Ingresá

Jueces critican disposición sobre custodia personal

2 minutos de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago

Presidente de la Asociación de Magistrados opina que contradice la Ley Orgánica de la Judicatura.

Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

El presidente de la Asociación de Magistrados del Uruguay, Alberto Reyes, dijo a la diaria que le parece “insólita” la disposición de la Rendición de Cuentas que da la potestad al Ministerio del Interior de decidir sobre las custodias personales. Reyes explicó que actualmente, el juez o la jueza establecen una custodia y la cartera a lo sumo resuelve la forma de instrumentarla, pero “no se cuestiona o se deja de asignar custodia en función de nada”.

En cambio, el artículo 83 del proyecto de ley de Rendición de Cuentas presentado el sábado al Parlamento dispone que “sólo podrá decretarse” una medida de custodia personal “previo informe del Ministerio del Interior favorable respecto de la efectividad y viabilidad de tal medida”.

Reyes consideró que esta disposición es contraria al artículo 4 de la Ley Orgánica de la Judicatura. Este establece que la autoridad pública está obligada a colaborar con los jueces y juezas en el cumplimiento de las sentencias y otros actos, “sin que le corresponda calificar el fundamento con que se le pide, ni la justicia o legalidad de la sentencia, decreto u orden que se trata de ejecutar”. “Allí se establece que las autoridades deben cumplir con las normas sin cuestionar su acierto o desacierto. Es base de un Estado de derecho. Si cada resolución se va a someter a la aprobación o qué sé yo del Poder Ejecutivo, no estamos bien”, cuestionó el presidente de la Asociación de Magistrados.

El mismo artículo del proyecto de rendición también dispone que “la permanencia del beneficiario en el sistema de protección estará sujeta al cumplimiento de las obligaciones que suponen la medida de custodia personal”, y sostiene que “en caso de incumplimiento, la medida cesará en forma inmediata, lo cual será comunicado al juez competente”.

Sobre este punto, Reyes dijo que “es cierto que ha habido situaciones en las que la persona que tiene la situación de riesgo hace todo lo posible para que la custodia sea complicada”. “Pero esto no es la solución, me parece a mí, a primera vista”, acotó. Si bien consideró que “está bien” que “si la víctima hace todo lo posible para frustrar la custodia” esto tenga “alguna consecuencia”, agregó que este punto “es relativo”. “Porque a veces la víctima va y viene con su situación: se junta con la pareja que la agrede, y sabemos que es complicado”, evaluó.

En las últimas semanas, los jueces han tenido varios cruces con las autoridades del Ministerio del Interior, por distintos temas. Previo al envío de la Rendición de Cuentas al Parlamento, el ministro del Interior, Eduardo Bonomi, se quejó porque tenía que destinar demasiados policías para custodia personal que podrían estar patrullando. Reyes declaró al programa Fuga de noticias, de la radio El Espectador, que le resultaba “novedoso” que el ministro planteara como “un elemento de inseguridad que los jueces dispongan custodia para las víctimas de violencia doméstica”. “No creo que tenga mucho rigor”, comentó, y opinó que Bonomi intenta marcar que la culpa de la inseguridad es de los jueces. “Una cosa bastante burda”, concluyó.

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura