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Miguel Angel Toma (archivo, octubre de 2017).

Foto: Ricardo Antúnez

Fue archivada la denuncia de Miguel Ángel Toma contra el juez de la causa de Presidencia

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“Una imputación de tal gravedad requería una formulación sustancialmente precisa”, argumentó la SCJ.

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La Suprema Corte de Justicia (SCJ) archivó la denuncia administrativa presentada a título personal por Miguel Ángel Toma, secretario de Presidencia, contra el juez de primera instancia Carlos Aguirre. Este fue el magistrado que dirimió en la causa por el recurso que el Partido Independiente presentó contra dos artículos publicados en el sitio web de Presidencia. En ese caso, Aguirre ordenó a la Secretaría de Comunicación de Presidencia que retirara las notas y “se abstenga de subir a su página web publicaciones que tengan que ver con el acto eleccionario”.

Pero en el marco de esa causa hubo un cruce de palabras entre Aguirre y la representante del Poder Ejecutivo, María del Carmen González. Ante una propuesta de conciliación del juez, ella solicitó salir para consultar telefónicamente a su jerarca, en referencia a Toma. Cuando volvió, con una respuesta negativa, Aguirre dijo: “Se ve que no era alguien entendido en derecho a quien le transmitió”. Toma consideró que esas declaraciones representaron una ofensa hacia su “persona, honor y reputación” y que no pudo ejercer su “derecho de defensa por no estar presente”. Con esos argumentos, presentó una denuncia administrativa ante la SCJ, que este lunes decidió archivarla. En su resolución, la SCJ reconoce que Aguirre no debería haber hecho esas declaraciones ante la abogada, pero también considera que no existe “mérito suficiente como para disponer la realización de una investigación administrativa”, entre otras cosas porque no hay pruebas de que el juez se estuviera refiriendo específicamente a Toma.

Además, señala que la denuncia se presentó el mismo día que Aguirre emitió sentencia (antes de que lo hiciera), cuando los supuestos agravios fueron pronunciados dos días antes. “Una imputación de tal gravedad requería una formulación sustancialmente precisa, en lugar de la que se articula en autos, basada en meros comentarios de terceros, a partir de los cuales se extraen simples conjeturas, así como un aporte probatorio que no se hizo”, concluye el fallo.

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