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Ernesto Murro, durante una conferencia en la sede del MTSS.

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El Tribunal de Apelaciones revocó el fallo que obligaba a Presidencia a bajar artículos de su sitio web

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El Partido Independiente había interpuesto una acción de amparo por dos notas de Ernesto Murro.

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El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Segundo Turno revocó, por unanimidad, el fallo de primera instancia que condenaba a Presidencia de la República a levantar de su página web dos notas que recogían declaraciones del ministro de Trabajo y Seguridad Social, Ernesto Murro.

El Partido Independiente (PI) había interpuesto un recurso de amparo por entender que los dichos tenían contenido electoral, ya que Murro opinaba sobre declaraciones hechas por Azucena Arbeleche –asesora en economía del Partido Nacional (PN)–, y se refería a dichos del candidato del Partido Nacional (PN), Luis Lacalle Pou, sobre la instalación de la planta UPM2.

El juez Carlos Aguirre había fallado a favor del PI, alegando que el portal de Presidencia está impedido por la Constitución a intervenir en la campaña, e instó a que bajen las notas y se abstengan de subir publicaciones vinculadas con las elecciones.

Sin embargo, el tribunal advierte que las publicaciones “no incumplen con la Constitución de la República ni constituyen prima facie declaraciones que puedan catalogarse como de publicidad electoral o proselitistas”, dice la sentencia.

“Corresponde señalar que el PI no fue siquiera invocado en el diferendo, ni probó ningún daño irreparable por el hecho sucedido y resulta ilustrativo relevar que, por el contrario, el Partido Nacional [PN], al cual pertenecen los ciudadanos a los cuales aludió el ministro Murro, no se haya sentido agraviado o lesionado por tales declaraciones”, dice el texto. El tribunal consideró que las declaraciones de Murro fueron “en defensa de la gestión del gobierno en general y, en particular, referido a su área que, por otra parte, tiene estrecha relación con la economía y finanzas públicas”.

El integrante del PI y ex periodista Gerardo Sotelo dijo a la diaria que el fallo permite que los secretarios presidenciales sigan “jugando a House of Cards y usar el portal de Presidencia para beneficiar al candidato oficialista”. “Este es el resultado práctico, no digo que haya sido la intención de los ministros del Tribunal”, afirmó.

Sotelo aseguró que la sentencia de Aguirre entró en la historia jurídica del país: “El tiempo pondrá en su lugar a cada uno, [y se verá] cuál de las dos sentencias defendió el derecho de los más débiles y cuál terminó habilitando a que, desde lo más alto, se use el poder en beneficio del oficialismo”. Además, aseguró que el PN sí se sintió agraviado por las publicaciones, “al punto que le envió una carta al presidente de la República [Tabaré Vázquez]. Lo que ocurre es que, por las razones que sean, el PN no interpuso un recurso de amparo. Cualquiera de los partidos que competían [en las elecciones] era un potencial perjudicado”. Sotelo consideró que el fallo es “un gravísimo retroceso en la defensa de los derechos humanos y la defensa de los individuos frente al abuso de poder”.

En una de las notas, Murro aseguraba que le llamaban la atención los dichos de Arbeleche sobre la influencia del PN en las calificadoras de riesgo. “Decir que por influencia de un partido político las calificadoras más importantes del mundo, como son las cinco que le han dado y mantenido el grado inversor a Uruguay, factor necesario para que puedan seguir viniendo inversiones y el país pueda seguir desarrollándose, ‘aguantara los datos de Uruguay ante la perspectiva de un nuevo gobierno’ francamente llama mucho la atención”, dijo.

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