En 2006 se dio un hecho que captó la atención mediática, vinculado a los hermanos Berch y Aram Rupenian, dueños de Concierto FM y otras tres emisoras (y el primero, un reconocido conductor de radio y televisión). Tras una denuncia de la Dirección General Impositiva (DGI) ‒encabezada en ese momento por Eduardo Zaidensztat‒ en su contra por defraudación tributaria, los hermanos fueron procesados con prisión y pasaron algunos meses en la cárcel. Al año siguiente, el Poder Ejecutivo les retiró los permisos de las ondas radiales.
En julio de 2007, el diario La República informó de los descargos realizados por Berch Rupenian, que apuntó contra el gobierno de turno por haberle quitado las radios, decisión que se basó en la falta de “solvencia moral” de los empresarios tras el caso de defraudación. En conferencia de prensa, cuestionó al entonces ministro de Industria, Jorge Lepra; dijo que había “una campaña de odio y resentimiento” contra su familia; que no se había aguardado el dictamen definitivo de la Justicia ‒que llegó en 2011, cuando el Tribunal de Apelaciones ratificó la condena‒, y que con esta medida se buscaba “acallar voces de radio”.
Durante los años siguientes, Berch Rupenian continuó defendiendo su inocencia y la de su hermano en el caso de defraudación tributaria, y luchando contra la revocación del permiso de las cuatro radios: Concierto FM, Concierto Punta, Radio Uno y Radio Independencia. Por este último tema, llegó a presentar una denuncia en 2010 ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que actúa como filtro previo a que los casos pasen a la corte del organismo, perteneciente a la Organización de Estados Americanos (OEA). Casi una década después, la CIDH declaró a la denuncia “inadmisible” y evitó que pase a la corte.
La resolución de la CIDH tiene fecha de octubre de 2019, aunque el abogado Guzmán Ramírez, del estudio Bergstein, que siguió el caso como corresponsal del International Bureau of Fiscal Documentation (IBDF) ‒una fundación de investigación impositiva de alcance global‒, dijo a la diaria que la notificación ocurrió en 2020.
Hace justamente un año, Berch Rupenian habló con el diario El País y dijo que “la llegada de un nuevo gobierno brinda esperanzas de cambios positivos” en el relacionamiento con las emisoras, tras criticar la ley de servicios de comunicación audiovisual aprobada en 2014. A su vez, manifestó: “La pérdida de las radios fue un hecho muy doloroso para nuestra familia, que ha trabajado en el medio radial toda la vida. Hemos realizado un reclamo ante la CIDH donde esperamos obtener un pronunciamiento favorable”.
La historia, la acusación y el desenlace
El padre de Berch, Antonio Rupenian, llegó a Uruguay en 1925 huyendo del genocidio armenio y décadas después se transformó en un líder de esa colectividad, tras crear una audición radial armenia que se transmitía en la radio Independencia. Antonio Rupenian compró esa emisora de AM en los años 50, y para la década siguiente, de la mano del furor del rock en inglés y el fenómeno de The Beatles, creció en audiencia, con el programa musical Impactos, conducido por Berch, como estandarte.
En un perfil hecho en 2016 por el suplemento Domingo de El País, Berch recordó que él se dedicaba al contenido artístico y su hermano Aram a la parte comercial. Previo al retorno de la democracia, en 1984, el gobierno militar concedió varias ondas de FM y una fue para Daniel Branáa, conductor televisivo y empresario del sector de la curtiembre; los hermanos Rupenian asumieron la gestión de lo que luego sería Concierto (94.7 FM). Los años posteriores consolidaron a la FM como una de las líderes en audiencia, y la figura de Berch creció en las temporadas de Punta del Este, desde donde conducía ciclos televisivos y elegía el aclamado tema del verano.
En 1998 los hermanos obtuvieron la concesión de una emisora radial en Maldonado, que se llamó Concierto Punta FM. Todo iba viento en popa, hasta que en 2002 la DGI comenzó a investigar la tributación de las empresas que manejaban. El fisco les exigió el pago de nueve millones de dólares, pero los Rupenian adujeron que la firma investigada tenía domicilio legal en Maldonado ‒los medios de comunicación del interior estaban exonerados del pago de IVA‒.
