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Profesionales: privilegios o no tanto

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El siglo XX fue un siglo de grandes transformaciones para el conjunto de los trabajadores. A fines de los años 50, se instaló la idea de centralizar la administración de los beneficios sociales dispersos en varias cajas: civil, industria y comercio, y rural. En 1958 se concretó la creación del Banco de Previsión Social (BPS).

En 1966 se acordó una nueva Constitución que regiría a partir de marzo de 1967, definiendo al BPS como el ente rector del sistema previsional, en la órbita del nuevo Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Si bien el objetivo era concentrar el sistema previsional, se mantuvieron fuera del BPS las cajas paraestatales –bancaria, notarial, y de jubilaciones y pensiones de profesionales universitarios–, así como los servicios de retiro y pensiones militar y policial.

En 1954, tal como se describe en la historia de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios (CJPPU), “los profesionales egresados de la Universidad de la República iniciaron un sistema de seguridad social innovador creando un modelo de instituto... dentro del concepto de Regímenes Sustitutivos”.1

La CJPPU, en la reforma legislativa de 2004, logró incluir a los profesionales egresados de las universidades privadas, y a las carreras con títulos universitarios de grado que habían sido dejadas fuera de la cobertura. Las modificaciones lograron “adecuar e incluir cambios en el texto legal que permitieran armonizar las nuevas realidades”.2 En términos menos románticos, se bajó la tasa de reemplazo de las jubilaciones, además de realizarse las modificaciones mencionadas.

Hoy en día, la CJPPU tiene una carrera ficta de diez categorías con sus respectivos aportes también fictos, que los y las profesionales están obligados a seguir si quieren vivir del ejercicio libre de la profesión. Quienes no quieran ejercer libremente deben declarar no ejercicio y quedar impedidos de ejercer, e incluso de ofrecer sus servicios.

Algunas cifras

Actualmente existen aproximadamente 172.000 profesionales afiliados a la CJPPU. De estos, 153.500 son activos, casi 13.500 jubilados y 5.000 pensionistas.3

De los 153.500 activos, más de 62.000 están ejerciendo y 91.000 declaran no ejercicio. Es decir que 91.000 personas no están aportando porque no tienen trabajo, porque tienen otros ingresos fuera de la profesión o porque perciben un salario por el que aportan al BPS o a otra caja. El número de profesionales que declara no ejercicio representa 60% que no aporta a la CJPPU.

Otro grupo de profesionales opta por quedarse en una categoría más baja a la que le correspondería, para poder seguir trabajando. La segunda categoría es la mínima que la institución admite para “plantarse” y poder ejercer. Del análisis de la secuencia de categorías surge que la segunda acumula 17.000 profesionales activos. Estimando que es más del doble de lo que correspondería, al menos 8.500 –5% de los afiliados– estarían aportando por debajo de la carrera ficta.

En suma, 60% de los activos no aporta y más de 5% está “plantado” en la segunda categoría. Estas cifras son apenas una mirada posible sobre la crisis de la CJPPU.

Si bien existen otras razones que explican la situación actual, como las decisiones de la institución en instancias anteriores, la “profesionalización” –sueldos– del directorio, y su administración –reiteradamente cuestionada–, la realidad es que la crisis de la seguridad social alcanza también a los colectivos profesionales.

En este contexto, se anuncia una crisis que, como las corridas bancarias, no hace más que profundizar el problema.

Ingresos, timbres y aportes del Estado

La CJPPU no recibe ayuda estatal, al menos hasta hoy. Los ingresos de la institución son 59% contributivos, 30% por timbres profesionales, y el resto por inversiones financieras y otros rubros.

La obligación de comprar timbres no siempre parece justa; resulta onerosa y es obligatoria incluso para los propios profesionales. Su origen fue representar los aportes patronales del “acto profesional” –directa o indirectamente– incluido en determinada gestión.

El timbre profesional es obligatorio en recetas, actos médicos, proyectos de arquitectura, planos de mensura, de ingeniería, inspecciones o registros contables e importación de instrumental médico y odontológico. Alcanza y es obligatorio también para otras profesiones.

Sería interesante revisar todos los trámites de la administración pública, aclarar cuáles implican trabajo profesional y cuáles no, y explicitar su pertinencia. En cualquier caso, el timbre no es un aporte del Estado a la CJPPU, sino un aporte del profesional o de quien contrata directa o indirectamente un servicio profesional.

La CJPPU no recibe ayuda estatal, al menos hasta hoy. Los ingresos de la institución son 59% contributivos, 30% por timbres profesionales, y el resto por inversiones financieras y otros rubros.

