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Cárcel de Santiago Vázquez (archivo, julio de 2020).

Foto: Javier Calvelo, adhocFOTOS

71% de las muertes en cárceles en 2020 fue por causas violentas

3 minutos de lectura
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Según un estudio realizado por la Facultad de Medicina de la Udelar, en 10% de los casos encontraron “posible negligencia institucional o asistencial”

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Leído por Andrés Alba.
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El martes se presentó en la sala Maggiolo de la Universidad de la República (Udelar) el informe “Muerte bajo custodia en el sistema penitenciario, Uruguay 2020”, realizado por los investigadores del Departamento de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Facultad de Medicina de la Udelar Santiago Cartazzo, Analía Alves y Hugo Rodríguez Almada.

El informe, que se realizó en convenio con la Oficina del Comisionado Parlamentario para estudiar las muertes en el sistema penitenciario, estudió las muertes que ocurren en prisión o como resultado de acciones previas a la detención y las muertes ocurridas en un servicio de salud. Fueron excluidas las muertes ocurridas en prisión domiciliaria.

Según el estudio, en 2020 hubo 48 fallecimientos bajo custodia, 96% de los fallecidos fueron hombres y 4% mujeres, con un promedio de edad de 38 años. Del total de fallecimientos, 28 ocurrieron en Montevideo y 20 en el resto del país. 34% de las muertes ocurrió en el primer año de privación de libertad.

Durante la presentación, Cartazzo, médico residente del Departamento de Medicina Legal y Ciencias Forenses, explicó que cada caso fue analizado por una junta médica con tres profesionales y se contó con documentación como historias clínicas, certificados de defunción, informes criminalísticos, autopsias y fuentes de información sugeridas por el comisionado parlamentario. Se consideraron cuatro categorías para determinar la causa principal de las muertes: natural, violenta -incluye suicidios, accidentes y homicidios- indeterminada y muerte con sospecha de responsabilidad institucional.

De las 48 muertes, 71% fue por causas violentas y 10% corresponde a muerte natural. La mitad de las muertes por causas violentas fueron suicidios y la otra mitad homicidios, en su mayoría ocurridos en espacios comunes de los centros de reclusión por heridas de arma blanca. Todos los homicidios fueron perpetrados por otras personas privadas de libertad. En el caso de los suicidios en cárceles, la mayoría fueron ahorcamientos en la celda o en lugares comunes pero aislados.

Por su parte, Alves, profesora adjunta del Departamento de Medicina Legal y Ciencias Forenses, destacó las dificultades que tuvo el equipo para acceder a la información: “En la mayoría de las situaciones tuvimos acceso a todos los antecedentes administrativos en los centros de reclusión, pero no acceso fácil a las historias clínicas ni a los protocolos de autopsia”, señaló.

“Es necesario que todas las instituciones que participan en el ámbito de las personas privadas de libertad cooperen y colaboren entre ellas para evitar esa fragmentación del sistema”, agregó.

Alves dijo que por las características demográficas de Uruguay y la cantidad de personas privadas de libertad “es relativamente fácil poder estudiar cada una de esas muertes de forma particular y personalizada”, y lamentó haberse “chocado con el muro” de no tener las historias clínicas o tenerlas desactualizadas. Además, señaló las dificultades que tienen las personas privadas de libertad para acceder a una consulta médica oportuna y seguir con los tratamientos y controles indicados.

En 10% de los casos el estudio constató una “posible negligencia institucional o asistencial” que pudo haber incidido en la muerte. Entre los casos encontrados se mencionó un paciente asmático con internación previa en CTI que había solicitado prisión domiciliaria, el caso de un ahorcamiento de una persona que había incendiado su celda y fue trasladado, y aislado sin vigilancia, y una persona que fue encontrada muerta en su celda en una institución que no tenía guardia médica. También señaló que en 44% de los casos las muertes ocurrieron en personas que no tenían condena.

Rodríguez Almada, director del Departamento de Medicina Legal y Ciencias Forenses, presentó las recomendaciones que realizaron los investigadores, entre las que se destaca la necesidad de implementar un sistema de auditoría de muerte para proveer al comisionado información en un plazo no mayor a dos semanas.

Rodríguez dijo que en estos casos es “muy importante que la auditoría sea rápida” porque hay múltiples intereses que pueden impedir el acceso a información de calidad. Otra de las recomendaciones fue la implementación de un carné de salud penitenciario que permitiría anticiparse a problemas de salud. Rodríguez enfatizó en la necesidad de atender la salud mental y la prevención del suicidio, particularmente durante el primer año de reclusión.

Por otra parte, señaló que se constataron trabas organizacionales y burocráticas que no necesariamente son atribuibles a la cárcel que impiden, a personas con una enfermedad que conocen, tener acceso a los controles adecuados.

Rodríguez planteó que sería “muy importante” que las personas privadas de libertad accedan a la historia clínica única, de manera de no depender de la institución para obtener la información, y agregó que “debería haber una junta médica que estableciera una recomendación” de dónde deben estar las personas con enfermedades crónicas. Mencionó la posibilidad de que las personas privadas de libertad firmen un documento dando el consentimiento para que las instituciones vinculadas a los derechos humanos tengan acceso a su historia clínica. En los casos en que no se pudo determinar las causas de muerte, a los investigadores se les negó el acceso a la historia clínica en función del derecho a la confidencialidad de los datos.

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