Sin embargo, para la DGI los Rupenian habían elaborado un esquema de defraudación que consistía en concentrar la facturación por publicidad y eventos en la emisora de Maldonado, aunque tuvieran que ver con la radio de Montevideo. Se estimó que mediante esa maniobra se llegó a los 12 millones de dólares por defraudación. Como prueba, mostraron que la firma Parasel S.A. ‒Concierto FM‒ había bajado sus ventas en 55% en 1999 y pagó 90% menos del impuesto a la renta del momento (IRIC) entre 1999 y 2001.
Durante el proceso, se hizo un embargo genérico contra los hermanos, que abarcó a las sociedades anónimas que controlaban y los bienes que tenían, como equipos de transmisión y grabación. Además, se suspendió por seis días la programación de las emisoras, que debieron pasar sólo música. Finalmente, en julio de 2007, tras la intervención de la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicación (Ursec), las cuatro radios dejaron de transmitir y se les quitaron los permisos a los Rupenian.
“Desde 2005 el director de la DGI [Zaidensztat] inició, en violación del secreto tributario, una campaña mediática contra las presuntas víctimas expresando públicamente que los hermanos Rupenian serían penalmente procesados, causando gran daño a su imagen y presionando ilegítimamente a la Justicia”, dice la denuncia que presentó el abogado de los Rupenian, Germán Aller, ante la CIDH.
La presentación señala que los hermanos “manifiestan que no está en su ánimo afirmar que los permisos fueron cancelados por razones ideológicas, sin embargo aducen que sus derechos humanos se vieron vulnerados por la emisión de esta resolución”. Entre otras cosas, expresan que por la historia de la audición armenia en la radio Independencia, aunque “esta haya sido la intención del Estado o no”, con su cierre se “produjo objetivamente una discriminación étnica contra la comunidad armenia”.
También argumentaron que la decisión del gobierno se basó en un decreto de 1978, “norma carente de legitimidad por haber sido dictada durante la dictadura uruguaya”; que no había “referentes normativos que permitan establecer quién es o no moral” para tener una onda radial; que “se violó la presunción de inocencia al cancelarse los permisos” antes de culminar el proceso en la Justicia; y que se sancionó a cuatro emisoras cuando la acusación de defraudación sólo correspondía a Concierto.
“El presidente de la Ursec declaró textualmente que la cancelación fue una ‘decisión política independiente de la resolución judicial’”, indica la presentación de los Rupenian, y también sostiene que el gobierno mostró “disparidad de criterios, pues una empresa afín que explota varios medios de comunicación también mantiene varias deudas con el Estado y no se le han cancelado sus permisos, sino que se le ha reducido parte de la deuda y concedido múltiples facilidades para el pago”.
Los hermanos también recuerdan que, al darse de baja las radios, 37 personas perdieron su trabajo, y ellos debieron abonar 340.000 dólares en despidos “pese a haberse descapitalizado al perder las radios y sus bienes personales”. Entienden que ese monto debió ser asumido por el Estado, “por ser quien suprimió la fuente de trabajo”. Además, sostienen que estuvieron 30 días en la cárcel de Santiago Vázquez en una “celda de castigo, sin conocerse la razón de esa decisión”, y luego 180 días en La Tablada, un centro de reclusión que ha “sido objeto de censura por observadores internacionales por razón de su mal estado”.
El Estado uruguayo respondió ante la CIDH que los Rupenian buscaban que el organismo internacional “actúe ilegítimamente como una cuarta instancia para revisar decisiones domésticas con las que están en desacuerdo, sin aportar pruebas que avalen su reclamo sobre supuestas violaciones al debido proceso”, por lo que pidió declarar “la inadmisibilidad del caso”. Sobre la acusación de discriminación por razones políticas, la respuesta dice que es “falaz” porque las “emisoras eran frecuencias de música y no de tinte periodístico”.
En el fallo final de la CIDH, según explicó el abogado Ramírez, el organismo “concluyó que los denunciantes no aportaron suficientes elementos para probar que los procesos penales pendientes en su contra fueron determinantes en la decisión del Poder Ejecutivo de revocar los permisos”, es decir que no se aceleró la inhabilitación antes que concluyera el proceso en la Justicia.
Sobre la persecución denunciada por los Rupenian, el abogado dijo que la CIDH “sostuvo que no constaba en el expediente que los denunciantes hubiesen presentado en Uruguay ningún reclamo ante la supuesta campaña de desprestigio”, entonces “no se había cumplido con el requisito de previo agotamiento de los recursos de jurisdicción interna, previsto en el Artículo 46.1.A de la Convención Americana”. Por eso, según consta en el fallo, la CIDH declaró “inadmisible” la petición cursada por los Rupenian.