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Seguimiento, acompañamiento y desvinculación según el reglamento de evaluación para séptimo, octavo y noveno grado

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Preguntas surgentes, parte dos.

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Como ya fue planteado en una primera columna sobre el tema, el Reglamento de Evaluación del Estudiante (REDE) del Plan de Educación Básica Integrada aprobado por el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública contiene políticas de procedimiento referidas al seguimiento y evaluación de estudiantes. En el caso de séptimo, octavo y noveno grado -hasta el año pasado correspondientes a primero, segundo y tercero del Ciclo Básico-, el reglamento refiere a estudiantes con unidades curriculares en proceso, a la asignación de responsabilidad del seguimiento de estudiantes en la dirección liceal, a los fallos que se realizarán en las reuniones con base en los grados de avance y la definición del cumplimiento del Acompañamiento Pedagógico Específico (APE).

En cuanto a los fallos que se realizan en diciembre en cada centro educativo, se establece: a) la acreditación de la unidad curricular correspondiente (avance moderado, significativo o destacado); b) la continuidad del proceso mediante APE en aquellas unidades curriculares en los niveles de “avance escaso” y “avance mínimo”.

Para estudiantes que no alcancen los niveles de logro esperado, los APE se cumplirán durante un mínimo de dos semanas, de forma obligatoria. Al culminar, los estudiantes podrán acreditar la unidad curricular o continuar en el APE durante febrero. Al finalizar el APE de febrero, se definirá la acreditación total del grado, la acreditación parcial del grado (con hasta tres unidades curriculares sin acreditar), si con más de tres asignaturas sin aprobar el estudiante puede apelar a una acreditación diferida del grado -en el caso de séptimo- o si recursa -en el caso de octavo y noveno-. Si en séptimo grado se apela a una acreditación diferida, esta se logra con actividades planteadas durante el octavo grado en la unidad curricular correlativa. Para noveno grado, el estudiante queda habilitado a dar una prueba de acreditación que se realizará en los meses de marzo, julio y diciembre siguientes, que será elaborada por los docentes en el marco del espacio curricular al que pertenece la unidad, teniendo en cuenta lo trabajado por el docente del grado anterior.

Asimismo, ante la escasa o nula vinculación de los estudiantes con el centro educativo, se dispone la forma de actuación del Equipo de Referentes de Trayectorias Educativas, tanto con el estudiante como con sus representantes legales. Con respecto a la asistencia, se dispone que al finalizar los cursos aquellos estudiantes que hayan acumulado más de 30 inasistencias fictas en el grado y tengan hasta tres unidades curriculares con escaso o mínimo nivel de avance quedarán con un fallo de acreditación total o parcial. Cuando registre entre cuatro a seis unidades curriculares con escaso o mínimo nivel de avance, quedarán con un fallo de acreditación diferida a la evaluación de los APE hasta febrero. Si el estudiante no asiste a todos los APE que le correspondiere, se emitirá el fallo de desvinculación, salvo imposibilidad de asistencia justificada ante la dirección.

Sabemos que resulta árido leer la reglamentación de los pasajes de grado y por ello evitamos citar el articulado textualmente, aunque su conocimiento es clave para la eventual empoderación y cumplimiento. Respecto del articulado, en primer lugar, corresponde decir que se denotan cambios de denominaciones para procedimientos que se cumplen desde hace décadas en relación al seguimiento, acompañamiento y desvinculación estudiantil. En segundo, la lectura abre un espacio para interrogantes, tales como:

  1. ¿Se han diseñado las tablas de equivalencia entre asignaturas a fin de que los colectivos puedan analizar concretamente en cuáles unidades (docentes) recaerán los acompañamientos? ¿Cómo se procederá a fin de que se cumplan los acompañamientos, cuando no exista equivalencia?

  2. ¿Dentro de cuáles tiempos/espacios se cumplirán las actividades planteadas a los efectos de la acreditación, durante octavo y noveno, en la unidad curricular correlativa?

  3. Cuando ocurra que un estudiante deba recursar, a partir de cuatro unidades curriculares en proceso, ¿recursará todas las unidades curriculares del grado o sólo aquellas en las que no haya obtenido la aprobación? ¿En qué cambia el actual cuidado de la trayectoria?

  4. ¿Habrá grupos exclusivos de recursantes? ¿Se recursa en el mismo centro educativo preceptivamente? ¿Se puede pedir pase? ¿Cambiarán los docentes con quienes recursar si se permanece en el centro para los casos en que no está predeterminada la elección de horas docentes por tres años?

