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Foto: Ernesto Ryan

FA propone eliminar la “limitante” que existe para acceder a compensaciones por trabajo nocturno

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La bancada del oficialismo presentó un proyecto de ley para quitar de la normativa vigente el requisito de cinco horas consecutivas de labor entre las 22.00 y las 6.00.

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En febrero de 2015, en sus últimos días, el gobierno encabezado por José Mujica promulgó la Ley 19.313 sobre trabajo nocturno. Allí, en primer lugar, se estableció que el trabajo nocturno “supone un factor negativo para la salud de los trabajadores”. Bajo este fundamento, se dispuso el otorgamiento de “una sobretasa mínima de 20% para las distintas áreas de actividad o equivalente en reducción horaria en aquellos casos que no lo tengan comprendido en su salario específico”; no obstante, en la ley se precisó que se podrían acordar “porcentajes mayores” en el marco de la negociación colectiva.

La norma, todavía vigente, empezó a regir en julio de ese mismo año, ya en los primeros meses del segundo mandato de Tabaré Vázquez. Más de una década después, la bancada de diputados del Frente Amplio (FA) presentó un proyecto de ley para corregir lo que se define como una “limitante” de la Ley 19.313.

El artículo 4 de la ley establece que tanto la sobretasa mínima de 20% como la compensación horaria solo podrán otorgarse cuando “el trabajador desarrolle efectivamente las tareas en horario nocturno por más de cinco horas consecutivas por jornada de labor”. A tales efectos, la ley marca que el horario nocturno va desde las 22.00 a las 6.00 del día siguiente.

En la exposición de motivos del proyecto presentado por el FA se señala que dicha redacción “fue una fórmula transaccional que se utilizó en aquel momento para posibilitar la aprobación de la ley, pero que, como contrapartida, establece una limitante que bloquea la llave de paso para un conjunto muy amplio de trabajadores”.

En ese sentido, los legisladores del oficialismo afirman que, si bien la ley “constituyó un avance sustantivo”, desde entonces ha podido constatarse que, por no cumplirse el requisito de las cinco horas consecutivas, “un conjunto importante de trabajadores” quedan actualmente “excluidos del beneficio del cobro de la nocturnidad”.

Se apunta, además, que estos trabajadores “durante buena parte del año realizan la mayor parte de su actividad laboral en horas de la noche” y “deben retornar a sus hogares en horarios en los que hay menos disponibilidad de transporte público”.

A modo de solución, el FA propone modificar la redacción del artículo 4 de la Ley 19.313 para “eliminar esa limitante y que los trabajadores puedan acceder al pago de la compensación de forma prorrateada o proporcional a la cantidad de horas nocturnas que realizan”. Lo que se plantea, en definitiva, es que “si un trabajador realiza una, dos, tres o cuatro horas de trabajo nocturno, se le pague la compensación correspondiente a esas horas”.

“Una cuestión de justicia”

En la iniciativa, que en estos momentos está a estudio de la Comisión de Legislación del Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados, se hace énfasis en “la necesidad de establecer una diferenciación que beneficie a los trabajadores que desarrollan su labor en horas de la noche”, ya que estos están sujetos a un conjunto de condiciones que “afectan la salud, el bienestar psicofísico y emocional, el rendimiento laboral y la vida social, entre otros aspectos de la vida humana”.

Se sostiene que “en la esfera psíquica es cada vez más evidente que los trabajadores que se desempeñan en horario nocturno evidencian una mayor tendencia al malestar general, ansiedad y depresión”, y también se advierte sobre “las dificultades que existen para recuperar las horas de sueño”.

Por estas y otras razones, el FA afirma que el cambio propuesto a la normativa vigente significa “una cuestión de justicia”, al mismo tiempo que ayuda a la “no discriminación”, dado que los trabajadores actualmente excluidos por la condición de las cinco horas consecutivas se equipararán a los trabajadores que han logrado tener un mejor “nivel de protección” a través de convenios colectivos.

“Corregir las inequidades que existen en los diversos sectores del trabajo con relación a lo que implica para la vida de las personas que trabajan en horas nocturnas es un imperativo, y encuentra sustento en el Convenio 111 de la OIT [Organización Internacional del Trabajo], que prohíbe cualquier distinción, exclusión o preferencia que anule o altere la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo”, señala la bancada oficialista en la exposición de motivos.

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