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Manifestación para exigir mayores derechos para las mujeres en la Ciudad de Guatemala, el 8 de marzo, durante el Día Internacional de la Mujer.

Foto: Johan Ordonez, AFP

Guatemala: el Congreso aprobó una ley que aumenta las penas para quien interrumpa su embarazo

2 minutos de lectura
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La nueva legislación hace explícita la prohibición del matrimonio igualitario y limita la educación sexual en centros de enseñanza.

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Leído por Abril Mederos.
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El día en que se conmemoró el Día Internacional de la Mujer, el Congreso de Guatemala aprobó una norma que recorre un camino opuesto a las reivindicaciones del 8 de marzo.

“Qué mejor día que hoy para aprobar una ley en favor de la familia”, dijo la diputada oficialista Patricia Sandoval. El oficialismo de derecha fue el responsable de aprobar, con su mayoría en el Congreso, la Ley para la Protección de la Vida y la Familia, que aumenta las penas de cárcel para “la mujer que causare su aborto o consintiere que otra persona se lo cause”. La ley guatemalteca ya prohibía el aborto, excepto cuando está en peligro la vida de la madre, y establecía penas de hasta tres años de cárcel para quien lo practique. Pero el proyecto aprobado el martes, al que sólo le falta la promulgación por parte del presidente Alejandro Giammattei para convertirse en ley, aumenta la pena a un mínimo de cinco años y un máximo de 25.

Uno de sus defensores, el diputado Armando Castillo, del partido Viva (Visión con Valores), afirmó, de acuerdo con la agencia AFP, que “mientras otros países avanzan en la aprobación de leyes abortistas y en leyes que degeneran el concepto original de familia, esta iniciativa pasa a ser una ley importante para la sociedad guatemalteca”.

La norma además incluye medidas contra la diversidad sexual. Introduce una reforma al Código Civil para establecer que “se prohíbe expresamente el matrimonio entre personas del mismo sexo” y advierte que no se reconocen las uniones homosexuales de hecho.

Tampoco se permite a parejas del mismo sexo adoptar. Para la nueva ley, una “familia nuclear” es “el núcleo paterno-filial o agrupación formada por el padre, la madre y los hijos que conviven con ellos o que se encuentran bajo su potestad”. El artículo 14 dice que ante la falta de ambos padres, los menores de edad merecen tener un núcleo familiar, por lo que “el Estado deberá otorgar el cuidado y la protección del menor a un padre y una madre adoptivos”, informó el diario guatemalteco Prensa Libre.

De acuerdo con el periódico, la nueva ley define como diversidad sexual “el conjunto de pensamientos, tendencias y prácticas por las que determinados grupos de la sociedad adoptan una conducta sexual distinta a la heterosexualidad e incompatible con los aspectos biológicos y genéticos del ser humano”. Agrega que “ninguna persona podrá ser perseguida penalmente por no aceptar como normal la diversidad sexual o la ideología de género”.

Por otra parte, la ley “prohíbe a las entidades educativas públicas y privadas promover en la niñez y adolescencias políticas o programas que tiendan a desviar su identidad según su sexo al nacer”.

La diputada Lucrecia Hernández, del partido Semilla, advirtió que esta ley promoverá la “estigmatización” y la “intolerancia”, y que en sus disposiciones sobre la interrupción del embarazo “está criminalizando y penalizando los abortos espontáneos, y eso es peligroso”.

El procurador de los Derechos Humanos de Guatemala, Jordán Rodas, anunció que presentará una acción de inconstitucionalidad contra esta norma, que, según dijo, implica “un retroceso en las libertades” y viola convenios internacionales que suscribió el país.

La diputada derechista Patricia Sandoval no está de acuerdo: “No nos vengan a meter ideas tontas. Esta ley es constitucional, es viable y es bendición de Dios”, dijo.

Con esta norma ya aprobada, se anunció que Giammattei tiene previsto declarar Guatemala como “capital iberoamericana provida”, al tiempo que el país alberga un Congreso Iberoamericano por la Vida y la Familia.

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