  5. ¿Existe presupuesto para los nuevos grupos de recursantes? En tal caso, ¿se ha dispuesto la forma de ofrecimiento de las horas a docentes o será designación directa bajo cuál proceso? Si no existen grupos de recursantes, ¿cómo evitaremos la sobrepoblación de grupos?

  6. ¿En algún momento del año el estudiante terminará de recursar pendientes de octavo y pasará a noveno o debe culminar el año lectivo recursando octavo? En tal caso, ¿no es una repetición del curso con otra denominación?

  7. Los exámenes tienen fecha prevista para la EBI, entonces, ¿el examen está eliminado como forma de evaluación?

  8. Si un estudiante acumula 31 o más inasistencias fictas y no asiste a los acompañamientos, el REDE dispone que será “desvinculado”, entonces, ¿este fallo no es equivalente a una repetición por faltas?

  9. ¿Contamos en todo el territorio nacional con Equipos de Referentes de Trayectorias Educativas? En el caso de las instituciones privadas, ¿estos tendrán injerencia?

  10. Respecto de la figura de “80 mentores que trabajarán con los centros educativos para acompañar los procesos de implementación y responder ante necesidades que surjan”, ¿resultan suficientes para atender más de 300 liceos en el país, a fin de estar a disposición de todas las familias que requieran apoyos?

  11. ¿Qué figuras de seguimiento y revinculación dentro del centro estarán a cargo con real tiempo para ello?

  12. ¿Con cuáles medios de transporte se visitarán los hogares? ¿Quiénes trabajarán dentro de los hogares para lograr la revinculación?

  13. ¿Quiénes llevarán adelante el seguimiento de los estudiantes que deberán inscribirse nuevamente porque han sido desvinculados? ¿Qué pasará con su trayectoria educativa si no lo hacen? ¿Qué apoyos y recursos se han conveniado para evitar la desvinculación?

  14. ¿Qué tienen que opinar las instituciones (centros y familias) respecto de la desvinculación? ¿Qué dice la sociedad civil y cómo se la involucra? ¿Quiénes están contestes para evitar la desvinculación a fin de que se concrete la vida digna en cada medio con resguardo de derechos a partir de relaciones de reciprocidad/solidaridad?

En la misma línea del planteo de Lucía Martínez Gomensoro, la búsqueda de la transformación no cuenta con anclajes favorables en gran parte de quienes los concretarán, lo que afecta negativamente su concreción. A ello se agregan las falencias citadas en los aspectos técnicos, algo que da lugar a serios obstáculos que la cuestionan.

Siguiendo a Josep Rota1, concordamos en que la ausencia de la voz del implicado desperdicia la energía potencial puesta al servicio de la solución de los problemas que lo afectan. En tal sentido, y sin que nada sustituya a la escucha y consulta, entendemos que los procedimientos podrían ser acompañados del desarrollo de un observatorio conformado por distintos actores del sistema educativo, para llevar adelante una comunicación de ida y vuelta destinada a escuchar cómo se vive el impacto de la reforma. Algunos tópicos sobre los que se podría intercambiar con los destinatarios de la política de procedimiento son: el porqué de la asistencia irregular; las dificultades para contar con tiempo de estudio en los hogares; las condiciones materiales que inhiben de trabajar en grupos por fuera del horario liceal; las dificultades para obtener adecuada alimentación, ropa, útiles, medios de transporte; y un largo etcétera. Con este ida y vuelta, y si se contara con los recursos necesarios para definir y concretar acciones para encararlos, se podría actuar en tiempo real ante las pequeñas desvinculaciones y desmotivaciones diarias, al tiempo que estar en contacto directo con el parecer ciudadano y sus realidades.

La creación de un observatorio de seguimiento y acompañamiento debería venir de la mano de medidas con enfoque multi-institucional, en sintonía con coordinaciones y ejecuciones de diversas políticas públicas puestas al servicio de los actos educativos.

Estamos pisando marzo y, citando a Serrat, “todo está listo, el agua, el sol y el barro, pero si falta usted, no habrá milagro”. Además de manifestar la inquietud por el efecto de la ausencia de los destinatarios en la construcción del REDE, mantengo el anhelo por el surgimiento de las respuestas a las preguntas que del texto emanan, reivindicando el derecho a la educación para todos y todas, durante toda la vida, como basamento de todas las políticas de procedimiento.

Reyna Torres es docente jubilada.


  1. Rota, J. (1996). Comunicación, gobierno y ciudadanía._ Revista del CLAD: reforma y democracia_, 5. Disponible en http://old.clad.org/portal/publicaciones-delclad/revista-clad-reforma-democracia/articulos/005-enero-1996/0026801.pdf [consultado: 14 septiembre 2016]. 

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