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El Ejecutivo reglamentó la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual

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El texto establece distintas franjas de sanciones y sus respectivas multas.

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El miércoles, el Poder Ejecutivo reglamentó la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA). En el texto se establece una franja de infracciones leves, entre ellas la transmisión de programas o eventos sobre los que otros tienen derechos exclusivos o la ausencia de diferenciadores de mensajes publicitarios y contenidos de la programación; infracciones graves, como la de no cumplir las obligaciones establecidas al acceder a la licitación, e infracciones muy graves, que incluyen el incumplimiento de las limitaciones a la titularidad de servicios de comunicación audiovisual. Las multas van desde 300 unidades reajustables (unos 350.000 pesos) hasta 10.000 unidades reajustables (unos 11.660.000).

La iniciativa había sido aprobada en diciembre de 2014, pero el presidente Tabaré Vázquez resolvió dejar en suspenso su reglamentación hasta que la Suprema Corte de Justicia laudara sobre los múltiples recursos de inconstitucionalidad que se presentaron. Luego de que el organismo desestimara la mayoría de las denuncias, el Ejecutivo se comprometió en avanzar en su aplicación.

Sin embargo, el año pasado, la reglamentación de la LSCA enfrentó varios obstáculos: los canales privados de comunicación interpusieron recursos administrativos contra la primera campaña de bien público impulsada por el Poder Ejecutivo, aunque luego también fueron desestimados. En tanto, en el Parlamento, se postergó el nombramiento de los integrantes del Consejo de Comunicación Audiovisual (CCA), organismo encargado de hacer cumplir la ley, luego de que los legisladores de la oposición dejaran sin cuórum la Asamblea General.

Asimismo, el Poder Ejecutivo todavía no designó al presidente del CCA. La Coalición por una Comunicación Democrática y la Asociación de Productores y Realizadores de Cine del Uruguay manifestaron públicamente su preocupación por la lentitud para elegir a los integrantes del organismo y la demora en la aplicación de la ley. También puntualizaron que la designación del presidente del organismo podía funcionar como una “señal” para agilizar el proceso parlamentario.

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