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Mónica Xavier y Pablo Mieres, ayer, durante la sesión de la Cámara de Senadores.

Foto: Federico Gutiérrez

Senado aprobó proyecto para enajenar viviendas vacías y degradadas

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La oposición criticó algunos aspectos formales de la iniciativa, pero compartió su intención.

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No hubo grandes discrepancias ni cambios. El proyecto de ley que habilita la posibilidad de enajenar inmuebles urbanos vacíos y degradados fue aprobado ayer en general en la Cámara de Senadores. Si bien en la votación particular la oposición planteó modificaciones a algunos artículos, los cambios realizados fueron mínimos, y la iniciativa pasará a Diputados para que continúe su tratamiento.

El senador Charles Carrera, miembro informante del Frente Amplio, explicó que la iniciativa tiene como objetivo responder a una “necesidad real” que existe en determinadas zonas urbanas, donde hay un gran número de inmuebles vacíos, sin uso y degradados. Estos inmuebles, agregó, afectan la seguridad física de las personas, traen problemas de salubridad y habitabilidad y perjudican la convivencia entre los vecinos. Así, el proyecto “no hace otra cosa” que establecer que las personas tienen ciertas obligaciones con respecto a su propiedad, aseguró.

Carrera destacó que la iniciativa fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Vivienda y Ordenamiento de la cámara alta. El proyecto estuvo en el orden del día del plenario a fines de mayo, pero a pedido de la oposición volvió a la comisión, para ser considerado nuevamente. Allí se agregó que los baldíos fueran incluidos en la definición que el texto hace de los inmuebles degradados, es decir, aquellos que se encuentren en situación de ruina, deteriorados o tengan una edificación paralizada. A los efectos de la norma, se definió el baldío como aquel inmueble “que no contenga edificaciones de clase alguna o las mismas fueren insignificantes”, por lo que “sea susceptible de ser ocupado”.

El proyecto dispone que se podrán enajenar “los inmuebles ubicados en suelo urbano, cualquiera sea su destino, que se encuentren vacíos y degradados”. Se considerará vacío cuando el inmueble haya estado desocupado o con ocupación precaria por un período continuo de dos años, y no cuente con conexión o consumo de agua potable o energía eléctrica.

El nacionalista Luis Alberto Heber planteó su preocupación por lo que se define como inmueble “vacío”, y comentó que en Salinas, por ejemplo, mucha gente perdió sus terrenos debido a lo que llamó “industria de la ocupación”. “No nos preocupa que aquel que no tenga posibilidades pueda acceder a una finca, sino que se establezca una industria de la ocupación” y, por lo tanto, “de la delincuencia”, explicó.

Heber agregó que muchas casas de veraneo podrían ser consideradas “vacías” y que así se estaría perjudicando a sus dueños, por lo que llamó a tener cuidado con promover la “permisividad que lleva a esta situación de delincuencia”. Por otro lado, criticó que queden exceptuados los inmuebles de uso público, ya que aseguró que el Estado tiene muchos terrenos abandonados. “Estamos obligando a propietarios a ceder sus viviendas, tenemos que predicar con el ejemplo”, remató.

Otro artículo criticado por el Partido Nacional (PN) fue el que establece que “la situación concursal del propietario” no impedirá el inicio del remate judicial. El nacionalista Jorge Saravia opinó que así se “elimina totalmente la Ley de Concursos”, y preguntó qué pasará, en esos acasos, con los trabajadores “que lo único que tienen para cobrar es una propiedad de este tipo”. Carrera retrucó que la administración no busca “hacerse de ningún bien” y aclaró que en caso de concurso se le va a informar al síndico, y este va a establecer si corresponde utilizar ese inmueble como parte de la masa concursal o si debe ser rematado.

El colorado Pedro Bordaberry aseguró que la ley es “bienintencionada” y agregó que comparte la idea de que el derecho a la propiedad no puede ser considerado “absoluto”. De todas formas, dijo que no es viable establecer en forma retroactiva que un inmueble lleva dos años vacío. Por otra parte, sostuvo que es inconstitucional el inciso 3 del artículo 10, que establece que, cuando la Intendencia departamental envíe a un técnico a determinar el estado de conservación de un inmueble, este profesional “no podrá excusarse” de realizar el procedimiento. “Si el trabajador no puede ir, o no quiere hacerlo, no se lo puede forzar”, afirmó.

El Partido Colorado votó la ley en general. En el desglose de los artículos, Bordaberry adelantó que sólo apoyaría el primero, que declara de “interés general” el cumplimiento de los deberes relativos a la propiedad inmueble urbana. El PN también apoyó el proyecto a nivel general, pero no votó el artículo que incluye a los inmuebles que estén en situación de baldío, por entender que es “innecesario” agregarlo al texto, y tampoco aprobó el que refiere a la eventual situación concursal del propietario.

En diálogo con la diaria, Carrera destacó que las críticas de la oposición no fueron abundantes y que hubo modificaciones “mínimas”. Uno de los cambios fue propuesto por Pablo Mieres, del Partido Independiente, quien pidió sustituir una palabra mal empleada. También se tomó en cuenta la sugerencia de Bordaberry y se quitó del texto que el técnico encargado de una inspección no podrá excusarse de llevarla a cabo. Carrera dijo que el proyecto es “innovador” y opinó que algunos legisladores no aceptan “que la propiedad tiene una función social”. “Al conservadurismo todavía le cuesta aceptarlo”, concluyó.

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