En cifras, en 2021 los ingresos anuales de la CJPPU se distribuyen de la siguiente manera:

Ingresos anuales de la CJPPU (2021)
Aportes 9.200 millones de pesos
Timbres 4.700 millones de pesos
Transf. Dec 324-03/09 525 millones de pesos
Ingresos financieros 1.048 millones de pesos
Otros 114 millones de pesos

Fuente: Elaboración propia en base a datos de CJPPU.

Los ingresos por timbres representan 30% de los casi 15.600 millones de ingresos totales de la CJPPU. Suponiendo, a efectos del análisis, que los timbres fueran un aporte de todos los uruguayos a la CJPPU, y que no tienen relación con la contratación de su trabajo, veamos las cifras de todo el sistema.

El aporte del Estado a la seguridad social es de 12,9 puntos del PIB. Toda la ciudadanía paga IVA y otros impuestos que van a Rentas Generales o se destinan directamente a financiar al BPS y a otras cajas.

Sin embargo, de esos casi 13 puntos, 9,2 va al BPS, 0,7 a la caja policial, 1,2 a la caja militar y 0,6 y 0,1 a la CJPPU y Caja Notarial, respectivamente.

Los puestos cotizantes del BPS son 1.500.000 en total y los afiliados a la CJPPU son 170.000, en números redondos. En este entendido, el aporte anual al BPS sería casi 158.400 pesos por afiliado y el aporte “indirecto” por concepto de timbres a la CJPPU de 27.600 por afiliado.

¿Tienen privilegios los afiliados al BPS? ¿Y los afiliados a la CJPPU? ¿Tienen más privilegios los afiliados a otras cajas? Son apenas preguntas que no está de más intentar responder.

Al analizar los asalariados privados según nivel educativo,4 se observa que a medida que aumenta el nivel de ingresos, hay mayor proporción de trabajadores con nivel educativo alto. El 45,5% de los asalariados privados que perciben mejores salarios presenta nivel educativo universitario. Ese porcentaje baja en niveles menores de ingresos.

Resulta evidente que existen diferencias en los ingresos entre profesiones, aunque no hay estadísticas disponibles y actualizadas de los salarios, ni datos sobre la superposición de ingresos por salario y ejercicio libre. Tampoco datos sobre las “situaciones de dependencia” encubiertas como servicios profesionales.

La crisis de la CJPPU es parte de la crisis de la seguridad social de nuestro país. Posiblemente su origen esté en proyecciones demográficas o en suposiciones sobre la prosperidad del mercado de trabajo hechas hace 60 años.

Los afiliados a la CJPPU ya resignaron beneficios en la reforma de 2004, no sin conflictos. Una nueva reforma implica cambiar las reglas de juego dos veces en el mismo ciclo de trabajo profesional para quienes egresaron antes de 2004.

Para definir la viabilidad de una reforma hoy serán determinantes los regímenes de transición y la protección de los derechos ya adquiridos, ya sea que la reforma se realice dentro del sistema general o fuera de él.

Pensar fuera de la caja

Una verdadera reforma de la seguridad social requiere dejar atrás prejuicios y considerar los distintos sectores de actividad con sus peculiaridades: trabajo físico, manual, intelectual, a distancia, todos implican diferentes exigencias. El objetivo de una reforma integral sería planificar todos los aspectos de la seguridad social en un régimen unitario, solidario, equitativo y equilibrado.

Si bien parece obvio, la seguridad social no son solamente las jubilaciones: licencias parentales, por enfermedad o por estudios, sistema de cuidados, incapacidad y pensiones por edad avanzada, son parte de la ecuación que las personas evalúan al optar por trabajar o quedarse en casa. La vida productiva y reproductiva o la etapa de retiro no se sostienen sin una seguridad social robusta. Los profesionales son parte del colectivo de trabajadores a considerar en la reforma.

Las verdades no cuestionadas sobre el trabajo profesional dan lugar a considerarlos como un grupo privilegiado, sin tener en cuenta la cruda realidad: la desigualdad sucede en distintos sectores de actividad y no es un privilegio.

Alicia Artigas es arquitecta y magíster en Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.


  1. https://www.cjppu.org.uy/ 

  2. Ídem. 

  3. Asesoría Técnica de Planificación y Control de Gestión, Publicación Nº 32, Montevideo, abril de 2022, Compendio Informativo-CJPPU. 

  4. Asalariados Privados y Salario Mínimo Nacional. Unidad Estadística del Trabajo y la Seguridad Social, 2019, MTSS. 

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