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Ilustración: Ramiro Alonso.

El Tribunal de Apelaciones dispuso arresto domiciliario y colocación de tobillera para el vicario de la Catedral de Minas imputado por abuso sexual a menores

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La Fiscalía había apelado la decisión de la jueza que no concedió la prisión preventiva.

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El Tribunal de Apelaciones de 1° turno confirmó la formalización sin prisión preventiva del vicario de la Catedral de Minas imputado por abuso sexual a menores, pero dispuso como medida cautelar arresto domiciliario y colocación de tobillera. Además, el tribunal definió que el imputado fije domicilio en Montevideo y estableció la prohibición de comunicación con las víctimas, sus hermanos y su madre.

En la audiencia de formalización, la fiscal letrada de Lavalleja de 1er turno, Tania Vidal, pidió prisión preventiva para el vicario, de iniciales GEMG, al considerar que podría entorpecer la investigación y que su libertad significaba un riesgo para las víctimas.

Sin embargo, la jueza penal de 4º turno, Lucía Granucci, rechazó esa posición y dispuso que el imputado esperara el juicio en libertad, decisión que fue apelada por Vidal.

En la sentencia, a la que accedió la diaria, el tribunal integrado por Graciela Gatti, Sergio Torres y Alberto Reyes señaló que la prisión preventiva de un imputado es una medida “excepcional” y consideró que el eventual entorpecimiento de la investigación “bien puede proporcionalmente neutralizarse con el arresto domiciliario total en lugar lejano al sitio de residencia de las víctimas”.

Además, señaló que la situación de vulnerabilidad de las víctimas perdura “habida cuenta que las víctimas no cuentan con la protección de su madre, quien aparece marcadamente volcada a favorecer los intereses del imputado”, punto que está siendo investigado por la fiscalía.

La denuncia fue presentada por uno de los hermanos de las víctimas en setiembre de 2019, tras enterarse de los abusos que había sufrido desde 2014 o incluso desde antes. Según la investigación de la fiscalía, el vicario llevaba 16 años de amistad con la madre de las víctimas y utilizó el “poder que ostentaba en virtud de oficiar como referente religioso de la familia”.

La causa cuenta con el testimonio de las dos víctimas. Uno de los testimonios fue entregado a un médico y una psiquiatra, luego de que la víctima fuera ingresada en un centro asistencial por pensamientos suicidas. La otra víctima fue sometida a una pericia psicológica y psiquiátrica, en la que se constató un relato consistente.

La evaluación del imputado realizada por el Instituto Técnico Forense consideró que pone en “evidencia capacidad de querer y entender sus actos y consecuencias”, con un “gran sentido de autoconfianza y autoimportancia, tendiendo a satisfacer sus necesidades personales”.

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