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Ignacio Álvarez, el 31 de octubre, a su llegada al Juzgado de Familia.

Foto: Alessandro Maradei

La Justicia definió la restricción de comunicación y acercamiento entre Ignacio Álvarez y Romina Celeste Papasso

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Además se intimó a Álvarez “a evitar cualquier acto que tienda a la revictimización, agresión o que impliquen algún tipo de violencia” hacia Papasso, y que ella “cese de cualquier acto de perturbación o intimidación” hacía Álvarez a través de redes sociales.

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Leído por Andrés Alba.
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Romina Celeste Papasso denunció al comunicador Ignacio Álvarez por violencia psicológica, una forma de violencia de género. Estas denuncias se tramitan a través de la Justicia de Familia, por lo que este martes tuvo lugar en la sede de la calle Rondeau la audiencia en la que se definió la prohibición de comunicación y relacionamiento entre ambos por 180 días, como es de estilo en estos casos. En la resolución, que hizo pública Álvarez, se aclara que esto es “sin perjuicio de tener presente el rol y labor de comunicador” del denunciado.

También se intimó a Álvarez a “evitar cualquier acto que tienda a la revictimización, agresión o que impliquen algún tipo de violencia a la Sra. Papasso por razones de su salud mental”.

Además, a Papasso se le prohíbe “comunicarse, relacionarse por sí o a través de terceras personas” con Álvarez. También se la intimó a que “cese de cualquier acto de perturbación o intimidación hacia el Sr. Álvarez a través de redes sociales”.

Desde el Juzgado de Familia se resolvió también enviar estas actuaciones a la Fiscalía y a la Policía para su “conocimiento y contralor”. Se solicitó que se realice un seguimiento y que se informe de la situación dentro de 30 días. También se ordenó que se haga un informe de evaluación de riesgos en menos de diez días, que consta de pericias por parte del Equipo Técnico de Familia Especializado del Poder Judicial.

La próxima audiencia entre ambos será el 1º de abril del año que viene.

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