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Miguel Angel Toma y Andrea Speranzoni, en la lectura de la sentencia, en julio.

Foto: Nadia Angelucci

Plan Cóndor: Corte de Roma prorrogó por 90 días el plazo para presentar fundamentos del fallo

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En julio, 13 uruguayos fueron condenados a cadena perpetua por muerte y desaparición de personas.

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Este lunes, la presidenta de la Tercera Corte Penal de Apelación de Roma, Agatella Giuffrida, comunicó que se amplió a 90 días el plazo para la entrega de los fundamentos del fallo del 8 de julio relativos al juicio Plan Cóndor.

Ese día, la Corte condenó a cadena perpetua, en ausencia y en segunda instancia, a 24 militares y policías latinoamericanos, entre ellos 13 uruguayos, por haber participado en el Plan Cóndor, la operación implementada a nivel regional para secuestrar, asesinar y desaparecer opositores políticos a las dictaduras. Los condenados fueron acusados de la muerte y desaparición forzada de 23 opositores con ciudadanía italiana y 20 uruguayos. la diaria entrevistó a Andrea Speranzoni, el abogado que representó al Estado uruguayo en el juicio de apelación, para tratar de entender las razones de esa prórroga.

¿Es normal una solicitud de ampliación del plazo de entrega de los fundamentos?

Sí, especialmente para una historia tan compleja como la que se trató en el proceso de la operación Condor. La solicitud de prórroga está prevista en el artículo 154, párrafo 4-bis, del Código de Procedimiento Penal [CPP], que establece: “El Presidente del Tribunal de Apelación puede extender, a solicitud motivada del juez que debe redactar la preparación de la motivación, los términos establecidos por el Art. 544 párrafo tercero del CPP, por una sola vez y por un período máximo de 90 días, eximiendo, si es necesario, al juez que tiene que redactar los fundamentos de otros cargos”. Básicamente, a los 90 días a partir del día de la pronunciación, se agregan otros 90 días.

¿Cómo se justifica la solicitud de extensión?

Por la complejidad para escribir una sentencia tan extensa, debido a la gran cantidad de acusados y a la gran cantidad de cargos contra ellos. Debe recordarse que el 8 de julio se establecieron, además de las condenas en contra de los uruguayos Pedro Antonio Mato Narbondo, José Horacio Gavazzo Pereira, José Ricardo Arab Fernández, Ricardo José Medina Blanco, Luis Alfredo Maurente Mata, José Felipe Sande Lima, Ernesto Soca, Ernesto Avelino Ramas Pereira, Jorge Alberto Silveira Quesada, Gilberto Valentín Vázquez Bisio, Jorge Néstor Tróccoli Fernández, Juan Carlos Larcebeau Aguirregaray y Juan Carlos Blanco, otras condenas para las víctimas de la dictadura de [Augusto] Pinochet en Chile y para los asesinatos cometidos en territorio chileno. Eso deja en evidencia la cantidad de documentación que debe analizar y evaluar el Tribunal de Apelación, así como la gran atención que se necesita en la construcción de los fundamentos.

Mientras tanto, ¿han sucedido otros hechos?

Después de que se pronunció la sentencia, la sinergia entre la Presidencia de Uruguay y la Fiscalía General de Roma llevó a los hombres del ROS [Reagrupamiento Operativo Especial] de los Carabinieri [Policía italiana] a notificar a Jorge Néstor Tróccoli de una medida restrictiva de libertad personal que impide al acusado, sentenciado en apelación, a abandonar el país. De hecho, le confiscaron pasaportes y documentos válidos para la expatriación.

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