Ingresá

Marcos Otheguy. Foto: Sandro Pereyra (archivo, marzo de 2015)

Otheguy presentó un proyecto contra la difusión de información falsa que busque incidir en elecciones

Menos de 1 minuto de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago

Tipifica un nuevo delito al que le correspondería una pena de dos a cuatro años de penitenciaría.

Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

El senador frenteamplista Marcos Otheguy presentó un proyecto de ley en el que propone incorporar a las llamadas fake news como delito electoral. En la exposición de motivos argumentó que “tal como se reconoce a nivel internacional”, existe evidencia de que la “manipulación de procesos políticos a través de los medios digitales y de las redes sociales para causar desinformación, sea mediante la generación de confusión, o de fragmentar y dividir las sociedades, o de fracturar el tejido social y crear un ambiente favorable a la consecución de políticas xenófobas y racistas”. El senador agregó que uno de los casos paradigmáticos “de esta manipulación de la opinión pública son los de la empresa Cambridge Analytica, que se apropió de datos privados y la información de más de 50 millones de usuarios de Facebook para favorecer” la elección de Donald Trump.

El primer artículo del proyecto establece que se incorpore al artículo 191 de Ley de Elecciones (7.812), que tipifica los delitos electorales, un numeral 13: “La desinformación o difusión intencional de noticias falsas mediante la utilización de plataformas digitales de comunicación global, de tecnologías de internet, de cualquier sistema informático o cualquier medio de comunicación o tecnología de trasmisión de datos, adecuada para alterar los resultados regulares de los actos electorales”. El proyecto propone que la pena por este delito sea de dos a cuatro años de penitenciaría.

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura