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A regar, arriesgar...

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“Cuando el pozo se seque, sabremos el valor del agua”. Este viejo proverbio, que se dice es de origen escocés, habría hecho una de sus primeras apariciones en papel en 1746 en la popular publicación Almanaque del pobre Richard, seudónimo del polímata y padre fundador de Estados Unidos Benjamin Franklin. Casi tres siglos después, los avatares de la realidad política uruguaya nos llevan a rememorar el aforismo.

El 6 de julio se votó en el Senado un conjunto de modificaciones a la Ley 16.858, de Riego con Destino Agrario. Dicha ley, aprobada por el Parlamento en 1997, declaraba “de interés general el riego con destino agrario, sin perjuicio de los otros usos legítimos”. Las principales modificaciones propuestas por el Poder Ejecutivo por intermedio de su cartera de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) incluían: la autorización de corte de suministro a quienes incurran en incumplimiento de pago una vez levantada la cosecha; la eliminación de la especificación de los ministerios que deben autorizar las obras; la generación de un gravamen sobre los padrones que contraten el servicio de riego; permisos para conducir agua para riego por cauces naturales; habilitación para que los beneficios fiscales sean trasladados a los socios en proporción a su inversión, obligación a las sociedades y asociaciones de riego a pagar un canon una vez que el Poder Ejecutivo lo reglamente, y la ampliación del ámbito de aplicación a contratos de participación público-privada a obras hidráulicas para riego. Estas modificaciones han sido defendidas en el nombre de un “mayor desarrollo productivo” (1) y, comparándolas con la Ley Forestal, aprobada en el gobierno del ex presidente Luis Alberto Lacalle, se ha afirmado: “Será lo que fue la ley forestal para Uruguay en la década de 1990. Es una posibilidad de aumentar y de diversificar la producción, aumentar la productividad, capturar más valor y recibir inversiones nacionales y extranjeras”. (2)

De acuerdo: el país no puede dejar de crecer si quiere seguir repartiendo más (aunque, como dirían nuestras queridas maestras, puede y debe hacerlo mejor). Sin embargo, los beneficiarios directos de esta ley y estas modificaciones son emprendimientos de mediana y gran escala ubicables en el contexto de lo que se conoce como agronegocio. Los rubros en los que está probado el aumento de productividad y rentabilidad con la incorporación de riego son los cultivos de maíz, soja y trigo. Dichos rubros son llevados adelante, en su enorme mayoría, por empresas agrícolas que concentran la propiedad y el usufructo de la tierra. Según el propio MGAP, sólo 2,8% de los unidades productivas familiares registradas tienen como principal fuente de ingreso el cultivo de cereales y oleaginosas. (3) Más allá de lo que algunos estudiosos del desarrollo han llamado “la frustrante confusión de crecimiento con desarrollo”, las cifras antes expuestas ponen al menos en tela de juicio el papel de esta ley como factor de una posible (y, por cierto, deseada) diversificación productiva. A la incertidumbre que puede generar, en el contexto de un gobierno de izquierda, la promoción mediante iniciativas varias de una actividad que pareciera beneficiar a los menos en desmedro de los más, se suman interrogantes de profunda relevancia que conviene considerar. Repasemos entonces, de manera sucinta, algunas implicancias económicas, ambientales y sociales de este proceso que está finalizando”.

El agua es, como porfiadamente demuestra la realidad a quienes sólo preferirían verla como un derecho, un bien económico. Pero ¿usado por quién? De nuevo, cifras. Más de 80% del agua que se extrae en Uruguay ya se destina al riego en actividades agropecuarias, guarismo que supera con creces al promedio mundial (en torno a 70%). Del porcentaje restante, 10% es utilizado para consumo humano y 4%, en actividades industriales. (4) Una ley de riego más eficiente en su objetivo de captar inversiones públicas o privadas (nacionales o extranjeras) promoverá un aumento de la rentabilidad a empresas que ya concentran la propiedad de la tierra, además de la del usufructo del recurso. En un país que ya ha concentrado tanto la tenencia de la tierra, más concentración implicará incrementar los procesos de desigualdad que hoy se constatan en el medio rural, profundizando su inequidad y segmentación social.

