justa y equitativa remuneración.

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