El jueves será la primera audiencia del juicio civil iniciado por la psicóloga Gabriela Bazzano contra la diaria, la Universidad de la República (Udelar) y la Coordinadora de Psicólogos del Uruguay. La exsecretaria nacional de Cuidados y Discapacidad y su esposo, Joaquín Rodríguez, reclaman 451.000 dólares por daño moral y lucro cesante, en la medida en que Bazzano alega que se vio obligada a renunciar a la Secretaría Nacional de Cuidados, donde ganaba 230.000 pesos por mes y se proyectaba “hasta el final del período”.
Los demandantes sostienen que la investigación periodística publicada por la diaria en diciembre de 2020 y las expresiones de la Udelar y la Coordinadora de Psicólogos del Uruguay atentaron contra “dignidad y prestigio profesional”. La investigación realizada por la periodista Cecilia Álvarez Sandar develó que a través de la asociación civil Seamos, que fue dirigida por Bazzano hasta 2017, se entregaban hijos de madres con discapacidad intelectual a otras familias, sin ningún control de los organismos estatales. La asociación también fue denunciada por omisión de asistencia, malos tratos, abandono y apropiación de dinero de las pensiones de los usuarios.
Los argumentos de los demandados
La defensa de la diaria presentó una excepción de caducidad fundada en que el plazo para presentar la acción venció a los 90 días de publicada la nota, tal como establecen los artículos 13 y 14 de la Ley 16.099, que plantean que el ejercicio del derecho de respuesta no excluye las acciones penales o civiles que puedan realizarse y establece el plazo de caducidad en 90 días sin distinguir la acción civil indemnizatoria del derecho de respuesta.
Sobre el tema de fondo, la defensa de la diaria señala que el caso debe enmarcarse en los principios que protegen el derecho de la libertad de expresión como uno de los pilares de la sociedad democrática y el ejercicio del periodismo como una de sus manifestaciones.
A su vez, plantea que el derecho a la libertad de expresión se encuentra consagrado en los artículos 7, 29, 72 y 332 de la Constitución de la República, en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y en el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
En cuanto a la publicación que generó la demanda, la defensa de la diaria destaca que la investigación fue iniciada en setiembre de 2020 a partir de información sobre la existencia de una investigación de Interpol y la Fiscalía de Crimen Organizado sobre la actividad de Seamos, y que la periodista accedió al expediente judicial de la causa que estudió el caso en el juzgado de Crimen Organizado, donde está documentada la información que se presenta en la nota. Además, sostiene que en la nota se informa adecuadamente del archivo de esa investigación judicial realizada entre 2015 y 2017, y que antes de la publicación se intentó en varias ocasiones comunicarse con Bazzano directamente y a través del responsable de prensa del Ministerio de Desarrollo Social, dejándole un mensaje sobre el motivo de la llamada.
La defensa, llevada adelante por el abogado Matías Jackson, sostiene que la relevancia pública del tema se basa en que se trata de una funcionaria pública “de carácter político, que fue designada para ocupar una de las direcciones más importantes del Mides, que tiene a su cargo la política sobre personas con discapacidad”, y agregó que el artículo periodístico obtuvo el premio Marcelo Jelen 2021. “La actuación de la diaria en este caso se encuentra dentro de su función social como medio periodístico que ejerce el rol esencial de control sobre la actuación de los jerarcas de los gobiernos de turno”, sostiene el escrito.
Los argumentos de Bazzano y Rodríguez
La defensa de la exsecretaria de Cuidados y Discapacidad rechazó la acción de caducidad presentada por la diaria por considerar que el plazo de 90 días establecido en el artículo 14 de la Ley 16.099 sólo refiere al derecho de respuesta y no al plazo para iniciar la acción civil.
Sobre ese punto, la defensa de Bazzano plantea que no se puede tomar la fecha de publicación de la investigación periodística como el inicio del plazo, debido a que luego de esa publicación la diaria publicó otras noticias vinculadas al tema que también considera difamatorias, concretamente la que informó sobre una resolución de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo que consideró que el accionar de Seamos vulnera derechos consagrados, la que informó de la demanda que ella presentó o la que informó sobre la presentación de la demanda.
“Siendo el tema ampliamente opinable, entendemos que la interpretación que se debe de dar a la norma es la más armónica con el derecho constitucional a la acción, esto es a que cada uno tenga su día ante el tribunal”, expresa el escrito presentado por los demandantes.
El abogado de Bazzano, Pablo Alesandre, también rechazó una excepción por falta de legitimación pasiva presentada por la Coordinadora de Psicólogos del Uruguay, al señalar que el gremio es responsable por “hacerse eco” de una nota de prensa, y que contribuyó a formar opinión pública “en claro desmedro de la imagen profesional y humana” de los demandantes. Además rechazó a ocho de los 11 testigos propuestos por la diaria para defender su posición en la instancia del jueves.
Tras la presentación de la demanda civil por parte de Bazzano y Rodríguez, las partes fueron convocadas a una audiencia de conciliación que se realizó el 11 de mayo de 2022. Al no alcanzarse un acuerdo en el juzgado de conciliación se inició el proceso en la Justicia Civil, que será llevado adelante por la jueza en lo civil de 7° turno, Virginia Ginares.
En la audiencia del jueves habrá un nuevo intento de conciliación, la jueza consultará a las partes para determinar el objeto del juicio y se definirá cuáles de las pruebas propuestas por las partes serán consideradas en el proceso.