Ingresá

Foto: Alessandro Maradei

Proyecto de ley de la oposición propone bajar a la mitad el valor de la mayoría de las multas por exceso de velocidad

2 minutos de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago

Los diputados Sebastián Andújar, Conrado Rodríguez y Álvaro Perrone presentarán la iniciativa este miércoles, con la que buscan “un régimen más justo, transparente y coherente con los principios generales del derecho administrativo sancionador”.

Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

El valor de las multas por exceso de velocidad es un tema que desvela a varios legisladores de la oposición desde hace bastante tiempo. Finalmente, este miércoles a las 13.00, los diputados Sebastián Andújar (Partido Nacional), Conrado Rodríguez (Partido Colorado) y Álvaro Perrone (Cabildo Abierto) realizarán una conferencia de prensa en el Palacio Legislativo para presentar un proyecto de ley al respecto. La iniciativa, a la que accedió la diaria, tiene un único artículo, que modifica el artículo 26 bis de la Ley 19.824, que es el que establece “como tope máximo de multa por exceso de velocidad, por cruce de semáforos en forma no autorizada y por realizar adelantamientos en zonas prohibidas, en rutas nacionales, la suma de 10 UR (unidades reajustables)”. El valor actual de la UR es 1.851,83 pesos uruguayos.

Así las cosas, el proyecto deja establecidos directamente en la ley distintos valores graduales de las multas por exceso de velocidad, que hasta ahora están marcados por un acuerdo del Congreso de Intendentes. En el documento del Congreso de Intendentes se establecen cuatro valores de multas graduales a partir de que se excede el límite de velocidad. Actualmente, hasta 20 kilómetros por hora sobre el límite la multa es de 5 UR; entre 21 y 30 kilómetros, 8 UR; entre 31 y el doble de velocidad permitida menos un kilómetro, 12 UR; y el doble o más de velocidad, 15 UR.

El proyecto de los diputados de la oposición reduce a la mitad los primeros tres valores y baja a 12 UR el monto máximo. O sea, hasta 20 kilómetros por hora por encima de la velocidad máxima permitida, 2,5 UR; entre 21 y 30 kilómetros, 4 UR; entre 31 y hasta el doble menos un kilómetro, 6 UR, y el doble o más de la velocidad máxima permitida, 12 UR.

A su vez, el proyecto deja establecido en la ley otros montos: “Por cruce de semáforos en forma no autorizada y por realizar adelantamientos en zonas prohibidas en rutas nacionales, la suma [es] de 10 UR”. Además, “por conducir vehículos bajo los efectos del alcohol o bajo los efectos de drogas, o rehusarse en ambos casos a someterse a las espirometrías, exámenes o pruebas destinados a detectar dichos consumos, la suma [es] de 15 UR”.

Los motivos: “Un régimen más justo”

En la exposición de motivos del proyecto -que fue redactado principalmente por Andújar- se señala que “la experiencia práctica en la aplicación del régimen vigente ha evidenciado situaciones en las cuales la cuantía de las multas por exceso de velocidad no siempre guarda una adecuada relación con la entidad de la infracción, las circunstancias del hecho ni el grado de riesgo generado”. “Tal desproporción no solo puede generar efectos injustos en casos concretos, sino también debilitar la legitimidad del sistema sancionatorio y su aceptación social, elementos esenciales para su eficacia preventiva”, se agrega.

Además, se sostiene que, en los hechos, la experiencia acumulada en los últimos años “demuestra que la severidad de estas multas no ha logrado el objetivo esperado de reducir las infracciones de tránsito ni, por ende, la siniestralidad vial”. “Al contrario, los datos oficiales revelan un aumento sostenido en el número de siniestros, lesionados y fallecidos, tanto en jurisdicciones nacionales como departamentales”, se argumenta.

En la exposición de motivos se señala que la modificación propuesta “busca establecer un esquema más equilibrado, que mantenga el objetivo prioritario de desalentar conductas peligrosas, pero que al mismo tiempo contemple escalas sancionatorias más ajustadas a la gravedad del exceso de velocidad y a criterios objetivos de graduación”. “De esta manera, se promueve un régimen más justo, transparente y coherente con los principios generales del derecho administrativo sancionador”, se sostiene.

Por último, en el proyecto se subraya que, “por su alta peligrosidad y por el riesgo asociado a la preservación de la integridad física y la vida de las personas, se mantiene la severidad de las sanciones por conducir bajos los efectos del alcohol o las drogas”.

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura