Ingresá

Jorge Larrañaga (archivo, diciembre de 2019).

Foto: .

LUC: Larrañaga aseguró que no analizó artículo que habilita a militares retirados a portar armas

2 minutos de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago
Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

El ministro del Interior, Jorge Larrañaga, dijo que su cartera aún no analizó la propuesta de Cabildo Abierto que habilita a militares retirados a portar armas, incluida en el proyecto de ley de urgente consideración (LUC). Sin embargo, sostuvo que “quienes no deberían tener las armas son los delincuentes, y son quienes tienen muchas”.

En la mañana de este lunes, las autoridades del Ministerio del Interior fueron recibidas por la bancada de la coalición de gobierno para profundizar sobre algunos temas que le competen a su cartera y están incluidos en la LUC.

Dado los acotados tiempos que la urgente consideración requiere, en la bancada de la coalición se conformó un grupo de trabajo que coordinará el senador nacionalista Carlos Camy y las autoridades del ministerio, “para ir avanzando en algunas definiciones o en algunos puntos que presenten diferencias de conceptos de redacción o de incorporación”, sostuvo el jerarca.

El ministro explicó que durante la reunión se recibieron “aportes” y “observaciones” de los legisladores en materia de seguridad que se van a tratar en la comisión conformada. Según dijo, el subsecretario de la cartera, Guillermo Maciel, hizo una explicación general de la ley y fundamentó por qué es de urgente consideración y “de aprobación” en materia de seguridad, sostuvo Larrañaga, y aseguró que sus artículos son aún más necesarios que la declaración de la emergencia sanitaria.

El artículo 115 de la LUC añade a la Ley 19.775 (Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas) el siguiente artículo: “Artículo 30 BIS (Derecho al porte de armas por el personal militar en situación de retiro). Sin perjuicio de lo dispuesto, el personal militar en situación de retiro que no posea antecedentes penales, previa evaluación de su idoneidad, conforme a la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo, tendrá el derecho de portar arma corta, la que deberá estar registrada con su consiguiente Guía de Posesión actualizada. El Ministerio de Defensa llevará un registro de Personal Militar en situación de retiro con Porte de Armas vigente”. La innovación fue propuesta por Cabildo Abierto.

Consultado en rueda de prensa al finalizar el Consejo de Ministros de este viernes, el canciller de la República, Ernesto Talvi, afirmó que es difícil que el Partido Colorado vote este artículo. Si bien aseguró que se va a analizar con detenimiento, sostuvo que “difícilmente” el partido “vea con buenos ojos que se amplíe el derecho de porte de armas”.

El senador de Cabildo Abierto (CA) Raúl Lozano dijo este lunes a la diaria que el tema, “no es nuevo”, porque hasta diciembre de 2016 “toda la vida los militares retirados tuvieron el derecho a portar armas”. Ese año se publicó el Decreto 377/016, que reglamenta la Ley 19.247, de tenencia y porte de armas, y que restringe este último.

Lozano subrayó que “los militares retirados pertenecen a la reservar activa del país”, porque en Uruguay no pasa como en los países en los que hay servicio militar obligatorio. “Acá siempre hubo militares profesionales, contratados, y el estado militar termina cuando a la persona la dan de baja de las Fuerzas Armadas o se murió, si no el estado militar nunca se pierde. Es decir que en situaciones de emergencia podrían llegar a ser citados”, sostuvo. Agregó que hay gente que a veces desconoce esto o “son ignorantes en ese sentido”, y hay quienes “piensan en el retirado militar como en el jubilado, pero no es lo mismo”.

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura