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Ilustración: Ramiro Alonso

Pedido de prisión perpetua en Italia para Tróccoli y otros cinco ex militares uruguayos

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El fiscal del juicio en Italia solicitó la misma condena para todos los acusados, que son 24 en total.

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“Reformar el fallo de primera instancia y condenar a perpetua a todos los imputados”. Ese fue el pedido de Francesco Mollace, procurador general, en la apelación del juicio por el Plan Cóndor que se lleva a cabo en Roma, después de que la sentencia en primera instancia, de enero de 2017, condenara a la pena mencionada (que es la máxima en Italia) a ocho de los acusados y absolviera a los demás, entre ellos al ex marino uruguayo Jorge Nestor Tróccoli. Los otros uruguayos imputados en la causa, y absueltos en primera instancia, son el ex teniente Ricardo Eliseo Chávez, el ex coronel Pedro Mato Narbondo, el ex capitán José Ricardo Arab, el militar José Horacio Gavazzo Pereira y el marino Juan Carlos Larcebeau.

Las audiencias se reanudaron ayer, y la corte presidida por la jueza Agatella Giuffrida decidió sobre varias cuestiones de trámite, entre ellas la exclusión, debido a los fallecimientos de dos de los acusados –el uruguayo Gregorio Álvarez y el chileno Manuel Contreras– de las partes civiles representantes de las víctimas Héctor Giordano y Andrés Bellizzi, y en consecuencia de la región Calabria (querellante porque allí nació la madre de Bellizi), y de la Confederación General Italiana del Trabajo. Hubo luego tres alegatos, de los fiscales Tiziana Cugini y Francesco Mollace y, en representación de la presidencia del Consejo de Ministros de Italia, del abogado Luca Ventrella.

Los tres fundamentaron el pedido de apelación con argumentos, diferentes y complementarios, acerca de las responsabilidades de coautoría en los homicidios juzgados, ubicando los papeles que desempeñaron los acusados en el marco de las estructuras represivas, y subrayando que el hecho de que hayan estado vinculados sólo con parte de las acciones en modo algunos los exime de culpa. Para fundamentar esto, citaron la jurisprudencia establecida en varias sentencias de tribunales italianos, en especial vinculadas con crímenes mafiosos, en las que se estableció con claridad que no hay diferencias, desde el punto de vista penal, entre la responsabilidad de quien cometió directamente un asesinato y la de quien le ordenó hacerlo. En la misma línea, Ventrella se refirió a los juicios sobre delitos de lesa humanidad cometidos por los nazis.

Mediante esos alegatos se fue dibujado una secuencia de la acción criminal juzgada, dividida en segmentos correspondientes a su ideación, sus actos preparatorios y su ejecución. La fiscalía sostuvo, con esa base conceptual, que son igualmente responsables de un crimen todos quienes participaron en esa secuencia, aunque fuera solamente en uno de los segmentos.

Por otra parte, se destacó la presencia de nuevas pruebas, en particular las aportadas por las declaraciones del capitán de navío retirado Alex Lebel, acerca de las funciones que desempeñaba Tróccoli en las decisiones sobre interrogatorios e incluso sobre la vida o muerte de los detenidos. En los alegatos se abordó también la relación entre los secuestros de personas y los homicidios, resaltando que los acusados sabían que la primera acción conducía con frecuencia a la segunda.

Fue especialmente destacable la exposición de Ventrella, quien enfatizó que los delitos juzgados “son crímenes de lesa humanidad y de guerra”, y que “el deber de la Presidencia del Consejo de Ministros, que aquí represento, es defender a la colectividad nacional, y a cada ciudadano italiano en el mundo”. El abogado manifestó que la “sentencia histórica” en primera instancia tuvo “luces y sombras”; si bien tuvo el mérito de ser la primera en Europa que reconoció la existencia del Plan Cóndor, fueron más las sombras, debido a que “luego de trazar un marco histórico correcto, no se desprendieron de eso todas las debidas consecuencias de responsabilidad penal”.

Ventrella resaltó que “el Plan Cóndor no era sólo intercambio de información, sino un plan de exterminio. Era un programa criminal dirigido al aniquilamiento de militantes y activistas de organizaciones políticas de oposición. Su objetivo era reconstruir los organigramas de esas organizaciones para eliminar físicamente a sus jefes”, como ocurrió en numerosos casos. Por eso, argumentó, la obtención de informaciones era instrumental para la finalidad última de los homicidios. El abogado italiano se detuvo largo rato en el rol desempeñado por Tróccoli, detallando sus tareas en el cuerpo de Fusileros Navales (Fusna), su actividad como oficial de enlace con el centro clandestino de represión que funcionaba en la Escuela de Mecánica de la Armada argentina (Esma), y su admisión de responsabilidad en el libro La ira de Leviatán, publicado en 1996.

“En la sentencia de primer grado hubo un exceso de garantías, una falta de coraje, y se perdió una oportunidad histórica de hacer justicia”, aseveró Ventrella. “No podemos ser tímidos cuando se trata de hacer justicia, y por eso pido a la corte, de acuerdo con los principios legales, que vaya más allá de lo que se ha hecho hasta ahora”, concluyó.

El abogado Andrea Speranzoni, representante del Estado uruguayo, dijo a la diaria que está preparando un documento que incluirá la dimensión histórica general y un análisis de la historia personal de cada víctima, “intentando resumir las pruebas mas detalladas de la responsabilidad de cada acusado”. La próxima audiencia está convocada para el 15 de abril a las 9.00.

Nadia Angelucci, desde Roma.

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