El agua es, además, el bien fundamental sobre el que se desarrolla toda la vida tal como la conocemos. Para el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, pieza clave de la institucionalidad ambiental, “la intensificación agropecuaria que puede aumentar la contaminación difusa y la demanda de agua si se vuelve rentable la incorporación de riego en sistemas en que no lo era” es nada menos que una amenaza. ¿Qué es lo amenazado? Pues varios de los objetivos de gestión de un Plan Nacional de Aguas, todavía no convertido en ley, pero refrendado y enriquecido por la participación de cientos de personas y organizaciones mediante los canales previstos por la Política Nacional de Aguas (es decir, comisiones de Cuenca), por la academia en expresiones públicas de investigadores de varias facultades y centros regionales de la Universidad de la República, y por un conjunto de ciudadanos por medio de la iniciativa Deci Agua. (5) La referencia, en el proyecto aprobado, a un caudal ecológico pretende saldar la discusión en relación con los temas ambientales pero ignora que, desde la academia, ya se ha alertado que “este valor debe definirse para cada sistema o subsistema, incluyendo su variación temporal” y que “a pesar de ciertos avances, Uruguay no habría definido aún la forma de calcular dichos valores”. (6)

Y, finalmente, ya que nos hemos referido a ciudadanos deliberando sobre el agua, digamos pues que el tema de la participación pública en su gestión se plantea como otro frente problemático. Nada dicen la ley original ni estas modificaciones aprobadas acerca de incluir a los ciudadanos en la discusión sobre la conveniencia o no de llevar adelante ciertas obras hidráulicas con destino a riego agropecuario. En el tintero queda esta discusión sobre el necesario control democrático y social de un proyecto que busca promover iniciativas que podrían ser bienvenidas por sus promesas productivas pero que prenden varias luces de tono amarillo por sus igualmente esperables consecuencias socioambientales.

Detrás de nosotros queda la oportunidad de revisar estos aspectos antes de proceder a aprobar las modificaciones, especialmente, en lo que refiere a honrar el espíritu de la reforma constitucional de 2004 y priorizar el uso humano del agua y la participación social en la planificación, gestión y control de los recursos hídricos. Un tratamiento de esta ley en el marco de la aprobación de la ley que sancionará el Plan Nacional de Aguas como la política pública integral de gestión hubiese sentado un precedente y enviado un mensaje a quienes hacen negocios en Uruguay sobre cómo piensa la fuerza política en el gobierno las relaciones entre conservación y producción. El desafío más importante, empero, es para esa misma fuerza política, y queda por delante. Allí deben empezar a procesarse discusiones fundamentales para el futuro del país. ¿Seguiremos apostando a un modelo que confunda, a pesar de la creciente frustración que pueda causarnos, crecimiento económico con desarrollo? ¿Esperaremos a que el pozo se seque para darle verdadero valor al agua?

Andrés Carvajales, biólogo Círculo Verde Casa Grande, Frente Amplio

(1). Ver “Casa Grande propondrá que Ley de Riego se trate en la Comisión de Medio Ambiente” en la diaria del 22/02/2017.

(2). Portal de Presidencia, con fecha 06/07/2017: www.presidencia.gub.uy/comunicacion/comunicacionnoticias/aguerre-ley-riego.

(3). “Agricultura familiar en Uruguay: Estado de situación de la producción familiar agropecuaria y los agricultores familiares en base al CGA y el RPFA”. Sganga y colaboradores, 2014. Dirección General de Desarrollo Rural, MGAP.

(4). Propuesta de Plan Nacional de Aguas, 2016. Dirección Nacional de Aguas, MVOTMA.

(5). Deliberación Ciudadana sobre el Agua fue un proyecto interdisciplinario de la Universidad de la República para evaluar, con base en el trabajo de un panel ciudadano asesorado por un grupo de expertos, la propuesta de Plan Nacional de Aguas. Más información en deciagua.uy.

(6). Las apreciaciones anteriores, parte de una nota de la Sección Limnología de la Facultad de Ciencias a la opinión pública, son coherentes con el estado experimental de las iniciativas piloto de medición de caudales realizadas en el arroyo Maldonado, en donde además se reconocen varias estrategias de creciente complejidad que dificultan ver a esta herramienta como una garantía de sostenibilidad. Más información en http://unesdoc.unesco.org/images/0022/002277/227701S.pdf.

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