A través de una carta dirigida al presidente de la fuerza política, Fernando Pereira, militantes frenteamplistas radicados en el exterior y vinculados a la diáspora pidieron que se incorpore a las bases programáticas la necesidad de una legislación “que reglamente el cumplimiento y deber constitucional que contemple el derecho a la participación política de todos los ciudadanos a elegir y ser elegidos, desde cualquier lugar donde se encuentren residiendo”.
En la página 62 de la propuesta de bases programáticas, en el capítulo titulado “Un país que profundiza la democracia y construye ciudadanías” sí aparece una mención a la propuesta, donde se marca como una acción prioritaria “garantizar a todos los uruguayos y uruguayas, sin importar su lugar de residencia, el derecho al voto”.
Los firmantes entienden que es una “alusión vaga” y “el voto consular es “un aspecto esencial del programa histórico” entienden en la misiva, y muestran su sorpresa por “la ausencia de un capítulo referido a los uruguayos del exterior como sujetos de una de las líneas estratégicas de la política exterior del Frente Amplio (FA)”.
“A pesar de los logros verificables a través de los tres gobiernos frenteamplistas”, aún restan “tareas hoy ignoradas por el actual gobierno en funciones, que deberán ser retomadas por nuestro futuro gobierno progresista”, entre estas, está pendiente “la habilitación “para el ejercicio del derecho y obligación del voto”.
Esto deberá tenerse en cuenta, entienden, “como tarea programática prioritaria que está requiriendo la búsqueda de nuevas instancias de consensos y negociación con todas las fuerzas políticas para dar fin a este vacío”.
A continuación, los residentes en el exterior hacen una propuesta de incorporación al texto de las bases programáticas en el que se hace un recorrido histórico de los intentos de impulsar el voto en el exterior por parte de los distintos gobiernos, y se pide -además de legislar al respecto- “la rehabilitación de todos los electores suspendidos del padrón electoral, con su mera solicitud a la Corte Electoral, por vía de la autoridad consular correspondiente para el caso de los ciudadanos residentes en el exterior”.
Una de las firmantes es la jueza y exdirectora de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH), Mariana Mota, quien en diálogo con la diaria señaló que la preocupación surgió a raíz de la falta de un planteo específico sobre “la reivindicación del voto en el exterior”, tema “que ha estado planteado en otros programas y es una cosa que debería estar”.
Otra de las propuestas hechas en la misiva propone “derogar el artículo 9 de la Ley 17.690”, que, según Mota, “es un artículo inconstitucional” puesto que “establece una causal de suspensión de la ciudadanía en la medida que no puedas votar, que no hayas justificado el voto en dos elecciones consecutivas”. “Eso no está previsto dentro del artículo 80 de la Constitución como causal de suspensión”, por lo tanto, “si no está previsto, la ley no lo puede establecer porque tampoco la Constitución habilita que haya otras suspensiones”, indicó.
El asunto “tuvo su origen en que era una forma de depurar el padrón electoral” pero, para Mota, “esta no es una manera”. A su entender, lo ideal sería “permitir que luego voten observados por identidad; no necesitás sacarlos del padrón porque además volver a ingresarlos requiere un trámite complicado”, que implicaría viajar a Uruguay 45 días hábiles antes de la elección.
La otra pata de la propuesta, que implica reglamentar el voto en el exterior, se basa en que “ninguna normativa específica dentro de la Constitución impide el ejercicio del voto desde el exterior”, señaló Mota; en este sentido, “interpretarlo de la manera que se lo hace por parte de algunos sectores es interpretar de forma restrictiva un derecho humano”.
“Se están planteando como enfrentamientos entre partidos políticos: unos que pretenden o reclaman la consagración del derecho al ejercicio del voto en el exterior, otros que lo niegan, y en realidad esto no es un tema de partidos políticos, sino de derechos humanos”, sentenció la jurista, que aventuró que podría reglamentarse “a través de consulados, con un registro previo, un vínculo directo entre los consulados y la Corte Electoral para organizar todo lo que es la mecánica del voto”.
Si bien insistió en su sorpresa por la ausencia del tema en las bases programáticas, sí entendió que en otros tiempos “no había un consenso del FA respecto a esto”, así, “cuando se plebiscitó el voto epistolar ni siquiera tuvo los votos de los que luego votaron al FA”.
“No sé si esta gente que no votó la reforma constitucional fue porque no estaba de acuerdo con el derecho al voto o con esta modalidad, no sé cuál es la razón por la cual no está planteado expresamente, pero nos parecía que era un tema de orden”, más teniendo en cuenta que Uruguay es “el único país de América y de los pocos del mundo que no tiene consagrado el derecho al voto del exterior”.