La comisión bicameral creada a los efectos de tratar la elección del consejo directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) trató el jueves pasado el caso de la denuncia de acoso laboral que recae sobre la presidenta del directorio, Carmen Rodríguez. Todo surgió por un planteo formal de la responsable del Área de Salud Mental de la institución, Mónica Giordano. A partir de ahí, se inició un protocolo que concluyó el 13 de febrero, cuando el directorio emitió una resolución en la que dio cuenta de la existencia de conductas “activas y omisivas” por parte de Rodríguez.
La resolución determinó que las conductas de Rodríguez llevaban a “un ambiente hostil de trabajo y que afectaron el desempeño laboral de la denunciante”. El informe de estas actuaciones fue remitido al entonces novel Parlamento, que es quien tiene la potestad de tomar medidas sobre el directorio de la INDDHH. La presidencia de la Asamblea General, una vez conformadas las distintas comisiones, remitió el informe a la comisión bicameral creada a los efectos de tratar la elección del consejo directivo de la INDDHH.
Ante las dudas de sus potestades para el tratamiento de la denuncia, la comisión decidió solicitar informes jurídicos y postergar el abordaje del tema hasta que fueran resueltas las vacantes en el directorio de la INDDHH. El tema fue retomado el jueves pasado y se pusieron a consideración un informe de la Dirección Jurídica de la Comisión Administrativa del Poder Legislativo y otro del Instituto de Derechos Humanos de la Universidad de la República. También se le solicitó opinión al Instituto de Derecho Administrativo, que resolvió no expedirse, dado que se trata de “un asunto concreto en trámite”.
El informe de la Dirección Jurídica, al que accedió la diaria, establece que la potestad de la comisión bicameral, de acuerdo con el artículo 40 de la ley que creó la INDDHH, es la “elección de los miembros del Consejo Directivo”. En ese sentido, se asegura que “no tiene competencias luego para aplicar el derecho disciplinario”. Por tanto, y atendiendo a la necesidad del tratamiento del caso, “se sugiere” la conformación de una comisión especial para tratar la denuncia contra Rodríguez.
Por su parte, el informe del Instituto de Derechos Humanos, al que accedió la diaria, entiende que la comisión bicameral “podría” atender el caso teniendo en cuenta su “importancia” y al hecho de que este “puede traer aparejada” la necesidad de elección de un nuevo integrante para el directorio.
En ese marco, teniendo en cuenta el espíritu de la conformación de la comisión, se señala que si “se entendiera” que no tiene “competencia” para el tratamiento de la denuncia, la Asamblea General “podría perfectamente atribuirle esa función” de acuerdo con el artículo 106 de su reglamento y alineándose “con el principio de economía procesal”.
El análisis de los parlamentarios
Con los dos informes sobre la mesa, los legisladores de la comisión bicameral no lograron definir si solicitarle a la Asamblea General la creación de una comisión especial para el tratamiento de la denuncia contra Rodríguez o, por el contrario, pedirle que le atribuya a la comisión ya creada directamente la potestad para abordar el informe. Por fuera de estas dos opciones, apareció una tercera, vinculada con modificar la ley que creó la INDDHH. Esta última posibilidad fue planteada por la senadora nacionalista Graciela Bianchi.
Según consta en la versión taquigráfica, la legisladora blanca entiende que si la ley dice que no se tiene “competencia”, la Asamblea General no la puede “asignar”. “Después vienen las defensas y los ataques a las resoluciones del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y la verdad es que pasaríamos una vergüenza que yo no quiero pasar”, planteó.
Por su parte, el diputado nacionalista Juan Martín Rodríguez dijo a la diaria que es afín a que sea la Asamblea General la que dé paso al tratamiento del informe, ya sea en una nueva comisión o en la que está funcionando actualmente. En ese sentido, recordó que el plenario está citado para el 3 de setiembre en el marco de un homenaje, por lo que en esa fecha ya se podría hacer efectivo cualquiera de los dos planteos.
El representante marcó como única diferencia entre estas posibilidades los tiempos de inicio del tratamiento de la denuncia. Subrayó que en la comisión ya conformada el trabajo podría iniciarse de inmediato, en tanto en una nueva comisión especial se debería esperar el proceso administrativo que implica que el informe sea remitido desde la Presidencia de la Asamblea General, lo que podría demorar hasta una semana. En ese sentido, Rodríguez ya tiene lista una redacción para solicitarle a la Asamblea General que se le dé potestad para el tratamiento a la comisión existente.
Por su parte, el diputado frenteamplista Alejandro Zavala se mostró abierto a seguir estudiando posibilidades. Si bien destacó en diálogo con la diaria la importancia de que se empiece a la brevedad el tratamiento del caso, enfatizó que también está presente la “preocupación de ser cuidadosos desde lo formal para no dejar ningún resquicio que posibilite que sea impugnada la decisión que se tome”.
Siempre define la Asamblea General
Sea cual sea la definición que se tome, una comisión bicameral deberá analizar si se cumplen los criterios establecidos en el artículo 52 de la ley que creó la INDDHH para definir o no el pasaje del tema a la votación del Plenario de la Asamblea General. Si sucediera eso, la destitución de Rodríguez quedaría confirmada por un número de apoyos a la destitución igual o superior a los 120 votos que la apoyaron para que fuera directora en agosto de 2022.
La bancada de senadores nacionalistas ya recibió a Carmen Rodríguez para escuchar su descargo. Luego de ese ámbito, mostraron su respaldo hacia la directora de la institución y alegaron una posible “persecución política”. En ese sentido, debe tenerse en cuenta que sin el apoyo a la destitución por parte de al menos 28 de los 38 miembros blancos del legislativo, esta no podrá efectivizarse.